Consulta más artículos relacionados con impago de alquiler aquí.

Inicio/Calcular, Contratos, Impago, Precio/Fianza alquiler vivienda: qué cubre y qué no cubre

Fianza alquiler vivienda: qué cubre y qué no cubre

Publicado en: 28 diciembre 17,

Modificado en: 25 marzo 24

Seguro de Impago de Alquiler

¿Te has decidido a alquilar un piso? ¿No sabes qué cubre la fianza de alquiler de una vivienda? Antes de firmar el contrato debes tener claro qué es la fianza, qué importe tiene y qué cubre.

Antes de firmar un contrato de alquiler de una vivienda se pactan aspectos básicos como el precio del alquiler, los gastos o las garantías que va a entregar el inquilino. La fianza es una de las garantías del alquiler de vivienda y se regula en la Ley de Arrendamientos Urbanos que establece que en los casos de vivienda tiene un importe de un mes de renta.

Además, si eres propietario, deberías contar con un seguro de impago de alquiler que te cubra en el caso de posibles conflictos con el inquilino derivados de la falta de pago de alguna de las mensualidades.

CTA - seguro impago

Las coberturas de la fianza de alquiler de vivienda

Hay personas que firman un contrato de alquiler de una vivienda y no conocen qué estaría dentro y qué no cubre la fianza del alquiler. En general, la fianza cubre tres aspectos básicos:

  • El pago de la renta, que es la principal obligación del inquilino.
  • El pago de las cantidades asimiladas que le corresponda al inquilino. El propietario y el inquilino pueden pactar que este último pague gastos como los de comunidad o los derivados de suministros como el agua o el gas, estos gastos se pueden considerar cantidades asimiladas a la renta y cubiertas por la fianza.
  • El estado de la vivienda alquilada. El propietario tiene la obligación de entregar la vivienda al inquilino en perfecto estado de habitabilidad. La fianza de alquiler de vivienda cubre el cumplimiento de esta obligación.
DAS - CTA - Boton - Claves alquilar vivienda

La fianza no cubrirá importes que no corresponda pagar al inquilino porque no se contempla en el contrato de alquiler (por ejemplo, un impuesto como el Impuesto de Bienes Inmuebles, o los gastos de comunidad que no se regulen en el contrato).

Devolución de la fianza de alquiler de vivienda

La fianza de alquiler de vivienda deberá devolverse una vez finalizado el contrato de arrendamiento salvo que tenga que aplicarse a los conceptos que hemos visto antes (deuda por renta, por gastos asimilados o por el mal estado de la vivienda). En el caso de retención de la fianza durante más de un mes desde que finalice el contrato se devengarán intereses.

Otras garantías

Además de la fianza, se pueden pactar otras garantías adicionales que cubran los posibles incumplimientos del arrendatario. Las garantías adicionales pueden ser las siguientes:

  • Un aval bancario. En este caso una entidad bancaria garantiza el cumplimiento de las obligaciones del inquilino derivadas del contrato de alquiler hasta la cantidad pactada.
  • Depósito en garantía. El inquilino entrega una cantidad de dinero al propietario en concepto de depósito en garantía.
  • Aval personal. Una tercera persona puede garantizar el cumplimiento del contrato firmándolo como avalista.
DAS – CTA de post – Claves para alquilar tu vivienda

También te podrían interesar este artículo sobre si es obligatoria la fianza en un contrato de alquiler.

Comparte el artículo

Artículos relacionados

Rellena el formulario para estar al día de todas las publicaciones de onLygal.