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¿Qué día paga la seguridad social las bajas?

by onLygal Jurídico
in Trabajo, Bajas
publicado en 23 marzo 2018 - Updated on 07 julio 2025
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que dia paga la seguridad social las bajas

Todos tenemos unos gastos mensuales a los que hacer frente, la hipoteca, las facturas de la luz y del agua, los colegios o guarderías y la cesta de la compra entre otros, y necesitamos saber cuándo vamos a recibir nuestro salario, pero, si estás de baja ¿Sabes qué día paga la seguridad social las bajas??

Contacta con un abogado

La incapacidad temporal es una prestación que cubre la pérdida de dinero cuando estamos de baja.

Contenidos
¿Qué día paga la seguridad social?
¿Cómo se solicita el pago de la baja?
Solicitar el pago de la baja si eres trabajador por cuenta ajena
¿Cómo solicitar el pago de la baja si eres trabajador por cuenta propia o autónomo?
¿Cómo solicitar el pago de la baja si eres empleado del hogar?
¿Cuáles son las bajas laborales más comunes?
Bajas por contingencias comunes
Baja laboral por maternidad
Baja laboral por enfermedad común
Baja laboral por contingencias profesionales
Baja laboral por accidente de trabajo
Baja laboral por enfermedad profesional

¿Qué día paga la seguridad social?

Por lo general, la seguridad social suele hacer el pago del subsidio de la baja el último día hábil del mes y si es festivo el inmediatamente anterior. Por lo tanto, dependerá de tu banco el día concreto que recibas la transferencia, que será durante los primeros días de mes.

El pago del subsidio se producirá durante un plazo máximo de 365 días que se pueden ampliar en 180 días más si el médico que te trata lo estima conveniente.

¿Cómo se solicita el pago de la baja?

Para lograr que la Seguridad Social te pague la baja hay que realizar una serie de trámites que dependerán de si eres trabajador por cuenta ajena o autónomo.

Solicitar el pago de la baja si eres trabajador por cuenta ajena

  • En el caso de los trabajadores por cuenta ajena, la solicitud del subsidio por incapacidad temporal la realiza la empresa ante un INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social) o ante la mutua. Además, deberá ir acompañada del parte de baja y de confirmación que te dará tu médico de cabecera de la Seguridad Social.

¿Cómo solicitar el pago de la baja si eres trabajador por cuenta propia o autónomo?

Si eres trabajador por cuenta propia (autónomo) tendrás que presentar ante un Centro de Atención e Información de la Seguridad Social o a tu mutua:

  • La solicitud del subsidio firmada por ti.
  • El DNI del interesado o fotocopia compulsada.
  • La justificación de pago de cuotas a la Seguridad Social.
  • Los partes médicos de baja y de confirmación y una declaración de situación de la actividad. Se trata de una declaración jurada en la que se detalla la situación de la empresa tras la baja del autónomo.

¿Cómo solicitar el pago de la baja si eres empleado del hogar?

En el caso de los empleados del hogar, se tendrá que presentar en el Instituto Nacional de la Seguridad Social o la mutua:

  • El DNI del interesado
  • Los partes médicos de baja y de confirmación de baja
  • El certificado del empleador
Ante cualquier duda en relación a la baja o a su tramitación es necesario consultar con un abogado laboralista que te informe sobre tus derechos y obligaciones.

 

 

¿Cuáles son las bajas laborales más comunes?

Existen dos tipos bajas, unas debidas a causas laborales y otras que surgen de forma natural. Si quieres consultar más información relacionada con cada uno de los tipos de bajas más comunes, a continuación de los enumeramos.

Bajas por contingencias comunes

Baja laboral por maternidad

La baja laboral por maternidad cuenta con una serie de características diferente al resto:

  • 16 semanas de baja.
  • La baja se puedes solicitar 10 semanas antes del parto.

Baja laboral por enfermedad común

Con la baja laboral por enfermedad cobrarás el 60% de la base reguladora hasta el vigésimo día. Después el porcentaje de la base reguladora subirá hasta el 75%. Esto aplica también en caso de baja laboral por ansiedad y/o depresión e incluye operaciones.

Baja laboral por contingencias profesionales

Baja laboral por accidente de trabajo

Desde el primer día cobrarás el 75% de la base reguladora del mes anterior.

Baja laboral por enfermedad profesional

Esta baja laboral generará una incapacidad profesional, reconocido por la mutua. En caso de que no sea así, se puede recurrir al INNS. Al ser reconocido como baja laboral, el pago será el 75% de la base de cotización.

En este artículo te henos contado qué día paga la seguridad social las bajas. Si todavía tienes dudas al respecto o necesitas asesoría profesional, no dudes en contactar con nuestros abogados laboralistas, grandes profesionales con amplia experiencia en este sector que no dudarán en velar por tus intereses.

¡Contacta con un abogado especializado!

