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Tengo vecinos ruidosos, ¿Qué puedo hacer?

Publicado en: 18 febrero 21,

Modificado en: 15 enero 24

Seguro de Impago de Alquiler

Hogar dulce hogar, es una frase hecha que en ocasiones no se corresponde con la realidad. Uno de los factores que pueden alterarla son los vecinos ruidosos. En muchas ocasiones los locales comerciales ubicados en los bajos de los edificios o los propios vecinos nos impiden disfrutar de la tranquilidad de nuestro hogar.

Tal vez sean unos martillazos el domingo a las 08:00h. A lo mejor son las voces de la gente hablando a la puerta del bar a altas horas de la madrugada. O, quién sabe, el sonido de la música a todo volumen. Si reconoces alguna de estas situaciones, seguro que te has hecho esta pregunta alguna vez: “¿qué hacer si tengo vecinos ruidosos?”.

En este post te contamos cómo afrontar el caso, la legislación que existe sobre el ruido y las medidas legales que puedes tomar.

¿Cómo decirle a mi vecino que hace ruido?

Antes de afrontar la situación deberás armarte de paciencia. Existen muchos tipos de vecinos y no todos van a reaccionar de la misma manera, por lo que es importante que no pierdas la calma, ya que podría ser contraproducente.

  • Frecuencia

Puede que los ruidos se deban a unas obras que se están realizando de manera puntual. O, tal vez, tengan una pequeña celebración un día y ya está. Antes de hablar con nuestros vecinos debemos ser un poco comprensivos, ya que puede que en otra ocasión seamos nosotros los que hagamos ruido.

Es importante diferenciar entre un ruido esporádico de un día, o de algo continuado que se repite de forma habitual. Esto te ayudará a saber si debes tomar medidas, o tal vez contenerte un poco más.

  • Diálogo

En ocasiones, el vecino ruidoso no es consciente de los decibelios que se alcanzan en tu vivienda. En otras, directamente no le importa. Sea como sea, exponer el problema con claridad es el primer paso para encontrar una solución.

Te recomendamos que estructures un discurso en tu cabeza, para así no perder la calma y las buenas palabras en ningún momento. Explícale tu situación, y por qué el ruido nos está perjudicando (tenemos niños pequeños y necesitan descansar, madrugamos para ir a trabajar, etc..).

Ofrece una actitud de conciliación, con las palabras precisas y manteniendo la compostura. También deberás mostrarte firme, si tu vecino no muestra colaboración, dejando claro que tomarás medidas para que la situación no se repita.

  • Mediación

Antes de acudir a la vía legal, puedes solicitar la mediación de la comunidad de vecinos. Habla con el/la presidente/a de la comunidad o con el/la administrador/a de la finca, y pídeles que sean ellos los que hablen con el vecino ruidoso. Además, ellos tendrán un conocimiento profundo de los estatutos de la comunidad, por lo que podrán asesorarte mejor.

También es importante hablar con otros vecinos, ya que pueden estar sufriendo este mismo tipo de molestias. Y si no es así, siempre va bien ganarte su apoyo para futuras acciones.

¿Se puede denunciar a vecinos escandalosos?

Antes de saber si puedes denunciar a un vecino ruidoso, deberías conocer la legislación que existe sobre ruidos. Una vez que conozcas tus derechos, podrás analizar tu situación y emprender las acciones legales que estimes oportunas.

  • Estatutos de la comunidad

Si tu comunidad de vecinos es antigua, seguramente no recoja en sus estatutos un horario de ruidos, ya que hace años no se regulaba de forma concreta esta materia. Si por el contrario, tu comunidad es de reciente creación, seguramente se establezca en los estatutos las horas y días de la semana en los que están permitidos los ruidos.

Revisa los estatutos a fondo, tal vez encuentres una cláusula referente a los ruidos.

  • Regulaciones y ordenanzas

Otra normativa a revisar son las regulaciones autonómicas que existen respecto a los ruidos. Además, cada ayuntamiento tiene una ordenanza municipal que regula esta materia. En ellas se especifican los días y horas de descanso, así como los decibelios máximos que se pueden alcanzar en función del horario.

  • Leyes estatales y europeas

En primer lugar existe la Ley 37/2003 del Ruido, enfocada a prevenir, vigilar y reducir la contaminación acústica. También existe una directiva europea, la Directiva 2002/49/CE sobre evaluación y gestión del ruido ambiental.

También se hace alusión al ruido en la Ley de Propiedad Horizontal. En su artículo 7.2 se determina “Al propietario y al ocupante del piso o local no les está permitido desarrollar en él o en el resto del inmueble actividades prohibidas en los estatutos, que resulten dañosas para la finca o que contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas.

Por otro lado, la Ley de Arrendamientos Urbanos, en el punto dos de su artículo 27 dice lo siguiente: “Además, el arrendador podrá resolver de pleno derecho el contrato por las siguientes causas: … e) Cuando en la vivienda tengan lugar actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas”

Por lo tanto, en caso de que tu vecino fuese inquilino, la Ley de Arrendamientos Urbanos también te ampara, y podrás solicitar al propietario que resuelva su contrato de alquiler.

¿Dónde denunciar ruidos molestos?

  • Primera opción

En caso de no tener éxito las gestiones amistosas, tu mejor opción (por su menor coste económico y mayor rapidez) es poner una denuncia en el Ayuntamiento.

Lo normal es que el Ayuntamiento inicie un procedimiento de inspección y, en su caso, adopte las medidas oportunas para que cesen los ruidos, mediante la imposición de sanciones u otras medidas más agresivas que incluyen la clausura temporal o definitiva del inmueble origen de los ruidos.

Desgraciadamente, en ocasiones, nos podemos encontrar ante Ayuntamientos que no realizan las gestiones antes relatadas. Si es tu caso, transcurridos 3 meses desde la fecha de la denuncia, puedes acudir a los juzgados de lo contencioso-administrativo, mediante la interposición de un recurso por inactividad de la Administración, a fin de que un tribunal requiera a ese Ayuntamiento para que actúe. No obstante, ello supone contratar, a partir de este momento, los servicios de un abogado y un procurador.

  • Segunda opción

Existen otras opciones, pero implican un mayor coste al ser necesario contratar desde un inicio los servicios de un abogado y un procurador. Una de ellas, es la acción judicial civil, mediante la interposición de una demanda.

No obstante, en ocasiones puede ser interesante solicitar a un tribunal de justicia civil la cesación de actividades molestas, como el ruido, si has sufrido algún tipo de daño o perjuicio como consecuencia del mismo, y se pude cuantificar económicamente, ya que de ser así puedes reclamar en el procedimiento judicial civil una indemnización.

  • Tercera opción

Existe una última opción, pero por lo drástica de la misma, debes restringirla a supuestos realmente graves, en donde el ruido suponga un riesgo evidente a tu salud y/o a la de tu familia. En este supuesto, es posible acudir a la vía penal, a través de una denuncia o una querella.

En cualquier caso, sea cual sea la opción que escojas es fundamental que te dotes de los medios de prueba necesarios para que puedas demostrar que estás sufriendo una situación reiterada de ruidos, cuya intensidad supera los límites establecidos en la normativa aplicable (fundamentalmente las ordenanzas municipales). Para ello es muy interesante que llames a la Policía Local para que quede constancia, que busques la complicidad de otros vecinos que también padecen el mismo problema que tú y requieras al Ayuntamiento para que registre el volumen de esos ruidos mediante mediciones.”

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