{"id":7986,"date":"2023-02-27T09:35:06","date_gmt":"2023-02-27T09:35:06","guid":{"rendered":"https:\/\/10.16.0.238\/juridico\/?p=7986"},"modified":"2025-06-13T07:42:55","modified_gmt":"2025-06-13T07:42:55","slug":"protocolo-bajas-laborales","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/onlygal.es\/juridico\/protocolo-bajas-laborales\/","title":{"rendered":"\u00bfC\u00f3mo funciona el protocolo de bajas laborales?"},"content":{"rendered":"<p>La legislaci\u00f3n laboral de Espa\u00f1a ha experimentado cambios importantes en los \u00faltimos a\u00f1os y el nuevo protocolo de bajas laborales, que afecta a la forma en que los empleadores y los empleados las gestionan, es uno de los m\u00e1s recientes.<\/p>\n<p>Por eso, en este art\u00edculo vamos a contarte los principales puntos que tanto las empresas como los trabajadores, deben conocer para no tener problemas con la tramitaci\u00f3n de las bajas a partir de ahora.<\/p>\n<h2><strong>\u00bfCu\u00e1les son los cambios en el proceso de tramitaci\u00f3n de bajas laborales?<\/strong><\/h2>\n<p>En 2022, el Consejo de Ministros estableci\u00f3 que las bajas laborales por incapacidad temporal no deben ser entregadas al empleador por parte del empleado.<\/p>\n<p>El <a href=\"https:\/\/www.boe.es\/diario_boe\/txt.php?id=BOE-A-2023-160\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">BOE publicado el 27 de diciembre de 2022<\/a> expone que los empleados van a recibir solo una copia de la baja cuando acudan al m\u00e9dico. La segunda, que hasta ahora ten\u00eda que ser entregada por el trabajador a la empresa, ser\u00e1 enviada por parte de la propia administraci\u00f3n de la Seguridad Social al local de trabajo, acabando con la obligaci\u00f3n por parte del empleado de realizar esta gesti\u00f3n.<\/p>\n<p>Esta nueva medida <strong>elimina<\/strong> autom\u00e1ticamente la regla que otorgaba al trabajador incapacitado hasta un m\u00e1ximo de 3 d\u00edas para entregar la documentaci\u00f3n a la compa\u00f1\u00eda en la que estaba empleado. Lo que, por tanto, facilita los tr\u00e1mites burocr\u00e1ticos para ambas partes.<\/p>\n<h2><strong>\u00bfCu\u00e1ndo entra en vigor el nuevo protocolo de bajas laborales?<\/strong><\/h2>\n<p>La normativa entr\u00f3 en vigor el 1 de abril del 2023, por lo que a partir de esta fecha ser\u00e1 la Seguridad Social la encargada de notificar a la empresa las bajas y la gesti\u00f3n de las posibles renovaciones.<\/p>\n<h2><strong>\u00bfCu\u00e1les son los pasos que el empleador debe seguir en caso de baja?<\/strong><\/h2>\n<p>El empleado no tiene que preocuparse por la gesti\u00f3n de las bajas. Gracias a la aplicaci\u00f3n de esta nueva <a href=\"https:\/\/www.boe.es\/diario_boe\/txt.php?id=BOE-A-2023-160\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">normativa<\/a>, todo se hace de forma autom\u00e1tica, evitando los posibles problemas surgidos de los 3 d\u00edas de plazo para la entrega de la documentaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Cuando el trabajador pide la baja y se la conceden, las empresas reciben el parte m\u00e9dico de incapacidad temporal de <strong>forma telem\u00e1tica<\/strong>, inmediatamente o en un m\u00e1ximo de 1 d\u00eda h\u00e1bil. Con la informaci\u00f3n sobre la baja en mano, el empleador debe formalizar online los datos requeridos por el sistema RED, en un plazo de 3 d\u00edas h\u00e1biles. En el caso de que no lo haga se impondr\u00e1n <strong>sanciones<\/strong> de entre 70 y 750 euros. Cuando la empresa o el empleador no tenga obligaci\u00f3n de incorporarse al Sistema RED, las comunicaciones se realizar\u00e1n por correo ordinario y por SMS.<\/p>\n<h2><strong>\u00bfExisten cambios con relaci\u00f3n a las confirmaciones o las revisiones?<\/strong><\/h2>\n<p>No, las bajas de menos de 5 d\u00edas se emitir\u00e1n una vez se constituya el alta y las de m\u00e1s de 5 d\u00edas, con la fecha de revisi\u00f3n m\u00e9dica prevista. El primer escenario no impide al empleado pedir la revisi\u00f3n, si no se recupera.<\/p>\n<p>Todos los comunicados de confirmaci\u00f3n o revisi\u00f3n que puedan ser generados a partir de la baja inicial, tambi\u00e9n ser\u00e1n tramitados telem\u00e1ticamente por la Seguridad Social.<\/p>\n<h2><strong>Evita cualquier problema laboral<\/strong><\/h2>\n<p>La gesti\u00f3n de las bajas dejar\u00e1 de ser un problema para el trabajador, pero es cierto que muchos empleados sufren acoso laboral, malas gestiones de contratos, despidos improcedentes y un sinf\u00edn de malas experiencias. Por eso, en <strong>onLygal<\/strong> tenemos un equipo de abogados especializados en cuestiones laborales que est\u00e1n disponibles para ayudarte con cualquier problema, as\u00ed que no dudes en ponerte en con nosotros <a href=\"https:\/\/onlygal.es\/particulares\/trabajo\/\">ante cualquier situaci\u00f3n adversa o duda<\/a>.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La legislaci\u00f3n laboral de Espa\u00f1a ha experimentado cambios importantes en los \u00faltimos a\u00f1os y el nuevo protocolo de bajas laborales, que afecta a la forma en que los empleadores y los empleados las gestionan, es uno de los m\u00e1s recientes. 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