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	<title>inmueble - Seguros de tus derechos</title>
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		<title>¿Se pueden hacer obras los domingos y festivos?</title>
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		<dc:creator><![CDATA[onLygal Jurídico]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 24 Jul 2026 08:46:15 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Inmueble]]></category>
		<category><![CDATA[familia]]></category>
		<category><![CDATA[inmueble]]></category>
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					<description><![CDATA[<img width="300" height="200" src="https://onlygal.es/juridico/wp-content/uploads/2026/07/obras_festivo-300x200.jpg" class="attachment-medium size-medium wp-post-image" alt="obras domingos y festivos" style="float:left; margin:0 15px 15px 0;" decoding="async" fetchpriority="high" srcset="https://onlygal.es/juridico/wp-content/uploads/2026/07/obras_festivo-300x200.jpg 300w, https://onlygal.es/juridico/wp-content/uploads/2026/07/obras_festivo-768x511.jpg 768w, https://onlygal.es/juridico/wp-content/uploads/2026/07/obras_festivo-750x500.jpg 750w, https://onlygal.es/juridico/wp-content/uploads/2026/07/obras_festivo.jpg 1000w" sizes="(max-width: 300px) 100vw, 300px" /><p>Sobre el fastidio que causan las obras domésticas han corrido ríos de tinta. No es para menos, pocas cosas generan tantos conflictos como el taladro de tu vecino un domingo a las 8:00 de la mañana. Si estás pensando en darle un lavado de cara a tu hogar, pero temes las quejas de los vecinos, [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<img width="300" height="200" src="https://onlygal.es/juridico/wp-content/uploads/2026/07/obras_festivo-300x200.jpg" class="attachment-medium size-medium wp-post-image" alt="obras domingos y festivos" style="float:left; margin:0 15px 15px 0;" decoding="async" srcset="https://onlygal.es/juridico/wp-content/uploads/2026/07/obras_festivo-300x200.jpg 300w, https://onlygal.es/juridico/wp-content/uploads/2026/07/obras_festivo-768x511.jpg 768w, https://onlygal.es/juridico/wp-content/uploads/2026/07/obras_festivo-750x500.jpg 750w, https://onlygal.es/juridico/wp-content/uploads/2026/07/obras_festivo.jpg 1000w" sizes="(max-width: 300px) 100vw, 300px" /><p>Sobre el fastidio que causan las obras domésticas han corrido ríos de tinta. No es para menos, pocas cosas generan tantos conflictos como el taladro de tu vecino un domingo a las 8:00 de la mañana.</p>
<p>Si estás pensando en darle un lavado de cara a tu hogar, pero temes las quejas de los vecinos, quédate con onLygal. Además de darte toda la información que necesitas, también defendemos tus intereses en juicio y hacemos <a href="https://onlygal.es/particulares/vivienda/comunidad-y-vecinos/">valer tus derechos</a>.</p>
<h2>¿Qué dice la ley sobre hacer obras en casa los domingos y festivos?</h2>
<p>Para responder a esta pregunta de forma rápida: por lo general, no está permitido hacer obras ruidosas los domingos y festivos.</p>
<p>Sin embargo, si buscamos en el Código Civil o en la Ley de Propiedad Horizontal (LPH), no encontraremos un horario único para toda España. La <a href="https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2003-20976">legislación estatal</a> establece el marco general (como el derecho al descanso y la prohibición de actividades molestas o insalubres), pero delega la regulación específica de los horarios y los decibelios en las administraciones locales.</p>
<p>Por tanto, para saber exactamente qué puedes y qué no puedes hacer, hay que mirar un escalón más abajo.</p>
<h3>El poder de las ordenanzas municipales</h3>
<p>Aquí es donde se juega el partido principal. Cada ayuntamiento regula los niveles de ruido permitidos en las viviendas a través de sus propias Ordenanzas Municipales de Protección Contra la Contaminación Acústica.</p>
<p>En la gran mayoría de los municipios españoles, la normativa es tajante respecto al fin de semana:</p>
<ul>
<li><strong>De lunes a viernes:</strong> Se suele permitir el uso de maquinaria y herramientas de 8:00 a 21:00 o 22:00 horas.</li>
<li>Sábados, domingos y festivos: El horario se reduce drásticamente (por ejemplo, de 9:30 a 14:00 horas los sábados) o, directamente, se prohíbe cualquier trabajo ruidoso durante todo el domingo y días festivos, como ocurre en grandes ciudades como Madrid o Barcelona.</li>
</ul>
<p>Un consejo útil: Antes de encender el taladro un domingo por la mañana, consulta la web de tu ayuntamiento o haz una llamada rápida para evitar sanciones económicas que podrían arruinar el presupuesto de tu reforma.</p>
<h3>¿Puede la comunidad de vecinos prohibir u otorgar permisos para obras en festivos?</h3>
<p>Esta es una de las dudas más frecuentes en las reuniones de propietarios. La regla de oro para entender cómo funciona la jerarquía legal en este caso es muy sencilla: la comunidad puede endurecer la norma municipal, pero nunca relajarla.</p>
<p>¿Qué significa esto en la práctica?</p>
<ul>
<li><strong>Si el ayuntamiento prohíbe las obras en domingo: </strong>La comunidad de vecinos no puede darte un «pase especial» ni un permiso aprobado en junta para que hagas ruido. La ley local está por encima.</li>
<li><strong>Si el ayuntamiento sí permite las obras en domingo (en ciertas horas):</strong> Los estatutos de la comunidad o las normas de régimen interno sí pueden prohibirlas explícitamente dentro del edificio para garantizar la convivencia y el descanso de los residentes.</li>
</ul>
<p>Si un vecino decide saltarse estas normas, el presidente de la comunidad tiene la potestad de exigirle el cese inmediato de la actividad y, si persiste, la comunidad podría iniciar acciones legales.</p>
<h2>Excepciones legales: ¿Cuándo sí está permitido hacer obras en domingo?</h2>
<p>Como en toda norma, existen situaciones excepcionales en las que el sentido común y la urgencia pasan por encima de los horarios de descanso:</p>
<ul>
<li><strong>Obras de urgencia o fuerza mayor:</strong> Si se rompe una tubería general que está inundando el piso inferior, o si hay un desprendimiento que compromete la seguridad estructural del edificio, la reparación debe hacerse de inmediato, sin importar si es domingo a las cuatro de la madrugada.</li>
<li><strong>Trabajos que no generen contaminación acústica:</strong> La ley no prohíbe mejorar tu casa en festivo; lo que prohíbe es el ruido. Si quieres aprovechar el domingo para pintar una habitación, diseñar los planos de la cocina, colocar vinilos adhesivos o montar un mueble de forma silenciosa, puedes hacerlo con total libertad.</li>
</ul>
<h2>Conclusión</h2>
<p>Llevar a cabo una reforma en casa ya es lo suficientemente estresante como para sumarle un conflicto vecinal o una multa municipal. Respetar los horarios de descanso los domingos y festivos no es solo una cuestión de empatía y buena convivencia, sino una obligación legal en la mayor parte del territorio.</p>
<p>Si tienes dudas sobre las normativas de tu localidad o te encuentras en mitad de un conflicto con tu comunidad de vecinos por culpa de los ruidos, recuerda que en <a href="https://onlygal.es/particulares/vivienda/comunidad-y-vecinos/">onLygal</a> estamos para ayudarte. Protegemos tus derechos y te ofrecemos el respaldo legal que necesitas para que tu único dolor de cabeza sea elegir el color de las paredes.</p><p>The post <a href="https://onlygal.es/juridico/inmueble/se-pueden-hacer-obras-domingos-y-festivos/">¿Se pueden hacer obras los domingos y festivos?</a> first appeared on <a href="https://onlygal.es/juridico">Seguros de tus derechos</a>.</p>]]></content:encoded>
					
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			</item>
		<item>
		<title>El Informe “Entre leyes y llaves: desafíos legales del propietario en el mercado del alquiler” detecta que el 53% de los propietarios siente incertidumbre y estrés al alquilar su vivienda</title>
