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¿Qué impuestos se pagan en la compraventa de una vivienda?

by Diana
in Inmueble, Propietarios
publicado en 17 febrero 2025
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impuestos compraventa vivienda

Sí. Lo sabemos. Ese proceso de compra en el que llevas un tiempo metido puede ser agotador. Comprar (o vender) una vivienda no es un camino de rosas. Implica muchos números, decisiones complicadas y mañanas de gestiones que parecen no tener fin.

Hoy queremos hacértelo un poco más sencillo, por eso te aclaramos uno de los puntos más relevantes en este proceso: qué impuestos hay que pagar y quién debe hacerse cargo.

Recuerda que el respaldo adecuado, como el que ofrecen los servicios de onLygal, puede ayudar a proteger tus intereses y simplificar aspectos cruciales como lo son los contratos de compraventa o con la tranquilidad que aporta un seguro de impago de alquiler.

Contenidos
Impuestos que paga el comprador
Actos jurídicos documentados (IAJD)
Impuesto sobre el Valor Añadido(IVA)
Impuestos de Transmisiones Patrimoniales(ITP)
Impuestos que paga el vendedor
Impuesto de la Renta Sobre las Personas Físicas(IRPF)
Plusvalía municipal
Conclusiones

Impuestos que paga el comprador

El comprador, al adquirir una vivienda, asume ciertas obligaciones tributarias que varían según si la vivienda es nueva o de segunda mano. A continuación, te detallamos los impuestos principales:

Actos jurídicos documentados (IAJD)

Este impuesto grava los documentos notariales, inscripciones en registros y escrituras públicas asociadas a la compraventa. Es indispensable para inscribir el inmueble en el Registro de la Propiedad. Su tipo impositivo depende de cada Comunidad Autónoma, pero generalmente oscila entre el 0,5% y el 1,5% del valor escriturado. Puedes consultar todos los tipos en la siguiente tabla.

CCAA IAJD (%)
Andalucía 1,2%
Aragón 1,5%
Asturias 1,2%
Baleares 1,2%
Canarias 0,4%
Cantabria 1,5%
Castilla la Mancha 1,5%
Castilla León 1,5%
Cataluña 1,5%
Ceuta 0,5%
Comunidad de Madrid 0,7%
Comunidad Valenciana 1,5%
Extremadura 1,5%
Galicia 1,5%
La Rioja 1%
Melilla 0,5%
Murcia 1,5%
Navarra 0,5%
País Vasco 0,5%

Impuesto sobre el Valor Añadido(IVA)

El IVA se aplica exclusivamente a viviendas nuevas (es decir, compradas directamente al promotor). Actualmente, el tipo general es del 10%, salvo en casos especiales como las viviendas de protección oficial o de promoción pública, donde puede ser del 4%, tal como se establece en la Ley 37/1992. Es importante destacar que el IVA se abona junto al precio del inmueble y no mediante autoliquidación.

Impuestos de Transmisiones Patrimoniales(ITP)

Este impuesto grava las transmisiones patrimoniales onerosas, entre las que se encuentra la compra de viviendas de segunda mano, no afecta a la compraventa de obra nueva. Este tributo varía entre Comunidades Autónomas, con un tipo general que suele estar entre el 6% y el 10% del valor del inmueble. Al igual que los Actos Jurídicos Documentados, es indispensable para inscribir la propiedad en el Registro. Puedes consultar todos los tipos en la siguiente tabla.

CCAA IAJD (%)
Andalucía 7%
Aragón 8%
Asturias 8%
Baleares 8%
Canarias 6,5%
Cantabria 10%
Castilla la Mancha 9%
Castilla León 8%
Cataluña 10%
Ceuta 6%
Comunidad de Madrid 6%
Comunidad Valenciana 10%
Extremadura 8%
Galicia 10%
La Rioja 7%
Melilla 6%
Murcia 8%
Navarra 6%
País Vasco 7%

Impuestos que paga el vendedor

Aunque parezca que el vendedor simplemente recibe el dinero de la transacción, también tiene obligaciones fiscales que atender.

Impuesto de la Renta Sobre las Personas Físicas(IRPF)

La venta de una vivienda puede generar una ganancia patrimonial para el vendedor, que se calcula como la diferencia entre el precio de transmisión y el precio de adquisición, incluyendo gastos, reformas o impuestos relacionados. Esto, tributa en el IRPF y puede variar según el tipo impositivo aplicable.

Existen tramos generales establecidos por el Estado, pero las comunidades autónomas también tienen competencias para establecer tipos adicionales o reducciones. Además, también hay que tener en cuenta las exenciones fiscales, como la reinversión en una nueva vivienda habitual o si el vendedor tiene más de 65 años y el inmueble vendido era su residencia principal.

Para la campaña de la Renta 2024, los tramos establecidos según el ingreso anual son:

Ingresos anuales Tipo impositivo
Hasta 12.450 euros 19%
De 12.450 euros a 20.200 euros 24%
De 20.200 euros a 35.200 euros 30%
De 35.200 euros a 60.000 euros 37%
De 60.000 euros 300.000 euros 45%
+ de 300.000 euros 47%

A la hora de aplicar esta tabla, hay que tener en cuenta que estos porcentajes deben aplicarse de forma progresiva. Ejemplo:

Imagina que vendes una vivienda en 2025 y generas una ganancia patrimonial de 85.000 €. Tus ingresos anuales habituales son 25.000 €, lo que eleva tus ingresos totales a 110.000 €. Según los tramos de IRPF, el cálculo sería:

Paso 1. Aplicar los tramos a los ingresos totales:

Hasta 12.450 €
A este tramo se le aplica un 19%:
12.450×19%=2.365,50 €

De 12.450 € a 20.200 €
Para este tramo se aplica un 24%:
(20.200−12.450)=7.750 €

7.750×24%=1.860 €

De 20.200 € a 35.200 €
Este tramo tributa al 30%:
(35.200−20.200)=15.000 €
15.000×30%=4.500 €

De 35.200 € a 60.000 €
Aquí se aplica un 37%:
(60.000−35.200)=24.800 €
24.800×37%=9.140 €

De 60.000 € a 110.000 €
Para este tramo se aplica un 45%:
(110.000−60.000)=50.000 €

50.000×45%=22.500 €

Paso 2. Sumar el IRPF de todos los tramos:

El IRPF total sería la suma de todos los tramos:
2.365,50+1.860+4.500+9.140+22.500= 40.365,50 € que deberás pagar en IRPF.

Plusvalía municipal

Este impuesto grava el incremento del valor de los terrenos urbanos desde que el vendedor adquirió el inmueble hasta el momento de la venta. Lo recauda el ayuntamiento correspondiente, y su cuantía varía según el periodo de tenencia y el valor catastral del suelo.

Conclusiones

La compraventa de una vivienda puede ser una de las decisiones más emocionantes, pero también un desafío por las numerosas obligaciones fiscales que conlleva. El comprador deberá afrontar impuestos como el IVA o el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, además de los Actos Jurídicos Documentados. Por su parte, el vendedor tendrá que gestionar el impacto del IRPF y la Plusvalía Municipal.

En onLygal, gal, sabemos que este tipo de procesos pueden resultar complicados, y por eso te ofrecemos un blog lleno de información útil, como esta entrada sobre contratos de compraventa, donde encontrarás las claves para asegurarte de que todo esté en regla. Te acompañamos en cada paso para que esta experiencia sea clara, sencilla y lo más llevadera posible.

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