El colectivo de los autónomos se caracteriza por la irregularidad. No se factura lo mismo todos los meses y así como te pueden llover los encargos durante ciertos momentos del año, también es posible que te pases tiempo sin apenas trabajo.
Esta situación se acentúa todavía más para aquellas personas que aceptan colaboraciones por cuenta propia de forma puntual. Por ejemplo, puedes ser un diseñador gráfico que trabaja por cuenta ajena al que un día un amigo le pide ayuda con un proyecto con dinero de por medio.
En estos escenarios puede surgir la duda de si es necesario darse de alta como autónomo para facturar un servicio que solo se va a prestar una vez y que no va a tener más recurrencia. Para solucionar esta duda, te traemos este post en el que te explicamos las consecuencias, requisitos y los pasos que debes dar para facturar como autónomo en España sin estar dado de alta como autónomo.
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¿Se puede facturar en España sin ser autónomo?
La respuesta breve es sí. De hecho, cuando cobras por un producto o servicio realizado por cuenta propia, debes emitir una factura que refleje la información de la transacción. Así, podrás declarar el dinero a Hacienda y evitar sustos.
La mayoría de los profesionales autónomos ofrecen sus servicios de forma recurrente de forma que obtienen ingresos regulares que les permiten satisfacer sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social. Pero si solo vas a realizar un servicio puntual, es posible que no te salga rentable abonar impuestos y las cuotas de la Seguridad Social.
Sin embargo, debes tener cuidado con los requisitos que debes cumplir ya que la Seguridad Social mira con lupa a los profesionales que facturan sin estar dados de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Te lo explicamos a continuación.
Requisitos para facturar sin ser autónomo
Convertirse en autónomo implica tener que lidiar con dos instituciones: La Agencia Tributaria y la Seguridad Social. Normalmente, para ejercer como profesional por cuenta propia, se debe estar registrado en las dos, pero cuando la gente se pregunta por si se puede facturar sin ser autónomo, se suele referir a trabajar sin estar registrado en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
Darse de alta en Hacienda
Este es el primer paso para facturar como autónomo y es ineludible. Mientras que con la Seguridad Social pueden darse situaciones en las que puedas eludir la inscripción, con Hacienda no hay excusa que valga. Si vas a ejercer como autónomo deberás siempre:
- Cumplimentar el Modelo 036: que servirá para darte de alta en el censo de empresarios y profesionales autónomos.
- Pagar el IVA de forma trimestral: Cuando las actividades que realices estén sujetas a este impuesto.
Te recordamos que para ejercer cualquier actividad por cuenta propia debes darte de alta en Hacienda y declarar los ingresos que obtengas durante el tiempo que ejerzas esta actividad. No es posible emitir facturas sin estar registrado en Hacienda a través del Modelo 036.
Darse de alta o no en el RETA: el problema de la habitualidad
El artículo 305 de la Ley de la Seguridad Social establece que están obligados a inscribirse en RETA, todas las personas que realicen un trabajo por cuenta propia:
- Personalmente
- Directamente
- Habitualmente
- Fuera del ámbito de dirección de otra persona
El concepto de habitualidad es el elemento al que se agarra la mayoría de la gente para facturar sin estar dado de alta en el RETA. Si tu actividad no es recurrente puedes evitar inscribirte en el régimen de autónomos.
Por ejemplo, si una organización contrata tus servicios para dar una ponencia una vez al año y no vuelves a hacer ningún otro trabajo como autónomo, puedes estar exento de darte de alta en la Seguridad Social. No obstante, siempre deberás estar inscrito en Hacienda y declarar tus ganancias.
El problema es que el concepto de habitualidad no está jurídicamente definido y el criterio de quien puede estar o no estar inscrito en el RETA varía en función de cada caso. La Seguridad Social y la Inspección de Trabajo suelen fijarse en aspectos como:
- La recurrencia de los ingresos: Si cobras periódicamente, tendrás que darte de alta en el RETA.
- La reiteración de la actividad
- La existencia de una organización profesional
Multas y sanciones por facturar sin estar dado de alta en autónomos
Si la Seguridad Social determina que has facturado de forma continuada y recurrente podrá darte de alta de oficio desde el mismo día en que detecte actividad continuada. Además tendrás que pagar las cuotas atrasadas de golpe y con recargos del 20% al 30% y sanciones de entre 3.750 y 12.000 euros.
Preguntas Frecuentes
¿Puedo darme de baja como autónomo en Hacienda cuando he terminado de prestar el servicio puntual?
Sí, puedes darte de alta en Hacienda para prestar tu servicio y darte de baja al día siguiente cuando hayas finalizado. Sólo debes tener en cuenta que has de presentar el IVA y las retenciones de IRPF que se hayan generado en los plazos adecuados.
La baja se puede realizar de forma online. Podrás darte de alta y baja cuantas veces quieras durante el año, pero recuerda que esto puede hacer saltar las alarmas de la Seguridad Social. Si detectan que te has registrado como autónomo varias veces en Hacienda podrán concluir que ejerces como autónomo de forma habitual e inscribirte de oficio en el RETA aplicándose las multas y sanciones pertinentes
¿Debo adoptar Verifactu si facturo de forma puntual sin ser autónomo?
Por el momento, no es necesario que adoptes Verifactu para trabajar como autónomo de forma puntual. El Real Decreto-Ley 15/2025 postergó la adopción de este sistema para autónomos hasta el 1 de julio de 2027. También puedes emitir tus facturas en papel
Conclusión
En España no es necesario darse de alta en el RETA cuando se realiza un trabajo por cuenta propia de forma puntual. Por el contrario, sí es 100% obligatorio inscribirse en Hacienda mediante el Modelo 036 para cualquier actividad por cuenta propia que se vaya a realizar, e ingresar el IVA y el IRPF correspondiente.
Uno de los factores que decidirá si te debes registrar en la Seguridad Social es la recurrencia de la actividad y deberás tener cuidado ya que si detectan que realizas tu actividad como autónomo de forma continua, te pueden inscribir de oficio en el RETA, hacerte pagar las cuotas atrasadas y aplicarte recargos de demora y sanciones.
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