		<link>https://onlygal.es/juridico/onlygal-corporativo/informe-entre-leyes-y-llaves/</link>
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		<dc:creator><![CDATA[onLygal Jurídico]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 10 Dec 2025 08:28:34 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[onLygal Corporativo]]></category>
		<category><![CDATA[alquiler]]></category>
		<category><![CDATA[inmueble]]></category>
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					<description><![CDATA[<img width="300" height="200" src="https://onlygal.es/juridico/wp-content/uploads/2025/12/shutterstock_1779299876-1-300x200.jpg" class="attachment-medium size-medium wp-post-image" alt="propietarios de vivienda" style="float:left; margin:0 15px 15px 0;" decoding="async" srcset="https://onlygal.es/juridico/wp-content/uploads/2025/12/shutterstock_1779299876-1-300x200.jpg 300w, https://onlygal.es/juridico/wp-content/uploads/2025/12/shutterstock_1779299876-1-768x512.jpg 768w, https://onlygal.es/juridico/wp-content/uploads/2025/12/shutterstock_1779299876-1-750x500.jpg 750w, https://onlygal.es/juridico/wp-content/uploads/2025/12/shutterstock_1779299876-1.jpg 1000w" sizes="(max-width: 300px) 100vw, 300px" /><p>7 de cada 10 propietarios de viviendas alquiladas afirman que contar con apoyo legal les da seguridad  Además, el 63% constata que este apoyo legal contribuye a prevenir pérdidas derivadas de un mal inquilino, y otro 63% admite que simplifica la gestión del alquiler. Los principales factores que incrementan la necesidad de acompañamiento legal y administrativo son los continuos cambios normativos [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<img width="300" height="200" src="https://onlygal.es/juridico/wp-content/uploads/2025/12/shutterstock_1779299876-1-300x200.jpg" class="attachment-medium size-medium wp-post-image" alt="propietarios de vivienda" style="float:left; margin:0 15px 15px 0;" decoding="async" loading="lazy" srcset="https://onlygal.es/juridico/wp-content/uploads/2025/12/shutterstock_1779299876-1-300x200.jpg 300w, https://onlygal.es/juridico/wp-content/uploads/2025/12/shutterstock_1779299876-1-768x512.jpg 768w, https://onlygal.es/juridico/wp-content/uploads/2025/12/shutterstock_1779299876-1-750x500.jpg 750w, https://onlygal.es/juridico/wp-content/uploads/2025/12/shutterstock_1779299876-1.jpg 1000w" sizes="auto, (max-width: 300px) 100vw, 300px" /><p><strong><span class="TextRun MacChromeBold SCXW241383245 BCX0" lang="ES-ES" xml:lang="ES-ES" data-contrast="auto"><span class="NormalTextRun SCXW241383245 BCX0">7 de cada 10 </span><span class="NormalTextRun SCXW241383245 BCX0">propietarios </span><span class="NormalTextRun SCXW241383245 BCX0">de viviendas </span><span class="NormalTextRun SCXW241383245 BCX0">alquiladas</span><span class="NormalTextRun SCXW241383245 BCX0"> </span><span class="NormalTextRun SCXW241383245 BCX0">afirma</span><span class="NormalTextRun SCXW241383245 BCX0">n</span><span class="NormalTextRun SCXW241383245 BCX0"> </span><span class="NormalTextRun SCXW241383245 BCX0">que contar con apoyo legal le</span><span class="NormalTextRun SCXW241383245 BCX0">s</span><span class="NormalTextRun SCXW241383245 BCX0"> da seguridad</span></span><span class="EOP SCXW241383245 BCX0" data-ccp-props="{&quot;201341983&quot;:0,&quot;335551550&quot;:1,&quot;335551620&quot;:1,&quot;335559739&quot;:0,&quot;335559740&quot;:240}"> </span></strong></p>
<ul>
<li>Además, el 63% constata que este apoyo legal contribuye a prevenir pérdidas derivadas de un mal inquilino, y otro 63% admite que simplifica la gestión del alquiler.</li>
<li>Los principales factores que incrementan la necesidad de acompañamiento legal y administrativo son los continuos cambios normativos en torno al alquiler y la irrupción de nuevas modalidades de arrendamiento, con nuevos riesgos legales asociados.</li>
<li>El alquiler no convencional, especialmente turístico o de temporada, intensifica tanto las dudas normativas (50% y 42%, respectivamente), como las administrativas (38% y 30%).</li>
<li>En esta línea, el 89% de los propietarios que opta por un cambio de modalidad de alquiler considera muy o bastante importante contar con acompañamiento legal o administrativo.</li>
</ul>
<p>El 67% de los propietarios afirma que tener apoyo legal le da seguridad a la hora de alquilar su vivienda, mientras que el 63% reconoce que ayuda a prevenir pérdidas derivadas de un mal inquilino y simplifica la gestión del alquiler. Estas son algunas de las principales conclusiones que recoge el Informe <a href="https://onlygal.es/notas-de-prensa/7-de-cada-10-propietarios-de-viviendas-alquiladas-afirman-que-contar-con-apoyo-legal-les-da-seguridad/">“Entre leyes y llaves: desafíos legales del propietario en el mercado del alquiler”,</a> realizado por onLygal, la compañía especializada en soluciones legales de protección jurídica y servicios legales.</p>
<p>Asimismo, el Informe señala que más de la mitad de los propietarios (53%) reconocen que poner en alquiler sus inmuebles es una fuente de incertidumbre y estrés, dato que muestra una persistente sensación de vulnerabilidad en el actual mercado de alquiler inmobiliario. Los principales factores que incrementan esta vulnerabilidad y, por consiguiente, aumentan también la necesidad de acompañamiento legal y administrativo, son los continuos cambios normativos en torno al alquiler, así como la irrupción de nuevas modalidades de arrendamiento, con nuevos riesgos legales asociados.</p>
<p>En este sentido, si bien el 67% de los propietarios de vivienda en España valora el alquiler como una forma de conservarla y rentabilizarla, un 61% considera que los continuos cambios normativos generan inseguridad, y un 42% cree que los riesgos legales merman la rentabilidad de su inversión, por lo que alquilar no compensa económicamente. “El análisis de las preocupaciones y necesidades de los propietarios al alquilar su vivienda ante la regulación actual, de la incertidumbre que genera y de los riesgos legales asociados a las nuevas opciones de alquiler pone de manifiesto que el acompañamiento legal se erige como un factor clave para la seguridad y profesionalización de la gestión del alquiler”, afirma Verónica Badillo, abogada de negocio de onLygal.</p>
<p>Si nos fijamos en las distintas modalidades de arrendamiento, “Entre leyes y llaves” arroja que el 61% de los propietarios declara conocer bien el funcionamiento administrativo y legal del alquiler convencional.</p>
<p>Sin embargo, este porcentaje se reduce significativamente en la gestión de las nuevas fórmulas: alquiler de temporada (39%), turístico o vacacional (37%), con opción a compra (34%) y por habitaciones (32%). Por ello, el 89% de los propietarios considera muy o bastante importante tener acompañamiento legal cuando optan por un cambio de alquiler de larga duración a una de estas nuevas formas de arrendamiento.</p>
<h2>Necesidades y contratación de acompañamiento legal en el alquiler</h2>
<p>El Informe señala también que el alquiler no convencional, especialmente turístico o de temporada, intensifica tanto las dudas legales (50% y 42%, respectivamente) como los requisitos administrativos (38% y 30%). Por su parte, las relacionadas con conflictos con inquilinos o desahucio son mayores al alquilar por habitaciones (29% y 27%, respectivamente). En este sentido, la contratación de asesoramiento aumenta entre quienes alquilan de forma no convencional (34%), especialmente a través de las fórmulas turístico o de temporada (35% y 37%, respectivamente), sobre todo, las mujeres (29%), los menores de 45 años –alcanzando un 34% en el tramo de 35 a 44 años– y los hogares con ingresos inferiores a 1.500 € (42%).</p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="alignnone  wp-image-11264" src="https://onlygal.es/juridico/wp-content/uploads/2025/12/Captura-de-pantalla-2025-12-10-a-las-8.58.52-300x220.png" alt="desafíos propietarios 
