Perder a un ser querido siempre es duro. Especialmente cuando media una relación sentimental. A la ardua gestión emocional, se suman los trámites administrativos en el caso de que el fallecido sea nuestra expareja y queramos optar a una pensión de viudedad.
En estos escenarios, muchos usuarios tienen la duda de si pueden cobrar su pensión de viudedad en caso de divorcio con el fallecido. Pero para eso estamos en onLygal, nuestros servicios jurídicos te orientarán durante tu divorcio para que llegue a buen puerto.
Si quieres saber si puedes cobrar la pensión de viudedad tras el fallecimiento de tu excónyuge, sigue leyendo, te explicamos qué dice la ley.
¿Se puede cobrar la pensión de viudedad si estás divorciada?
La respuesta corta es sí. Los excónyuges del fallecido tienen derecho a recibir la pensión de viudedad si su expareja fallece. Eso sí, para obtener este beneficio, la persona fallecida tiene que haber generado el derecho y, la persona beneficiaria debe encontrarse en condiciones de poder recibir esta pensión.
A continuación, te explicamos los requisitos que debes reunir para optar a la pensión de viudedad cuando tu expareja fallece.
Requisitos para cobrar la pensión de viudedad estando divorciada
A la hora de cobrar la pensión de viudedad, existen dos tipos de requisitos que debemos cumplir. Unos tendrán que ver con la situación del fallecido y otros con nuestra situación personal en tanto que exparejas. Te explicamos los requisitos de cada clase.
Requisitos que debe reunir la persona fallecida
Apoyándonos en el artículo 219 de la Ley General de la Seguridad Social nos encontramos que, para optar a la pensión de viudedad en caso de divorcio, tu expareja debe haber cumplido los siguientes requisitos:
- Estar en situación de alta o asimilada al alta en la Seguridad Social en el momento del deceso y haber cotizado al menos 500 días dentro de los 5 años anteriores a la fecha de la muerte.
- En el caso de que el fallecido no estuviese de alta en la Seguridad Social, deberá contar con un período de cotización mínima de 15 años.
- Si la causa del fallecimiento fue un accidente laboral o no laboral o resultado de una enfermedad laboral, la prestación de viudedad se podrá cobrar sin necesidad de mínimo de cotización.
Requisitos que debe reunir el excónyuge superviviente
Además de los requisitos que debe reunir el difunto, la expareja también debe juntar las siguientes condiciones:
- Que la expareja no haya contraído nuevas nupcias o se haya constituido como pareja de hecho.
- Ser acreedora de una pensión compensatoria según los términos del artículo 97 de Código Civil.
En el caso de que la pensión de viudedad supere en cuantía a la compensatoria, se disminuirá hasta alcanzar un nivel equivalente. Por otro lado, las mujeres víctimas de violencia de género tendrán siempre derecho a la pensión de viudedad aun cuando no fuesen acreedoras de pensión compensatoria.
Cómo solicitar la pensión de viudedad
Para solicitar la pensión de viudedad estando divorciada, se debe acudir al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) en donde deberás presentar la siguiente documentación:
- DNI del solicitante y certificado de defunción
- Sentencia de divorcio
- Libro de familia o certificado de nacimiento de hijos en común
- Certificado de no haber contraído nuevo matrimonio ni pareja de hecho.
Para solicitar la pensión, podrás realizar los trámites de forma presencial o telemáticamente.
Cuánto se cobra
La cuantía de la pensión de viudedad suele ser del 50% de la base reguladora del fallecido. Aunque este porcentaje puede llegar al 70% cuando:
- Se tienen hijos a cargo.
- La pensión supone más de la mitad de los ingresos que percibe la persona divorciada.
- Los rendimientos anuales del cónyuge no superan el límite establecido para los ingresos en ese año.
- Así, si el excónyuge cotizaba por una base de 1.200 euros mensuales te corresponderá una pensión de viudedad de 720 euros mensuales. Por el contrario, si te encuentras en alguna de las situaciones comentadas antes, la base ascenderá al 70% y podrás recibir 840 euros.
Divorcios anteriores a 2008
En el caso de que el divorcio se hubiese celebrado con anterioridad a 2008, los requisitos son diferentes. En este tipo de matrimonios, se puede obtener la pensión de viudedad, aunque no se esté percibiendo pensión de alimentos. Los requisitos son:
- Que el matrimonio haya durado al menos 10 años
- No han transcurrido más de 10 años desde la extinción del matrimonio
- Si hay hijos comunes
- Si el beneficiario tenía al menos 50 años en el momento del deceso
Preguntas frecuentes
¿Puedo cobrar la pensión de viudedad y la de jubilación a la vez?
Sí, ambas pensiones se pueden cobrar simultáneamente. En el caso de que ambas prestaciones sumen más de 44.450,56 euros brutos, se reduce la cantidad percibida hasta igualarse al tope establecido.
¿Cuándo me pueden denegar la pensión de viudedad si estoy divorciada?
Existen determinadas circunstancias en las cuales te pueden denegar la pensión, por ejemplo:
- Te has vuelto a casar o estás en situación de pareja de hecho.
- Tu excónyuge no ha cotizado lo suficiente
- Si no eras acreedora de una pensión compensatoria y el divorcio se celebró antes de 2008.
¿Qué sucede si el fallecido estuvo casado anteriormente?
En el caso de que el fallecido haya tenido varias parejas que tengan derecho a una pensión compensatoria, la pensión de viudedad se repartirá proporcionalmente al tiempo que cada pareja haya pasado con el fallecido. Y se reservará el 40% de la prestación para el cónyuge superviviente o la pareja de hecho en el momento de fallecimiento del causante.
Conclusión
Si te has divorciado y tu expareja fallece, tendrás derecho a la prestación de viudedad en el caso de que ya seas beneficiaria de una pensión de compensación. Para optar a ella, es necesario que tu excónyuge haya cotizado un mínimo de 500 días dentro de los últimos 5 años. En el caso de que tu expareja no haya estado afiliado a la Seguridad Social en el momento del deceso, deberá tener un mínimo de 15 años cotizados.
Por parte del cónyuge beneficiado, este no podrá haberse casado de nuevo o contar con otra pareja de hecho en el momento del fallecimiento, además deberás ser acreedora de una pensión de compensación. En el caso de víctimas de violencia de género, este último requisito no será necesario.
Si necesitas asesoramiento y asistencia jurídica en tu divorcio, onLygal es la solución, nuestros servicios jurídicos te proporcionarán la información y asistencia que necesites.
















