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Comisión inmobiliaria del alquiler. Nueva Ley de Vivienda 2023

Publicado en: 20 octubre 23,

Modificado en: 08 enero 24

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El concepto de comisión inmobiliaria del alquiler ha sido de consideración importante tanto para los propietarios como para los inquilinos en el mercado inmobiliario. Sin embargo, la reciente evolución de la legislación en materia de vivienda ha puesto esta cuestión en primer plano. Este 2023 hubo muchos cambios significativos para los propietarios e inquilinos que destriparemos en este artículo. 

¿De qué trata la comisión inmobiliaria del alquiler, según la nueva ley?

La comisión inmobiliaria por alquiler se refiere a la comisión asociada a una transacción de alquiler ya que las agencias cobran una cuantía a la hora de facilitar el alquiler de una propiedad.   

Esta comisión la suele pagar el inquilino o el propietario, dependiendo del caso.   

Con la Nueva Ley de Vivienda, los inquilinos ya no serán responsables de sufragar los honorarios que cobran las agencias inmobiliarias. En su lugar, serán los propietarios quienes corran con este gasto. Este ajuste fue uno de los cambios aprobados por el Gobierno a finales de mayo, según recoge el Boletín Oficial del Estado (BOE). Estas tasas pueden ascender a una mensualidad completa o al 3% – 5% de una anualidad de alquiler. 

En el apartado cuatro de la disposición final primera, que modifica la Ley de Arrendamientos urbanos de 1994, el texto asegura que los gastos de gestión inmobiliaria y los de formalización del contrato serán a cargo del arrendador, es decir, del propietario de la vivienda. 

Tras la aprobación de la nueva ley en mayo llegaron dudas de si esta ley se aplicaba a todas las comunidades autónomas, ya que podría ser el caso de que alguna comunidad autónoma no siguiese la ley, pero a día de hoy, todas las inmobiliarias están sujetas a ella.  

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En qué casos se puede cobrar comisión de alquiler a los inquilinos

La reciente Ley de Vivienda ha introducido modificaciones en determinados artículos de la Ley de Arrendamientos Urbanos. Una de estas revisiones se refiere al artículo 20 de la Ley de Arrendamientos Urbanos. Es fundamental tener en cuenta que este artículo en concreto se aplica exclusivamente a los arrendamientos de vivienda habitual. A continuación, te exponemos algunos alquileres en los cuales sí que está permitido cobrar la comisión al inquilino. 

  • Los alquileres temporales aquí abarcan los alquileres de estudiantes o de trabajadores desplazados. Hay que tener cuidado con estos alquileres porque se suelen usar a veces en fraude de ley, fingiendo un alquiler temporal donde hay en verdad un alquiler de vivienda habitual y de esta manera los inquilinos tendrían que pagar la comisión. 
  • Los alquileres de habitaciones  
  • Los alquileres de locales, oficinas, garajes, naves industriales… 

Trucos que están usando algunas agencias para cobrar a los inquilinos

A continuación, te exponemos algunos trucos que están haciendo las agencias para cobrar ilegalmente los honorarios, evidentemente esto no se puede hacer:  

Cobrar por la reserva del alquiler

 Es normal que se firme una reserva con la agencia inmobiliaria, antes de firmar un contrato de alquiler. En esta reserva el inquilino entrega una cantidad de dinero, pero la agencia no se la puede quedar, sino que esta cantidad de dinero se la tiene que entregar al inquilino y descontársela de la fianza o de la primera mensualidad. Para que esto suceda y el inquilino esté tranquilo lo mejor será escribir un documento firmado por ambas partes para que quede constancia. 

Obligar a asumir los honorarios de agencia

En esta situación, la ley es irrevocable y no admite pactos en contra. Esto implica que, aunque los inquilinos firmen un acuerdo aceptando la responsabilidad de cubrir las cuotas que tradicionalmente recaen en el propietario, no hay obligación de acatar este presunto acuerdo porque la ley prohíbe celebrar contratos que contradigan sus aprobaciones. 

Celebrar un acuerdo para ayudar a encontrar un piso de alquiler

No se le puede cobrar al inquilino, si el inmueble alquilado ya forma parte de la cartera de la agencia, cobrar al inquilino por estos servicios no está permitido, ya que la agencia habría recibido previamente la comisión del propietario del inmueble por gestionar la comercialización y formalización del contrato. 

Contratos engañosos de alquiler temporal

En el caso de los alquileres a corto plazo, hay margen para la negociación, y la agencia puede cobrar a los inquilinos. Estos alquileres de corta duración suelen estar destinados a estudiantes, personas trasladadas temporalmente y situaciones similares. Existe la idea errónea de que incluir en el contrato una duración inferior a un año lo califica automáticamente de alquiler a corto plazo, lo que permite a la agencia imponer cargos al inquilino. Sin embargo, un contrato de arrendamiento de once meses puede ser perfectamente un contrato de arrendamiento de vivienda a largo plazo. Por lo tanto, un contrato de once meses en el que no se especifica el motivo de su carácter temporal, y en el que el anuncio no indicaba que estaba destinado al alquiler a corto plazo, se califica de contrato de arrendamiento de vivienda habitual, y no se pueden imponer cargas a los inquilinos. 

En conclusión, la comisión inmobiliaria del alquiler es un tema de creciente importancia en el contexto de la evolución de la legislación en materia de vivienda. A medida que cambia la normativa, es crucial que tanto propietarios como inquilinos se mantengan informados sobre sus derechos y obligaciones en relación con las comisiones inmobiliarias por alquiler. En este articulo explicamos los aspectos más importantes que un propietario e inquilino deben de tener en cuenta con la nueva ley. 

Si quieres saber más sobre la nueva Ley de Vivienda consulta este artículo sobre las principales claves de la Ley de Vivienda. ¡Para cualquier sugerencia, no dudes en contactarnos!

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