" width="715" height="524" srcset="https://onlygal.es/juridico/wp-content/uploads/2025/12/Captura-de-pantalla-2025-12-10-a-las-8.58.52-300x220.png 300w, https://onlygal.es/juridico/wp-content/uploads/2025/12/Captura-de-pantalla-2025-12-10-a-las-8.58.52-1024x750.png 1024w, https://onlygal.es/juridico/wp-content/uploads/2025/12/Captura-de-pantalla-2025-12-10-a-las-8.58.52-768x562.png 768w, https://onlygal.es/juridico/wp-content/uploads/2025/12/Captura-de-pantalla-2025-12-10-a-las-8.58.52-750x549.png 750w, https://onlygal.es/juridico/wp-content/uploads/2025/12/Captura-de-pantalla-2025-12-10-a-las-8.58.52-1140x835.png 1140w, https://onlygal.es/juridico/wp-content/uploads/2025/12/Captura-de-pantalla-2025-12-10-a-las-8.58.52.png 1300w" sizes="auto, (max-width: 715px) 100vw, 715px" />Respecto a los servicios de asesoramiento legal contratados, el 43% de los propietarios afirma haber recibido apoyo para la revisión y redacción de contratos, cuestiones fiscales y legales (40% y 39%), actualización de rentas (28%), gestión de impagos y reclamaciones (23%), protección de la propiedad (19%) y resolución de conflictos con inquilinos (18%), o con la comunidad de vecinos (13%). Porcentajes que se incrementan al alquiler por temporada o habitaciones.</p>
<p>A este respecto, el Informe Entre leyes y llaves señala también que el 80% de los propietarios que cuenta con acompañamiento legal afirma sentirse más seguro y el 77% valora que previene pérdidas derivadas de un mal inquilino. “Los datos muestran que la evolución del mercado del alquiler trae consigo nuevas necesidades legales para los propietarios, en muchos casos desconocidas, que pueden conllevar sanciones o pérdida de derechos.</p>
<p>En consecuencia, tres de cada diez arrendadores han contratado servicios para aclarar cuestiones legales o requisitos administrativos en los últimos tres años. No solo minimizan los riesgos, evitan litigios y proporcionan una mayor rentabilidad y estabilidad de la inversión, sino que además les aportan mucha más tranquilidad”, concluye Badillo.</p>
<h3 style="text-align: center;">Ficha técnica</h3>

<figure class="wp-block-table is-style-stripes">
<table>
<tbody>
<tr>
<td><strong>Universo de trabajo</strong></td>
<td>Hombres y mujeres de 18 años o más residentes en España que disponen de una vivienda en propiedad total o parcial diferente de su residencia habitual</td>
</tr>
<tr>
<td><strong>Ámbito de trabajo</strong></td>
<td>España</td>
</tr>
<tr>
<td><strong>Muestra</strong></td>
<td>2.075 entrevistas repartidas proporcionalmente en cada Comunidad Autónoma. 1.013 de viviendas alquiladas y 1.062 de no alquiladas</td>
</tr>
<tr>
<td><strong>Error muestral</strong></td>
<td>El error muestral de ± 2,15%, los datos con un nivel de confianza del 95,5% y p=q=0.5. En el caso de las viviendas que están alquiladas el error muestral de ± 3,02</td>
</tr>
<tr>
<td><strong>Recogida de información</strong></td>
<td>C.A.W.I. (Entrevista auto administrada online)</td>
</tr>
<tr>
<td><strong>Trabajo de campo</strong></td>
<td>Del 18 de septiembre al 5 de octubre de 2025</td>
</tr>
</tbody>
</table>
</figure>

<h3>Sobre onLygal</h3>
<p><a href="https://onlygal.es/">onLygal</a> es la compañía aseguradora especialista en soluciones legales del <a href="https://mutuadepropietarios.es/">Grupo Mutua Propietarios</a>.</p>
<p><span data-contrast="auto">Con más de 65 años de experiencia prestando servicios legales y asegurando en protección jurídica a más de 1 millón de clientes, onLygal aporta tanto a las personas como a las empresas y a los emprendedores las soluciones legales que precisan en su día a día con el objetivo de resolver sus necesidades reales y conseguir sus metas.</span><span data-ccp-props="{&quot;201341983&quot;:0,&quot;335551550&quot;:1,&quot;335551620&quot;:1,&quot;335559739&quot;:0,&quot;335559740&quot;:240}"> </span></p>
<p>Con una amplia gama de seguros y servicios legales en onLygal innovamos de forma constante para adaptar nuestra oferta a las nuevas demandas; aportando soluciones que preparan a nuestros clientes para afrontar las dificultades en el ámbito legal y acompañándolos hasta resolverlas.</p><p>The post <a href="https://onlygal.es/juridico/onlygal-corporativo/informe-entre-leyes-y-llaves/">El Informe “Entre leyes y llaves: desafíos legales del propietario en el mercado del alquiler” detecta que el 53% de los propietarios siente incertidumbre y estrés al alquilar su vivienda</a> first appeared on <a href="https://onlygal.es/juridico">Seguros de tus derechos</a>.</p>]]></content:encoded>
					
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			</item>
		<item>
		<title>Ventanilla única digital: Cómo te afecta si eres propietario de un alquiler temporal</title>
		<link>https://onlygal.es/juridico/inmueble/ventanilla-unica-digital-alquiler-temporal/</link>
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		<dc:creator><![CDATA[onLygal Jurídico]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 20 Nov 2025 12:30:41 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Contratos de alquiler]]></category>
		<category><![CDATA[Inmueble]]></category>
		<category><![CDATA[Propietarios]]></category>
		<category><![CDATA[alquiler]]></category>
		<category><![CDATA[inmueble]]></category>
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					<description><![CDATA[<img width="300" height="200" src="https://onlygal.es/juridico/wp-content/uploads/2025/11/ventanilla_unica_digital-300x200.jpg" class="attachment-medium size-medium wp-post-image" alt="ventanilla única digital alquiler turístico" style="float:left; margin:0 15px 15px 0;" decoding="async" loading="lazy" srcset="https://onlygal.es/juridico/wp-content/uploads/2025/11/ventanilla_unica_digital-300x200.jpg 300w, https://onlygal.es/juridico/wp-content/uploads/2025/11/ventanilla_unica_digital-768x512.jpg 768w, https://onlygal.es/juridico/wp-content/uploads/2025/11/ventanilla_unica_digital-750x500.jpg 750w, https://onlygal.es/juridico/wp-content/uploads/2025/11/ventanilla_unica_digital.jpg 1000w" sizes="auto, (max-width: 300px) 100vw, 300px" /><p>Corren tiempos buenos para el turismo español. En los últimos años, el repunte de las visitas ha hecho de nuestro país uno de los preferidos por los turistas de todo el mundo. Pero el crecimiento del turismo también ha ocasionado el crecimiento de los alojamientos anunciados en plataformas en línea. Por este motivo, el gobierno [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<img width="300" height="200" src="https://onlygal.es/juridico/wp-content/uploads/2025/11/ventanilla_unica_digital-300x200.jpg" class="attachment-medium size-medium wp-post-image" alt="ventanilla única digital alquiler turístico" style="float:left; margin:0 15px 15px 0;" decoding="async" loading="lazy" srcset="https://onlygal.es/juridico/wp-content/uploads/2025/11/ventanilla_unica_digital-300x200.jpg 300w, https://onlygal.es/juridico/wp-content/uploads/2025/11/ventanilla_unica_digital-768x512.jpg 768w, https://onlygal.es/juridico/wp-content/uploads/2025/11/ventanilla_unica_digital-750x500.jpg 750w, https://onlygal.es/juridico/wp-content/uploads/2025/11/ventanilla_unica_digital.jpg 1000w" sizes="auto, (max-width: 300px) 100vw, 300px" /><p>Corren tiempos buenos para el turismo español. En los últimos años, el repunte de las visitas ha hecho de nuestro país uno de los preferidos por los turistas de todo el mundo. Pero el crecimiento del turismo también ha ocasionado el crecimiento de los alojamientos anunciados en plataformas en línea.</p>
