{"id":7946,"date":"2023-02-01T15:17:12","date_gmt":"2023-02-01T15:17:12","guid":{"rendered":"https:\/\/10.16.0.238\/juridico\/?p=7946"},"modified":"2024-01-12T11:12:50","modified_gmt":"2024-01-12T11:12:50","slug":"falsos-autonomos-sanciones","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/onlygal.es\/juridico\/falsos-autonomos-sanciones\/","title":{"rendered":"Falsos aut\u00f3nomos, \u00bfqu\u00e9 son y cu\u00e1les son las sanciones?"},"content":{"rendered":"<p>En los \u00faltimos a\u00f1os el n\u00famero de falsos aut\u00f3nomos en Espa\u00f1a ha crecido de una forma desmesurada, sobre todo en los casos que conocemos como \u201c<em>riders<\/em>\u201d. Tanto es as\u00ed, que <strong>la Inspecci\u00f3n de Trabajo ha detectado y regularizado casi 50.000 casos de falsos aut\u00f3nomos<\/strong>, lo que significa un fraude de casi 300 millones de euros a la Seguridad Social.<\/p>\n<p>El motivo del <strong>aumento de este fraude es debido a los beneficios que supone para el empresario<\/strong>, ya que le genera un gran ahorro de costes sociales y la posibilidad de hacer uso de la econom\u00eda colaborativa.<\/p>\n<p>Te contamos <strong>todo lo que necesitas saber sobre los falsos aut\u00f3nomos<\/strong>, cu\u00e1les son las sanciones por su contrataci\u00f3n y c\u00f3mo se debe denunciar.<\/p>\n<p>Presta mucha atenci\u00f3n.<\/p>\n<h2><strong>\u00bfQu\u00e9 es un falso aut\u00f3nomo?<\/strong><\/h2>\n<p>Un falso aut\u00f3nomo es <strong>un trabajador contratado por cuenta ajena que se ve obligado a darse de alta como trabajador por cuenta propia, siendo totalmente dependiente de su cliente<\/strong>, actuando como un empleado m\u00e1s y sin tener ning\u00fan tipo de autonom\u00eda en sus actividades.<\/p>\n<p>Entre las caracter\u00edsticas m\u00e1s destacables de estos trabajadores destacan:<\/p>\n<ul>\n<li>El <strong>salario es establecido por la empresa<\/strong>.<\/li>\n<li>El <strong>cliente es quien dicta sus horarios, su espacio de trabajo y sus medios de producci\u00f3n<\/strong>.<\/li>\n<li>La <strong>actividad del falso aut\u00f3nomo beneficia al cliente<\/strong>.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Dicho esto, es importante hacer una <strong>distinci\u00f3n entre el falso aut\u00f3nomo y el Trabajador Aut\u00f3nomo Dependiente (TRADE). <\/strong>Los TRADE son aquellos que realizan una actividad para un cliente y reciben de este un <strong>m\u00ednimo del 75% de sus ingresos<\/strong>, creando una relaci\u00f3n entre empresa y aut\u00f3nomo dependiente de car\u00e1cter mercantil, pero no laboral.<\/p>\n<p>Entre los principales efectos negativos que tiene para el trabajador el ser contratado como falso aut\u00f3nomo se encuentra que est\u00e1n <strong>obligados a cotizar en el RETA<\/strong>, presentar las correspondientes <strong>declaraciones del IVA<\/strong>, no reciben permisos retribuidos y tampoco tienen un salario m\u00ednimo garantizado.<\/p>\n<h2><strong>\u00bfCu\u00e1les son las sanciones por tener falsos aut\u00f3nomos contratados?<\/strong><\/h2>\n<p>La Ley sobre <a href=\"https:\/\/www.boe.es\/buscar\/act.php?id=BOE-A-2000-15060\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Infracciones y Sanciones en el Orden Social<\/a> establece en su <strong>art\u00edculo 22 <\/strong>las infracciones graves a las que se enfrenta el empresario que tenga trabajadores contratados como falsos aut\u00f3nomos, pudiendo llegar a pagar hasta 10.000\u20ac.