Hacer frente a las consecuencias del fallecimiento del titular de una cuenta bancaria plantea un sinfín de dificultades, que exigen una comprensión clara de los procesos y obligaciones legales. Este procedimiento depende en gran medida de los detalles de la titularidad de la cuenta: si el fallecido era el único titular o si compartía la cuenta con otras personas. Esta situación plantea una serie de consideraciones, en particular para los herederos, a medida que navegan por el complicado panorama de la gestión de los asuntos financieros del fallecido. El aspecto fundamental es discernir los pasos adecuados para acceder a la cuenta o cerrarla respetando los protocolos legales.
¿Qué hacer cuando fallece uno de los titulares de la cuenta bancaria?
Antes de iniciar el procedimiento de sucesión, es fundamental conocer la documentación necesaria para obtener la autorización del banco para tramitar la herencia y conocer si tiene más de una cuenta bancaria. Los principales documentos necesarios son:
Certificado de defunción
Expedido en las 24 horas siguientes al fallecimiento del titular, este certificado está validado por un médico que verifica la defunción.
Testamento
Documento legal en el que se recogen los últimos deseos del fallecido en cuanto al reparto de sus bienes. En caso de ausencia de testamento, es necesario presentar un documento notarial de declaración de herederos que confirme los datos de los herederos, de acuerdo con el Código Civil.
La redacción de un testamento es muy recomendable ya que alivia la carga de los miembros de la familia, permitiendo a las personas designar específicamente a los beneficiarios de sus bienes sin depender únicamente de las disposiciones del Código Civil.
Tras la notificación al banco, si son cotitulares solo se congela la mitad del saldo que hubiera en el momento de la defunción, del resto del saldo pueden disponer libremente. Los cotitulares tienen, generalmente, los mismos derechos y obligaciones que el titular. Es titular del dinero que hay en la cuenta corriente, pudiendo realizar todo tipo de operaciones y disponer del efectivo.
¿Cómo saber si el difunto tiene más de una cuenta?
El paso inicial de los herederos consiste en determinar si el fallecido era titular de una o varias cuentas bancarias. Para ello, es muy recomendable solicitar información a la Administración Tributaria. Este proceso no sólo ayuda a identificar la existencia de cuentas bancarias, sino que también permite conocer las posibles deudas pendientes asociadas al fallecido. Además, al demostrar su condición de heredero, esta investigación permite a los particulares conocer los saldos de las cuentas, lo que proporciona una comprensión global de la situación financiera de la herencia.
¿Es posible acceder al saldo del fallecido?
Tras la aceptación de la herencia, la titularidad de la cuenta se transfiere a los herederos. En los casos en que el fallecido sea el único titular de la cuenta, la autorización de todos los herederos se convierte en obligatoria para su gestión.
En el caso de las cuentas conjuntas, tras el fallecimiento de uno de los titulares, los restantes no pueden acceder a los fondos sin el consentimiento explícito de todos los herederos del fallecido. Las restricciones impuestas a este tipo de cuentas tienen por objeto garantizar decisiones justas y unánimes sobre la disposición de los fondos, dando prioridad a los intereses de todas las partes implicadas. Comprender estas normas es vital para una gestión adecuada y el cumplimiento de las obligaciones legales tras una herencia.
¿Qué hacer para cancelar la cuenta?
En el supuesto de que el fallecido fuera el único titular de la cuenta, ésta suele transferirse a los herederos, por lo que es necesaria su firma para el cierre. Sin embargo, si varios individuos eran titulares conjuntos de la cuenta, su cierre requiere el consentimiento unánime de todos los herederos y del resto de titulares.
Si el fallecido no es el único titular de la cuenta y existe otro titular, solo podrás gestionar el 50% del saldo. Por lo tanto, la colaboración entre los herederos del fallecido se hace imprescindible para el cierre de la cuenta. Esta colaboración garantiza un proceso más fluido de gestión de la cancelación de la cuenta, lo que permite una distribución adecuada y la resolución de los asuntos financieros vinculados al patrimonio del fallecido.
El fallecimiento del titular de una cuenta bancaria inicia un proceso complejo que exige una navegación cuidadosa, especialmente para los titulares o herederos. Como comentamos, el curso de acción difiere significativamente en función de la estructura de propiedad de la cuenta. Si el fallecido era el único titular de la cuenta, ésta suele transferirse a los herederos, lo que requiere su participación en la cancelación o transición de la cuenta. Por el contrario, en los casos en que la cuenta es de titularidad conjunta, la unanimidad entre todos los herederos se hace imprescindible para cerrar la cuenta por completo. Esto pone de relieve la importancia de la colaboración y el consenso entre los herederos para gestionar eficazmente el cierre o la transición de la cuenta bancaria. ¡Estamos aquí para cualquier duda o sugerencia!