<p>Por este motivo, el gobierno español aprobó, el pasado 2 de enero de 2025, el reglamento que obliga a los propietarios de alojamientos turísticos o temporales a registrarse en la Ventanilla Única Digital.</p>
<p>A continuación, te explicamos en que consiste este mecanismo para que tu propiedad cumpla con la ley vigente. Con onLygal siempre tendrás la respuesta adecuada para este tipo de interrogantes. Nuestros expertos defenderán tus derechos como como propietario para que tú te ocupes de lo que de verdad importa.</p>
<h2>¿Qué es la Ventanilla Única Digital?</h2>
<p>La Ventanilla Única Digital es una <a href="https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2024-26931">plataforma digital</a> desarrollada por el Ministerio de Vivienda para el intercambio y la recolección de información de los propietarios de viviendas de uso temporal y turístico.</p>
<p>Desde el 1 de julio de 2025, los propietarios de viviendas turísticas o de temporada están obligados a registrarse en la Ventanilla Única Digital. Además, las plataformas online de alquiler de este tipo de viviendas están obligadas a compartir regularmente los datos de los alojamientos registrados en su base de datos.</p>
<h2>¿Quién está obligado a registrarse en la Ventanilla Única Digital?</h2>
<p>Tienen la obligación de adherirse a la Ventanilla Única Digital los propietarios de los siguientes tipos de alojamientos:</p>
<ul>
<li><strong>Viviendas de uso temporal:</strong> Son viviendas que no tienen un carácter residencial permanente. Están destinadas para un uso temporal por parte de estudiantes, trabajadores temporales, estancias en hospitales, etc. Este tipo de alojamientos están regulados por la Ley de Arrendamientos Urbanos.</li>
<li><strong>Viviendas de uso turístico: </strong>Viviendas destinadas al alquiler en su totalidad o por habitaciones. Suelen tener periodos de estancias más cortos que las viviendas de uso temporal y están sujetas a la regulación de comunidades autónomas y municipios.</li>
</ul>
<p>Una de las características de las viviendas de uso turístico es que anuncian sus servicios en plataformas en línea que sirven de intermediarias entre los usuarios y los demandantes.</p>
<p>Por eso, estas plataformas también deberán adherirse al sistema de Ventanilla Única y pasar los registros de actividad de los alojamientos. También deberán velar por que los ofertantes cumplan con los requisitos establecidos por la ley en incluir su número de registro en los anuncios. La ley distingue entre dos tipos de plataforma:</p>
<ul>
<li><strong>Plataforma online:</strong> Son aquellas que hayan alcanzado más de 4.250 anuncios en la Unión Europea de media en el trimestre anterior. Estas plataformas tienen la obligación de reportar datos de los anunciantes mes a mes.</li>
<li><strong>Microplataforma online: </strong>Son aquellas que están por debajo de los 4.250 anuncios de media en la UE en el trimestre anterior. En estos casos la obligación de reporte se realiza al final de cada trimestre. Se puede hacer a través de la Ventanilla Única, de forma manual o a través de la integración máquina a máquina.</li>
</ul>
<p>Ambas modalidades de plataformas tienen la obligación de adherirse al programa, deben facilitar la inclusión del número de referencia de los arrendadores en los anuncios y supervisar que los propietarios poseen un número de registro único y eliminar los anuncios fraudulentos.</p>
<h2>Pasos necesarios para registrarse en la Ventanilla Única Digital</h2>
<p>Para registrarse en la Ventanilla Única Digital, primero es necesario contar con un número de registro de la vivienda. Sin este número, no podremos operar ni anunciarnos en plataformas de reserva en línea. Por ello, necesitaremos preparar la siguiente documentación:</p>
<ul>
<li>Referencia catastral y dirección exacta de la vivienda</li>
<li>Detallar si se quiere alquilar la vivienda entera o por habitaciones</li>
<li>Número de personas que se podrán alojar en la vivienda</li>
<li>Si la vivienda es de uso turístico, se deberán realizar los trámites exigidos por el ayuntamiento o la comunidad autónoma para la puesta en el mercado de este tipo de viviendas</li>
</ul>
<p>Una vez recabada esta información, se deberá acudir al Colegio de Registradores. Deberás identificarte con el certificado electrónico y rellenar los formularios online allí dispuestos, así como enviar la información recopilada. Tras lo cual:</p>
<ul>
<li>Obtendrás tu número de registro oficial</li>
<li>Podrás ingresar tu número de registro oficial en la plataforma de anuncio</li>
<li>Ya podrás operar y anunciar tu alojamiento</li>
</ul>
<h2>¿Qué tipos de alojamientos no están obligados a darse de alta en la Ventanilla Única Digital?</h2>
<p>No estarán obligadas a obtener número de registro aquellas viviendas destinadas a estancias largas de más de un mes de duración. Tampoco aquellas que estén destinadas a uso residencial o las habitaciones que se alquilen de forma ocasional dentro de una vivienda habitual.</p>
<h2>¿Que consecuencias tiene el no registrarse?</h2>
<p>La primera consecuencia es la retirada del anuncio del alojamiento de las plataformas. El Ministerio de Vivienda podrá retirar el inmueble del mercado y además los propietarios podrían enfrentarse a sanciones de entre 2.000 y 500.000 euros en función de la Comunidad Autónoma en la que residan.</p>
<h2>Conclusión</h2>
<p>La Ventanilla Única Digital es la nueva herramienta implementada por el Ministerio de Vivienda. A partir del 1 de julio de 2025, los propietarios de viviendas turísticas deberán solicitar un número de registro en Colegio de Registradores y enviarlo a las plataformas en línea donde se anuncian.</p>
<p>Para conseguir este número de registro, será necesario aportar una serie de datos de los inmuebles en alquiler. Las plataformas donde se comercialicen estos alojamientos deberán intercambiar información sobre los mismos a través de la Ventanilla Única Digital. En el caso de las grandes plataformas deberán remitir la información mensualmente mientras que las plataformas pequeñas lo harán trimestralmente.</p>
<p>Con esta medida, el Ministerio de Vivienda busca controlar la oferta de vivienda turística y evitar la proliferación de fraudes y alojamientos ilegales. Al mismo tiempo, la Ventanilla Única dará una mayor seguridad a los usuarios que contraten alojamientos turísticos a través de plataforma.</p>
<p>Si eres <a href="https://onlygal.es/seguros/onlygal-arrendador/">propietario de un inmueble</a>, onLygal te protege y te representa a nivel jurídico para que tu solo te preocupes de lo importante.</p><p>The post <a href="https://onlygal.es/juridico/inmueble/ventanilla-unica-digital-alquiler-temporal/">Ventanilla única digital: Cómo te afecta si eres propietario de un alquiler temporal</a> first appeared on <a href="https://onlygal.es/juridico">Seguros de tus derechos</a>.</p>]]></content:encoded>
					
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			</item>
		<item>
		<title>Contrato de alquiler por habitaciones: Riesgos y obligaciones con la nueva ley</title>
		<link>https://onlygal.es/juridico/inmueble/contrato-alquiler-por-habitaciones-riesgos-y-obligaciones/</link>
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		<dc:creator><![CDATA[onLygal Jurídico]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 12 Nov 2025 09:02:17 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Contratos de alquiler]]></category>
		<category><![CDATA[Inmueble]]></category>
		<category><![CDATA[Inquilinos]]></category>
		<category><![CDATA[Propietarios]]></category>
		<category><![CDATA[alquiler]]></category>
		<category><![CDATA[inmueble]]></category>
