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Quién se hace cargo de los daños causados por terceros en una vivienda alquilada
Publicado en: 23 septiembre 24,
Modificado en: 29 octubre 24
Los daños ocasionados en viviendas de alquiler siempre son fuente de conflictos. Y no siempre está claro quién debe hacerse cargo de estos gastos. Ya explicamos en un artículo anterior que el propietario se encargará de las reparaciones estructurales y que el inquilino se hará cargo de las pequeñas reparaciones. Mientras los daños no sean imputables a un uso negligente de la vivienda por parte del arrendatario.
Ahora bien, ¿Qué ocurre si los daños han sido ocasionados por un tercero? En este caso existen más ambigüedades y todo dependerá del seguro que se haya contratado. Los conflictos entre casero e inquilino son muy comunes sobre todo en lo que respecta a desperfectos en la vivienda.
Por eso siempre conviene contar con un seguro que nos de la tranquilidad necesaria para afrontar estas situaciones. En onLygal contamos con el seguro perfecto para tus necesidades.
Si quieres conocer más en profundidad qué hacer en caso de daño de terceros a tu vivienda aquí te lo explicamos todo. Sigue leyendo.
Daños causados por terceros a vivienda: Quien es el responsable
Para saber quién correrá con los cargos de los destrozos en la vivienda ocasionados por un tercero debemos acudir a la Ley de Arrendamientos Urbanos y a los artículos 1554 y siguientes del Código Civil. Las consecuencias de estas leyes variaran en función de las circunstancias y de si identificamos al responsable de los daños o no.
Daños causados por alguien identificable
Si conocemos la identidad de la persona que ha ocasionado los daños, la solución es simple. La persona que ha ocasionado el daño tendrá que subsanar el perjuicio de su bolsillo. Cuando el autor es un vecino, normalmente será el seguro de responsabilidad civil el que se haga cargo de reparar los desperfectos.
Esto se puede aplicar en casos en los que a tu vecino de arriba se le estropea una tubería y termina por inundarte el baño. En esta situación, la mayoría de la gente cuenta con un seguro del hogar que se hace responsable de los daños a terceros. Es por eso por lo que es tan importante contratar uno de estos servicios, de otro modo será el vecino quien cargue con todos los gastos.
Daños causados por alguien no identificable
El problema viene cuando el autor de los daños no puede ser identificado o no cuenta con un seguro y no puede pagar los daños. Es una situación que se puede dar en casos de vandalismo o robo.
En esta situación, todo dependerá de la parte de la vivienda que haya sido afectada y del grado de afectación. A este respecto, la ley señala que el propietario será el encargado de las reparaciones estructurales de la casa. Así que todos los daños en tuberías, paredes, sistema eléctrico, suelos, puertas o ventanas correrán a cuenta del dueño del inmueble.
Por lo tanto, si alguien desde la calle rompe tu ventana con una piedra y sale corriendo, el responsable de repararla en primera instancia será el casero. Aunque esto no exime que después se denuncie y se tomen acciones legales contra la persona que lanzó la piedra quien finalmente tendrá que indemnizar por los daños.
Pero la responsabilidad del propietario tiene como límite la diligencia del inquilino. Esto quiere decir que si los desperfectos se deben a la negligencia del arrendatario será este quien se haga cargo de reparar los daños, aunque no los haya cometido el mismo.
Por ejemplo, supongamos que el inquilino invita a unos amigos a la casa para pasar la tarde. En un momento dado, uno de ellos le da una patada a una puerta y la rompe. En este caso el inquilino deberá correr con los gastos de reparación ya que, aunque no fue el autor material, si permitió, con su poca vigilancia, que eso pasase.
Qué gastos corren a cuenta del inquilino
Como ya hemos referido anteriormente, el inquilino se hará cargo de los desperfectos que se generen en la casa y que sean imputables a un uso irresponsable. Pero es que además, el arrendatario está obligado por ley a hacerse cargo de los pequeños desperfectos que ocurran en la vivienda. Incluso si estos se han originado por un tercero no identificado.
Dentro de este tipo de arreglos se encuentran los picaportes de las puertas o el cambio de una bombilla. En este sentido, hay que tener en cuenta que los daños a los objetos personales del inquilino también serán responsabilidad del arrendatario.
Debido a esto, siempre se recomienda al inquilino contar con un seguro que cubra sus objetos personales. Ya que en muchas ocasionas el seguro del hogar del arrendador no cubrirá los daños en las posesiones del inquilino.
En conclusión
Contar con un seguro del hogar es muy importante ya que supone una protección contra imprevistos. Normalmente, son los dueños de la vivienda los que contratan el seguro para protegerse de daños y desperfectos y también para proteger los inmuebles de terceros.
Si un tercero causa un desperfecto a un inmueble en alquiler, lo normal es que esa persona o su seguro quien corra con las reparaciones. Si no se puede identificar al responsable (por ejemplo, en caso de robo) es entonces es cuando pueden venir los problemas.
En estos casos, será el casero quien repare los daños estructurales de la vivienda. Por ejemplo, los desperfectos en puertas, ventanas o paredes tendrán que ser sufragados por el propietario. Una vez hecho esto, el dueño podrá reclamar los gastos al responsable.
Si contamos con un seguro del hogar el proceso se vuelve más fácil ya que será este quien se haga cargo de todo, incluso del proceso judicial. Aunque el seguro del hogar cubra los gastos ocasionados por terceros, no cubrirá necesariamente los bienes personales del inquilino.
Por eso, los daños en objetos como ordenadores, ropa o joyas no correrán a cargo del propietario. En consecuencia, es importante que el inquilino cuente con un seguro para proteger este tipo de enseres.
Si te preocupa la integridad de tu hogar, en onLygal contamos con todos los mecanismos para proteger tu inmueble y darte el asesoramiento legal que necesites.
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