 

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Comments 16

  1. Rosa says:
    7 años ago

    Hola buenos dias
    Llevo de baja 4 meses
    Porque al operarme de varices me quemaron un nervio.
    Soy autónoma y tenido que dejar mi trabajo.
    Mi pregunta es la siguiente
    Un mes cobro 800 Y otro 460 eso porque es nuca se lo que me depara el mes siguiente
    Gracias

    Responder
    • DAS says:
      7 años ago

      Hola, deberíamos ver tu caso en concreto para poder orientarte correctamente. Si quieres recibir información sobre cómo proteger tus derechos como trabajador, rellena el formulario que encontrarás aquí: https://onlygal.es/seguros/onlygal-abogado-personal-todo-riesgo/#item-3 y nos pondremos en contacto contigo para ofrecerte un servicio más personalizado. Esperamos haberte ayudado.

      Responder
  2. Delsa says:
    7 años ago

    Terminé mi baja por paternidad el día 16de diciembre y hasta a dia no me han ingresado nada. Ya llevo casi tres semanas trabajando y me gustaría saber si alguien me puede dar algo de información sobre este tema. Gracias

    Responder
  3. Paula says:
    7 años ago

    Hola hace dos meses que no me pagan la incapacidad temporal y he presentado todos los partes de confirmación. 3ntonces cuál 3s la causa del cese d3l pago?

    Responder
    • DAS says:
      7 años ago

      Hola, deberíamos ver tu caso en concreto para poder orientarte correctamente. Si quieres recibir información sobre cómo proteger tus derechos como trabajador, rellena el formulario que encontrarás aquí: https://onlygal.es/seguros/onlygal-abogado-personal-todo-riesgo/#item-3 y nos pondremos en contacto contigo para ofrecerte un servicio más personalizado. Esperamos haberte ayudado.

      Responder
  4. Puerto says:
    7 años ago

    A mi marido le dieron de baja el 26 de noviembre x enfermedad común a partir del 10 de diciembre le correspondía a la seguridad social y asta el día de hoy no a cobrado nada

    Responder
    • DAS says:
      7 años ago

      Hola, deberíamos ver tu caso en concreto para poder orientarte correctamente. Si quieres recibir información sobre cómo proteger tus derechos como trabajador, rellena el formulario que encontrarás aquí: https://onlygal.es/seguros/onlygal-abogado-personal-todo-riesgo/#item-3 y nos pondremos en contacto contigo para ofrecerte un servicio más personalizado. Esperamos haberte ayudado.

      Responder
  5. paki says:
    7 años ago

    hola estoy de baja por enfermedad comun estoy por la mutua quiero saber cuanto boy a cobral estando de baja mi sueldo base es946.13 euros y luego pone acoste de empresa 1.272.24 cuanto me coresponde estando de baja porlamutua y porenfermedada comun

    Responder
    • DAS says:
      7 años ago

      Hola, para poder orientarte deberíamos conocer los detalles de tu caso. Si quieres recibir información sobre cómo proteger tus derechos como trabajador, rellena el formulario que encontrarás aquí: https://onlygal.es/seguros/onlygal-abogado-personal-todo-riesgo/#item-3 y nos pondremos en contacto contigo para ofrecerte un servicio más personalizado. Esperamos haberte ayudado.

      Responder
  6. Florentina urzica says:
    7 años ago

    Ola en que día se paga las baja maternal en la seguridad social. Espero una respuesta en mi email .o en que día se ingresan en mi cuenta el dinero

    Responder
    • DAS says:
      7 años ago

      Hola, para poder orientarte deberíamos conocer los detalles de tu caso. Si quieres recibir información sobre cómo proteger tus derechos como trabajador, rellena el formulario que encontrarás aquí: https://onlygal.es/seguros/onlygal-abogado-personal-todo-riesgo/#item-3 y nos pondremos en contacto contigo para ofrecerte un servicio más personalizado. Esperamos haberte ayudado.

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  7. Gala says:
    7 años ago

    Hola estoy de baja desde 15 de enero hasta ahora me han pagado solo la primera parte es de 15 hasta 30 enero. Tengo dos partes mas hasta 28.02 que dia se cobra y es una o dos veses al mes que hay pagos.
    Gracias

    Responder
    • DAS says:
      7 años ago

      Hola, para poder orientarte deberíamos conocer los detalles de tu caso. Si quieres recibir información sobre cómo proteger tus derechos como trabajador, rellena el formulario que encontrarás aquí: https://onlygal.es/seguros/onlygal-abogado-personal-todo-riesgo/#item-3 y nos pondremos en contacto contigo para ofrecerte un servicio más personalizado. Esperamos haberte ayudado.

      Responder
  8. Concepcion garrido bedoya says:
    7 años ago

    Me di de baja el 17 de enero por romperme las dos muñecas, me tiene q pagar la seguridad social, aun no he cobrado nada, mi pregunta es, cuando me pagaran?

    Responder
    • DAS says:
      7 años ago

      Hola, para poder orientarte deberíamos conocer los detalles de tu caso. Si quieres recibir información sobre cómo proteger tus derechos como trabajador, rellena el formulario que encontrarás aquí: https://onlygal.es/seguros/onlygal-abogado-personal-todo-riesgo/#item-3 y nos pondremos en contacto contigo para ofrecerte un servicio más personalizado. Esperamos haberte ayudado.

      Responder
  9. Olga Azucena Paunero simon says:
    6 años ago

    Desde que llegó el coronavirus, es cierto que no hay que llevar los partes de baja a la seguridad social, me dice mi médico que con lo que manda desde la consulta me pagan.

    Responder

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