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					<description><![CDATA[<img width="300" height="169" src="https://onlygal.es/juridico/wp-content/uploads/2025/11/alquiler_habitaciones-300x169.jpg" class="attachment-medium size-medium wp-post-image" alt="alquiler por habitaciones" style="float:left; margin:0 15px 15px 0;" decoding="async" loading="lazy" srcset="https://onlygal.es/juridico/wp-content/uploads/2025/11/alquiler_habitaciones-300x169.jpg 300w, https://onlygal.es/juridico/wp-content/uploads/2025/11/alquiler_habitaciones-768x432.jpg 768w, https://onlygal.es/juridico/wp-content/uploads/2025/11/alquiler_habitaciones-750x422.jpg 750w, https://onlygal.es/juridico/wp-content/uploads/2025/11/alquiler_habitaciones.jpg 1000w" sizes="auto, (max-width: 300px) 100vw, 300px" /><p>El contrato de alquiler por habitaciones es una de las opciones preferidas por muchos propietarios para sacar rentabilidad a sus inmuebles. La flexibilidad que aporta este tipo de contratos hace que muchos caseros decidan alquilar sus apartamentos por habitaciones. Si eres propietario de un inmueble y estás pensando en alquilarlo, onLygal tiene la solución perfecta [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<img width="300" height="169" src="https://onlygal.es/juridico/wp-content/uploads/2025/11/alquiler_habitaciones-300x169.jpg" class="attachment-medium size-medium wp-post-image" alt="alquiler por habitaciones" style="float:left; margin:0 15px 15px 0;" decoding="async" loading="lazy" srcset="https://onlygal.es/juridico/wp-content/uploads/2025/11/alquiler_habitaciones-300x169.jpg 300w, https://onlygal.es/juridico/wp-content/uploads/2025/11/alquiler_habitaciones-768x432.jpg 768w, https://onlygal.es/juridico/wp-content/uploads/2025/11/alquiler_habitaciones-750x422.jpg 750w, https://onlygal.es/juridico/wp-content/uploads/2025/11/alquiler_habitaciones.jpg 1000w" sizes="auto, (max-width: 300px) 100vw, 300px" /><p>El contrato de alquiler por habitaciones es una de las opciones preferidas por muchos propietarios para sacar rentabilidad a sus inmuebles. La flexibilidad que aporta este tipo de contratos hace que muchos caseros decidan alquilar sus apartamentos por habitaciones.</p>
<p>Si eres propietario de un inmueble y estás pensando en alquilarlo, onLygal tiene la solución perfecta para garantizar tus ingresos con su seguro de <a href="https://seguroalquiler.onlygal.es/">impago de alquiler.</a> Si quieres conocer todas las ventajas, inconvenientes, derechos y obligaciones de alquilar tu inmueble por habitaciones, sigue leyendo, te damos toda la información necesaria.</p>
<h2>Como funciona el alquiler por habitaciones</h2>
<p>El alquiler por habitaciones es una forma de alquilar tu propiedad de modo que, en lugar de alojar a un único inquilino, alojas a varios arrendándoles las habitaciones y dándoles derecho a compartir los espacios comunes.</p>
<p>Es una forma de alquiler que permite mucha flexibilidad para el propietario, ya que no está regulada por la Ley de Arrendamientos Urbanos sino por el Código Civil en sus <a href="https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1889-4763&amp;p=20250103&amp;tn=1#art1554">artículos 1554</a> y siguientes. Este detalle hace que los contratos por habitaciones no tengan que respetar ciertos preceptos que sí rigen para el alquiler de una vivienda completa. Sin embargo, si la finalidad el alquiler de habitación es para vivienda habitual, sí podría aplicarse la Ley de Arrendamientos Urbanos.</p>
<p>Por ejemplo, los contratos del alquiler por habitaciones, en general, no están sujetos a duración mínima siendo esta la que las partes acuerden libremente en el contrato, a no ser que se destinen a una vivienda habitual. Tampoco hay límites en otros capítulos como, por ejemplo, la cuantía o existencia de las fianzas.</p>
<p>Pero es que, además, el alquiler de las habitaciones supone una gran ventaja cuando la propiedad está situada en una <a href="https://onlygal.es/alquiler/subir-la-renta-alquiler-en-2025/">zona residencial tensionada</a>. Y es que los límites al precio del alquiler, hasta ahora, no se aplican a los contratos por habitaciones. Decimos hasta ahora, porque desde julio de 2025 la entrada en vigor de la Nueva Ley de Vivienda ha cambiado esta situación.</p>
<p>Si quieres conocer más sobre las ventajas e inconvenientes sobre el alquiler de habitaciones, te dejamos por aquí un <a href="https://onlygal.es/alquiler/ventajas-y-desventajas-alquiler-habitaciones/">artículo</a> en el que analizamos a fondo este asunto.</p>
<h2>Obligaciones del propietario</h2>
<p>Aunque la ley deje más espacio al propietario e inquilino para negociar las condiciones del contrato de la habitación, eso no quiere decir que no existan obligaciones. En concreto, el propietario del cuarto tiene las siguientes:</p>
<ul>
<li><strong>Alquilar la habitación en un estado salubre y apto para la vida cotidiana: </strong>debe garantizar que la habitación reúne unos requisitos mínimos de habitabilidad (iluminación, ventilación, aislamiento térmico, etc.).</li>
<li><strong>No puede entrar en la habitación del inquilino sin permiso: </strong>el casero tiene la obligación de respetar la intimidad y privacidad del inquilino y por eso no puede irrumpir sin permiso en la habitación arrendada. Sí podrá acceder a los espacios comunes y también regular el acceso de los inquilinos a los mismos.</li>
<li><strong>Depositar la fianza en el organismo correspondiente de su Comunidad Autónoma. </strong></li>
<li><strong>Respetar límites de precios cuando sea obligatorio: </strong>los propietarios que alquilen más de una habitación en una zona tensionada o la habitación se destine un uso de vivienda habitual tendrán que respetar los límites de precios establecidos en los ayuntamientos.</li>
<li><strong>Registrar el contrato en la Ventanilla Única Digital: </strong>con la entrada en vigor de la nueva ley de vivienda, el contrato se deberá registrar en una plataforma digital unificada para el control por parte de las autoridades</li>
<li><strong>Declarar los ingresos del alquiler ante la Agencia Tributaria.</strong></li>
</ul>
<h2>Obligaciones del inquilino</h2>
<p>Por su parte, el inquilino también tiene que respetar una serie de obligaciones:</p>
<ul>
<li>Pagar la renta puntualmente</li>
<li>Hacerse cargo de los suministros si así se ha pactado</li>
<li>Cuidar la habitación y los bienes que haya en ella</li>
<li>Respetar las normas de convivencia, sobre todo en espacios comunes</li>
</ul>
<h2>Riesgos del alquiler de habitaciones</h2>
<p>Aunque el alquiler por habitaciones tiene ventajas evidentes, también conlleva riesgos que hay que tener en cuenta:</p>
<ul>
<li><strong>Alta rotación de inquilinos:</strong> Si alquilas por habitaciones tendrás que buscar más inquilinos para tu casa, elaborar varios contratos de alquiler &#8230; Y cada vez que un inquilino abandone la casa tendrás que buscar uno nuevo. Además, como hay más personas compartiendo una misma casa, el riesgo de impago es mayor, aunque también lo puedes mitigar con las cuotas de los otros inquilinos.</li>
<li><strong>Cuidado de las zonas comunes:</strong> Como alquilas la casa por habitaciones, el cuidado de los espacios compartidos como cocina, salón o baños puede quedar en entredicho. Es importante establecer normas de convivencia y aclarar responsabilidades en el caso de destrozos o desperfectos.</li>
<li><strong>Conflictos y problemas de convivencia:</strong> Alquilar una propiedad por habitaciones puede ser engorroso, ya que vas a meter en una misma vivienda a personas que pueden ser muy diferentes entre sí. En caso de que estalle algún conflicto, vas a tener que hacer de árbitro constantemente, con el desgaste emocional y pérdida de tiempo que eso conlleva.</li>
</ul>
<h2>Cómo elaborar correctamente un contrato de alquiler por habitaciones</h2>
<p>Para evitar conflictos y problemas judiciales, lo ideal es dejar todo claro y plasmado en un contrato por escrito. Habitualmente, los alquileres por habitaciones suelen tener un carácter más informal, de hecho, ni siquiera tienen que establecerse por escrito. Dada esta libertad que se concede a las partes, lo mejor es redactar un contrato donde se especifiquen los siguientes puntos:</p>
<ul>
<li><strong>Identificación de las dos partes:</strong> tanto del arrendador como el arrendatario y sus documentos de identidad.</li>
<li><strong>Descripción del bien arrendado:</strong> medidas de la habitación, inventario del mobiliario y su estado, descripción de las zonas comunes, etc.</li>
<li><strong>Normativa de convivencia:</strong> establecer normas de higiene y comportamiento, delimitar responsabilidades en la limpieza y cuidado de las zonas comunes.</li>
<li><strong>Duración del contrato: </strong>dentro del contrato se debe establecer la duración del período de alquiler. Recuerda que los contratos por habitaciones, excepto los destinados a vivienda habitual, no están sujetos a una duración mínima y que será la voluntad de las partes la que lo determine.</li>
<li><strong>Precio del alquiler: </strong>Es muy importante indicar la forma de pago y la cantidad que se abonará en concepto de alquiler, así como su forma de pago (transferencia bancaria, efectivo, etc.).</li>
<li><strong>Fianza:</strong> Establece las mensualidades en concepto de fianza y las condiciones para su devolución.</li>
<li><strong>Anexos y cláusulas adicionales:</strong> En este apartado puedes incluir otros elementos que regulen el alquiler y obligaciones y derechos como por ejemplo reglas para las visitas, tenencia de mascotas, etc.</li>
</ul>
<p>Si quieres hacer un contrato de alquiler de habitaciones garantista, pero no sabes por donde empezar, te dejamos aquí nuestro modelo descargable para que puedas rellenarlo fácilmente.</p>
<p style="text-align: center;"><span style="text-decoration: underline;"><a href="https://onlygal.es/juridico/wp-content/uploads/2025/11/MODELO-CONTRATO-DE-ARRENDAMIENTO-DE-HABITACION.docx"><strong>DESCARGA EL CONTRATO &gt;&gt;</strong></a></span></p>
<h2>Como afecta la nueva Ley de Vivienda a los contratos de alquiler por habitaciones</h2>
<p>La nueva <a href="https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2024-26931">Ley de Vivienda</a> ha establecido nuevos requisitos para el alquiler y los arrendamientos. Este nuevo decreto establece un marco regulatorio más estricto para los alquileres que, hasta ahora, no estaban sujetos a la Ley de Arrendamientos Urbanos, entre ellos los alquileres de habitaciones cuando se destinen a vivienda habitual.</p>
<p>Además, esta ley contempla la posibilidad de que las Comunidades Autónomas establezcan normas más específicas que regulen este tipo de alquileres en función de las particularidades de cada región. Así, en función de donde poseas el alquiler de habitaciones tendrás que obedecer diferentes tipos de regulación.</p>
<h2>Conclusiones</h2>
<p>Los alquileres de habitaciones ofrecen ventajas muy importantes para los dueños de vivienda en nuestro país. Hasta hace poco, los alquileres habitacionales no estaban regulados por la Ley de Arrendamientos Urbanos y eso hacía que tuviesen que respetar regulaciones más laxas que dejaban el establecimiento de las cláusulas del contrato a la libre voluntad de las partes.</p>
<p>Con la nueva Ley de Vivienda, los propietarios deben registrar los contratos en la Ventanilla Única digital y estarán sujetos a mayor regulación por parte de las Comunidades Autónomas con lo que deberán respetar límites en el precio de los alquileres.</p>
<p>Si quieres tener apoyo y protegerte contra impagos en tu alquiler, onLygal te ofrece la protección que necesitas con sus <a href="https://seguroalquiler.onlygal.es/">seguros de impago</a>.</p>
<p style="text-align: center;"><span style="text-decoration: underline;"><a href="https://seguroalquiler.onlygal.es/"><strong>PROTEGE TU ALQUILER &gt;&gt;</strong></a></span></p><p>The post <a href="https://onlygal.es/juridico/inmueble/contrato-alquiler-por-habitaciones-riesgos-y-obligaciones/">Contrato de alquiler por habitaciones: Riesgos y obligaciones con la nueva ley</a> first appeared on <a href="https://onlygal.es/juridico">Seguros de tus derechos</a>.</p>]]></content:encoded>
					
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			</item>
		<item>
		<title>¿Quieres instalar placas solares en tu comunidad de vecinos? Esto es lo que necesitas saber</title>
		<link>https://onlygal.es/juridico/familia/instalar-placas-solares-comunidad-de-vecinos/</link>
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		<dc:creator><![CDATA[onLygal Jurídico]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 05 Aug 2025 11:48:09 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Comunidad de vecinos]]></category>
		<category><![CDATA[Familia]]></category>
		<category><![CDATA[Inmueble]]></category>
		<category><![CDATA[Propietarios]]></category>
		<category><![CDATA[inmueble]]></category>
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					<description><![CDATA[<img width="300" height="200" src="https://onlygal.es/juridico/wp-content/uploads/2025/07/placas-solares-300x200.jpg" class="attachment-medium size-medium wp-post-image" alt="instalar placas solares en la comunidad de vecinos" style="float:left; margin:0 15px 15px 0;" decoding="async" loading="lazy" srcset="https://onlygal.es/juridico/wp-content/uploads/2025/07/placas-solares-300x200.jpg 300w, https://onlygal.es/juridico/wp-content/uploads/2025/07/placas-solares-768x512.jpg 768w, https://onlygal.es/juridico/wp-content/uploads/2025/07/placas-solares-750x500.jpg 750w, https://onlygal.es/juridico/wp-content/uploads/2025/07/placas-solares.jpg 1000w" sizes="auto, (max-width: 300px) 100vw, 300px" /><p>Imagina que, tras una reunión de vecinos, surge la idea de instalar placas solares en la azotea. Todo apunta a un ahorro importante en la factura eléctrica, pero nadie tiene claro si es legal, cuánto cuesta, quién debe aprobarlo o qué trámites hay que seguir. Instalar placas solares en una comunidad de propietarios es totalmente [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<img width="300" height="200" src="https://onlygal.es/juridico/wp-content/uploads/2025/07/placas-solares-300x200.jpg" class="attachment-medium size-medium wp-post-image" alt="instalar placas solares en la comunidad de vecinos" style="float:left; margin:0 15px 15px 0;" decoding="async" loading="lazy" srcset="https://onlygal.es/juridico/wp-content/uploads/2025/07/placas-solares-300x200.jpg 300w, https://onlygal.es/juridico/wp-content/uploads/2025/07/placas-solares-768x512.jpg 768w, https://onlygal.es/juridico/wp-content/uploads/2025/07/placas-solares-750x500.jpg 750w, https://onlygal.es/juridico/wp-content/uploads/2025/07/placas-solares.jpg 1000w" sizes="auto, (max-width: 300px) 100vw, 300px" /><p>Imagina que, tras una reunión de vecinos, surge la idea de instalar placas solares en la azotea. Todo apunta a un ahorro importante en la factura eléctrica, pero nadie tiene claro si es legal, cuánto cuesta, quién debe aprobarlo o qué trámites hay que seguir.</p>
<p>Instalar placas solares en una comunidad de propietarios es totalmente posible y cada vez más habitual en España, pero requiere cumplir ciertos requisitos, respetar la normativa vigente y contar con el acuerdo de la comunidad.</p>
<p>En este artículo, te explicamos todo lo que debes saber si quieres impulsar el autoconsumo solar, tanto si eres propietario como inquilino. Y si surgen roces o desacuerdos con otros vecinos, en onLygal estamos a tu lado para ayudarte a resolverlo. Contamos con servicios y seguros legales especializados en conflictos vecinales y propiedad horizontal.</p>
<p style="text-align: center;"><a href="https://onlygal.es">&gt;&gt; Descubre cómo onLygal puede protegerte</a></p>
<h2>¿Se pueden poner placas solares en cualquier comunidad de vecinos?</h2>
<p>Sí, siempre que se cumplan los requisitos técnicos, legales y urbanísticos. Desde el <a href="https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2019-5089">Real Decreto 244/2019</a> se permite el autoconsumo compartido en edificios residenciales, algo que antes no estaba regulado con claridad.</p>
<p>Ahora bien, hay que evaluar:</p>
<ul>
<li>Si hay espacio disponible en la cubierta o tejado.</li>
<li>La orientación y horas de sol.</li>
<li>El estado estructural del edificio.</li>
<li>Si la comunidad acepta el proyecto por mayoría suficiente.</li>
</ul>
<p>Incluso si vives en un edificio antiguo o sin ascensor, es posible. Lo importante es plantearlo bien desde el inicio.</p>
<h2>¿Qué tener en cuenta antes de proponer la instalación en tu comunidad de vecinos?</h2>
<p>Antes de hacer la propuesta formal, es recomendable analizar los siguientes puntos:</p>
<ul>
<li>Estudio técnico previo: ¿Hay espacio y orientación suficiente?</li>
<li>Impacto económico: ¿Cuánto cuesta? ¿Cuánto se ahorra? ¿Cómo se reparte?</li>
<li>Participación vecinal: ¿Cuántos vecinos están interesados en sumarse?</li>
<li>Gestión de posibles conflictos: ¿Cómo evitar desacuerdos entre propietarios?</li>
</ul>
<p>Puedes considerar compartir este artículo en tu grupo de vecinos antes de la próxima junta, y si quieres asegurarte de que la convivencia no se estropee por este tema, te recomendamos leer también nuestro artículo sobre <a href="https://onlygal.es/juridico/landing/onlygal-como-lograr-una-buena-convivencia-vecinal/">cómo lograr una buena convivencia vecinal</a>.</p>
<h2>Requisitos legales para instalar placas solares en comunidades de vecinos</h2>
<p>Para poder llevar a cabo una instalación legal y segura, se deben cumplir los siguientes requisitos:</p>
<ul>
<li>Debe haber un acuerdo comunitario, según la <a href="https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1960-10906">Ley de Propiedad Horizontal</a>.</li>
<li>Licencias municipales. En algunos casos, basta una declaración responsable. En otros, se requiere permiso urbanístico.</li>
<li>Proyecto técnico firmado por un profesional autorizado.</li>
<li>Legalización de la instalación ante la consejería de Industria de tu comunidad autónoma.</li>
<li>Contrato de compensación o autoconsumo compartido, si es necesario.</li>
</ul>
<p>Si el sistema es compartido por varios vecinos, se debe firmar un acuerdo de reparto de la energía producida.</p>
<h2>¿Qué trámites son necesarios para la instalación?</h2>
<p>Los trámites varían según el municipio y la comunidad autónoma, pero suelen incluir:</p>
<ol>
<li>Informe técnico y presupuesto.</li>
<li>Acuerdo en junta de propietarios.</li>
<li>Licencia o declaración responsable ante el ayuntamiento.</li>
<li>Ejecución de la instalación por empresa acreditada.</li>
<li>Legalización ante Industria (boletín, CIE, etc.).</li>
<li>Registro de autoconsumo en la plataforma de tu CCAA.</li>
<li>Comunicación a la distribuidora eléctrica.</li>
</ol>
<p>Muchos ayuntamientos ofrecen bonificaciones del IBI y ayudas públicas para instalaciones colectivas. Consulta tu municipio.</p>
<h2>¿Qué dice la Ley de Propiedad Horizontal sobre las placas solares?</h2>
<p><a href="https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1960-10906">La Ley 49/1960, de 21 de julio, de Propiedad Horizontal</a>, establece lo siguiente:</p>
<ul>
<li>Se necesita un tercio de los votos para aprobar instalaciones que mejoren la eficiencia energética del edificio (como las placas solares), tal como recoge el artículo 17.1.</li>
<li>Los vecinos que no quieran participar no están obligados a pagar, salvo que posteriormente quieran beneficiarse de la instalación.</li>
</ul>
<h2>Placas solares de uso privado en comunidad de vecinos</h2>
<p>¿Y si solo tú quieres instalar placas para tu vivienda en la azotea comunitaria? Es posible, pero necesitas:</p>
<ul>
<li>Permiso de la comunidad (por mayoría simple).</li>
<li>Acreditar que no afectas a elementos comunes.</li>
<li>Cubrir todos los costes y trámites tú mismo.</li>
</ul>
<p>Como consejo, asegúrate de que el acuerdo quede por escrito en el acta de la junta. Y si surge oposición injustificada, puedes consultar con un abogado. En onLygal podemos ayudarte a mediar o defender tu caso legalmente.</p>
<h2>¿Hay que pedir permiso para instalar placas solares?</h2>
<p>Sí, siempre. Aunque sea para tu uso exclusivo, el tejado es un espacio común y se necesita autorización vecinal, salvo que exista un acuerdo previo.</p>
<p>Además, algunos ayuntamientos exigen:</p>
<ul>
<li>Declaración responsable</li>
<li>Informe técnico estructural</li>
<li>Autorización urbanística (en edificios protegidos)</li>
</ul>
<p>Si no se cumple, la instalación puede ser considerada ilegal y sujeta a sanción.</p>
<p>&nbsp;</p>
<h2>Tabla resumen: claves para instalar placas solares en tu comunidad</h2>
<table>
<thead>
<tr>
<td><strong>Pregunta clave</strong></td>
<td><strong>Resumen</strong></td>
</tr>
</thead>
<tbody>
<tr>
<td>¿Se pueden poner placas en una comunidad?</td>
<td>Sí, si se aprueba en junta y hay condiciones técnicas adecuadas.</td>
</tr>
<tr>
<td>¿Qué mayoría hace falta para aprobarlo?</td>
<td>Un tercio de los propietarios (art. 17 LPH).</td>
</tr>
<tr>
<td>¿Hay ayudas públicas o bonificaciones?</td>
<td>Sí, consulta en tu ayuntamiento o CCAA.</td>
</tr>
<tr>
<td>¿Se pueden instalar para uso privado?</td>
<td>Sí, con autorización vecinal.</td>
</tr>
<tr>
<td>¿Qué trámites hay que hacer?</td>
<td>Licencias, legalización y comunicación a Industria y distribuidora.</td>
</tr>
<tr>
<td>¿Qué pasa si hay conflicto entre vecinos?</td>
<td>Puede intervenir un abogado o mediador, como los expertos de onLygal.</td>
</tr>
</tbody>
</table>
<p>&nbsp;</p>
<h2>FAQs sobre placas solares en comunidades de vecinos</h2>
<h3>¿Cuánto cuesta instalar placas solares en un edificio?</h3>
<p>Depende del número de viviendas, tamaño del sistema y reparto. En general, desde 5.000 euros a 30.000 euros, aunque puede haber subvenciones.</p>
<h3>¿Qué pasa si algunos vecinos no quieren participar?</h3>
<p>No están obligados a pagar ni a participar, pero no podrán beneficiarse de la energía si no lo aprueban. Si más adelante quieren sumarse, pueden hacerlo pagando su parte.</p>
<h3>¿La energía se reparte por igual entre todos?</h3>
<p>No necesariamente. Puede acordarse un reparto proporcional al consumo o a la aportación económica. Todo debe reflejarse por escrito.</p>
<h3>¿Me pueden prohibir instalar placas para mi casa si la azotea es común?</h3>
<p>Solo si se justifica que tu instalación afecta a la seguridad, estética o estructura del edificio. Si no es así, pueden autorizarlo por mayoría simple.</p>
<h2>Conclusiones</h2>
<p>Instalar placas solares en una comunidad es legal y puede ser una excelente decisión para ahorrar y mejorar la eficiencia del edificio, pero también es un proceso colectivo que requiere organización, consenso, asesoramiento y respaldo jurídico.</p>
<p>Si necesitas ayuda para mediar con tu comunidad, revisar acuerdos o protegerte en caso de conflicto, onLygal está contigo.</p>
<p style="text-align: center;"><a href="https://onlygal.es">&gt;&gt; Consulta aquí nuestros servicios legales para particulares y comunidades</a></p>
<p>Porque un primer paso para cuidar el planeta puede que empiece por entendernos mejor con nuestros vecinos.</p><p>The post <a href="https://onlygal.es/juridico/familia/instalar-placas-solares-comunidad-de-vecinos/">¿Quieres instalar placas solares en tu comunidad de vecinos? Esto es lo que necesitas saber</a> first appeared on <a href="https://onlygal.es/juridico">Seguros de tus derechos</a>.</p>]]></content:encoded>
					
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		<title>Heredar y vender una vivienda. ¿Se puede vender si uno de los herederos no quiere?</title>
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		<dc:creator><![CDATA[onLygal Jurídico]]></dc:creator>
		<pubDate>Sun, 20 Jul 2025 12:01:11 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Derechos]]></category>
		<category><![CDATA[Familia]]></category>
		<category><![CDATA[Inmueble]]></category>
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		<category><![CDATA[Testamento y herencias]]></category>
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					<description><![CDATA[<img width="300" height="200" src="https://onlygal.es/juridico/wp-content/uploads/2025/07/heredar-vender-vivienda-300x200.jpg" class="attachment-medium size-medium wp-post-image" alt="heredar y vender una vivienda" style="float:left; margin:0 15px 15px 0;" decoding="async" loading="lazy" srcset="https://onlygal.es/juridico/wp-content/uploads/2025/07/heredar-vender-vivienda-300x200.jpg 300w, https://onlygal.es/juridico/wp-content/uploads/2025/07/heredar-vender-vivienda-768x512.jpg 768w, https://onlygal.es/juridico/wp-content/uploads/2025/07/heredar-vender-vivienda-750x500.jpg 750w, https://onlygal.es/juridico/wp-content/uploads/2025/07/heredar-vender-vivienda.jpg 1000w" sizes="auto, (max-width: 300px) 100vw, 300px" /><p>Recibir una vivienda como herencia puede parecer un alivio económico, pero en la práctica muchas personas se encuentran con un montón de dudas, impuestos inesperados y decisiones difíciles. ¿Se puede vender inmediatamente? ¿Qué pasa si la propiedad está a nombre de varios hermanos? ¿Y si uno no quiere vender? No te preocupes. Este artículo está [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<img width="300" height="200" src="https://onlygal.es/juridico/wp-content/uploads/2025/07/heredar-vender-vivienda-300x200.jpg" class="attachment-medium size-medium wp-post-image" alt="heredar y vender una vivienda" style="float:left; margin:0 15px 15px 0;" decoding="async" loading="lazy" srcset="https://onlygal.es/juridico/wp-content/uploads/2025/07/heredar-vender-vivienda-300x200.jpg 300w, https://onlygal.es/juridico/wp-content/uploads/2025/07/heredar-vender-vivienda-768x512.jpg 768w, https://onlygal.es/juridico/wp-content/uploads/2025/07/heredar-vender-vivienda-750x500.jpg 750w, https://onlygal.es/juridico/wp-content/uploads/2025/07/heredar-vender-vivienda.jpg 1000w" sizes="auto, (max-width: 300px) 100vw, 300px" /><p>Recibir una vivienda como herencia puede parecer un alivio económico, pero en la práctica muchas personas se encuentran con un montón de dudas, impuestos inesperados y decisiones difíciles. ¿Se puede vender inmediatamente? ¿Qué pasa si la propiedad está a nombre de varios hermanos? ¿Y si uno no quiere vender?</p>
<p>No te preocupes. Este artículo está pensado para resolver, paso a paso, lo que debes saber cuándo heredas un inmueble y te planteas venderlo. En onLygal, nuestros asesores te ayudan con estos trámites para que no tengas que enfrentarte solo al papeleo, a las cláusulas legales ni a las tensiones familiares. Vamos a por ello.</p>
<h2>¿Qué hacer al heredar una vivienda?</h2>
<h3>Paso 1: Aceptar la herencia y determinar a los herederos</h3>
<p>Para empezar, necesitarás el certificado de defunción y el de últimas voluntades del fallecido. Con esto sabrás si hay testamento. Si lo hay, se respetará lo dispuesto en él, pero ten en cuenta que la ley impone ciertos límites: hay partes de la herencia que están reservadas por derecho a herederos forzosos, como los hijos. Esta porción se conoce como «legítima» y genera muchas dudas. Si quieres entender en profundidad cómo funciona, te lo explicamos paso a paso en nuestro artículo sobre <a href="https://onlygal.es/juridico/que-es-la-legitima/">qué es la legítima</a>.</p>
<p>En ausencia de testamento, se debe tramitar una declaración de herederos. Luego, todos los herederos deben aceptar la herencia formalmente ante notario.</p>
<h3>Paso 2: Liquidar los impuestos de la herencia</h3>
<p>Antes de vender, es obligatorio pagar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD) y la plusvalía municipal correspondiente a la herencia. Estos impuestos varían según la comunidad autónoma y deben abonarse en un plazo de seis meses desde el fallecimiento.</p>
<h3>Paso 3: Inscribir la propiedad en el Registro</h3>
<p>Una vez pagados los impuestos, la vivienda debe inscribirse en el Registro de la Propiedad a nombre de los herederos. Este paso es esencial para poder vender legalmente el inmueble.</p>
<h3>Paso 4: Vender la vivienda</h3>
<p>Con la propiedad registrada, ya puedes proceder a la venta. Si hay varios herederos, todos deben estar de acuerdo y firmar la escritura de compraventa. En caso de desacuerdo, se puede recurrir a la venta de la parte indivisa o a la división judicial de la herencia.</p>
<h2>Impuestos y obligaciones a pagar al vender una vivienda heredada</h2>
<p>Una vez aceptada la herencia, deberás liquidar dos impuestos fundamentales:</p>
<ul>
<li>Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD): Este impuesto varía mucho según la comunidad autónoma. En algunas, como Madrid o Andalucía, las bonificaciones para herederos directos son altas, mientras que en otras puede representar un coste importante.</li>
<li>Plusvalía municipal (IIVTNU): Este impuesto grava el aumento de valor del terreno desde que se adquirió hasta que se transmite por herencia. Se paga en el ayuntamiento correspondiente y su cálculo depende de los años transcurridos y del valor catastral.</li>
</ul>
<h2>¿Puedo vender si la vivienda heredada está a nombre de varios herederos?</h2>
<p>Sí, pero todos deben estar de acuerdo. Si uno de los herederos no quiere vender, puede bloquear la operación. En ese caso, se pueden valorar otras vías como:</p>
<ul>
<li>Venta de la parte indivisa: Un heredero puede vender su parte a un tercero (aunque no es habitual ni sencillo).</li>
<li>Extinción de condominio: Se acuerda una compensación económica para que uno de los herederos se quede con la propiedad.</li>
<li>División judicial: Como último recurso, cualquier copropietario puede acudir a los tribunales para solicitar la venta forzosa del bien.</li>
</ul>
<h3><strong>¿</strong>Y si soy el único heredero?</h3>
<p>Si te ha tocado todo el inmueble a ti (ya sea porque eres hijo único o por disposición testamentaria) el proceso se simplifica notablemente. Solo tú tienes que aceptar la herencia, liquidar los impuestos y registrar la propiedad. Una vez hecho, puedes venderla como cualquier propietario.</p>
<p>Eso sí, asegúrate de que no haya conflictos con otros posibles herederos legítimos o con el reparto de la herencia si hay más bienes. Es más común de lo que parece que surjan disputas incluso cuando todo parece claro.</p>
<h2>Conclusiones</h2>
<p>Heredar y vender un inmueble en España puede ser sencillo si sabes los pasos y los tiempos, y si cuentas con el acompañamiento adecuado. Tanto si compartes herencia con otros como si lo haces en solitario, hay claves legales y fiscales que conviene respetar para evitar conflictos o pagos extra innecesarios.</p>
<p>En onLygal, te asesoramos desde el primer certificado hasta la venta final, y además ofrecemos soluciones para personas mayores, como nuestro <a href="https://onlygal.es/seguros/onlygal-proteccion-legal-seniors/">seguro de protección legal para seniors</a>, que incluye apoyo jurídico y cobertura en caso de herencias, sucesiones, conflictos de propiedad y otros temas patrimoniales.</p>
<p>Porque una herencia no solo debe ser un legado económico, sino también una experiencia gestionada con serenidad y respaldo.</p><p>The post <a href="https://onlygal.es/juridico/senior/heredar-y-vender-una-vivienda/">Heredar y vender una vivienda. ¿Se puede vender si uno de los herederos no quiere?</a> first appeared on <a href="https://onlygal.es/juridico">Seguros de tus derechos</a>.</p>]]></content:encoded>
					
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