<\/p>\n<ul>\n<li><strong>Sanci\u00f3n m\u00ednima:<\/strong> desde 3.126\u20ac hasta 6.250\u20ac<\/li>\n<li><strong>Sanci\u00f3n media:<\/strong> desde 6.251\u20ac hasta 8.000\u20ac<\/li>\n<li><strong>Sanci\u00f3n m\u00e1xima:<\/strong> desde 8.001\u20ac hasta 10.000\u20ac<\/li>\n<\/ul>\n<p>Y no, estas no son las \u00fanicas sanciones que deber\u00e1 pagar el empresario a modo de sanci\u00f3n. Adem\u00e1s de estas cuant\u00edas econ\u00f3micas, la <strong>Inspecci\u00f3n de Trabajo puede exigir el pago de las cuotas de la Seguridad Social<\/strong> del periodo de tiempo que el trabajador haya permanecido en esta situaci\u00f3n. Dada la dificultad de conocer a ciencia cierta por cuanto tiempo ha tenido lugar este fraude, por lo general se suele obligar al empresario a pagar lo correspondiente a las <strong>cuotas de los \u00faltimos cuatro a\u00f1os<\/strong>, con un recargo entre el 100 y el 150% por cotizaciones no ingresadas.<\/p>\n<p>Incluso, se podr\u00eda estar hablando de una <strong>pena de c\u00e1rcel para el empresario<\/strong> en caso de que estas cuotas impagadas en los \u00faltimos cuatro a\u00f1os superen los 50.000\u20ac.<\/p>\n<h2><strong>4 Mecanismos para denunciar la situaci\u00f3n de falso aut\u00f3nomo<\/strong><\/h2>\n<p>La denuncia de esta situaci\u00f3n con el fin de acabar con el fraude laboral se puede realizar a trav\u00e9s de <strong>cuatro mecanismos<\/strong> diferenciados, aunque lo m\u00e1s recomendable es <strong>denunciar ante la Inspecci\u00f3n de Trabajo<\/strong> mientras se est\u00e9 llevando a cabo la actividad para que pueda reconocerse m\u00e1s f\u00e1cilmente la existencia de dicho fraude.<\/p>\n<p>Los 4 mecanismos a los que se puede optar son los siguientes:<\/p>\n<h3><strong>Denuncia formal ante la Inspecci\u00f3n de Trabajo<\/strong><\/h3>\n<p>Un inspector determina si la relaci\u00f3n laboral es un fraude o si, por el contrario, la denuncia se considera nula.<\/p>\n<h3><strong>Denuncia an\u00f3nima en el buz\u00f3n de lucha contra el fraude laboral<\/strong><\/h3>\n<p>Se rellena un formulario a trav\u00e9s del cual se desconoce el nombre de la persona que ha demandado, pero s\u00ed al demandado, esto es, el empresario. En caso de que se considere que hay los suficientes indicios de fraude, se llevar\u00e1 a cabo la correspondiente Inspecci\u00f3n de Trabajo.<\/p>\n<h3><strong>Denuncia ante los Juzgados de lo Social<\/strong><\/h3>\n<p>En este caso es un juez quien determina la situaci\u00f3n laboral como falso aut\u00f3nomo y, de ser as\u00ed, dictamina las correspondientes indemnizaciones.<\/p>\n<h3><strong>Denuncia antes los Juzgados de lo Social, despu\u00e9s de un despido<\/strong><\/h3>\n<p>La denuncia tiene lugar una vez haya finalizado la relaci\u00f3n laboral entre empresa y falso aut\u00f3nomo, y este pretenda ser reconocido como si se tratara del despido de un empleado.<\/p>\n<p>Desde <strong>onLygal<\/strong> sabemos que, a veces, conocer tus derechos como empleado puede llegar a resultar complicado, bien porque no dispones de la informaci\u00f3n necesaria o, simplemente, porque no sabes c\u00f3mo proceder en seg\u00fan qu\u00e9 temas. Por ello, es muy importante que cuentes con un seguro que te aporte todas las garant\u00edas necesarias respecto a tu vida laboral. En <strong>onLygal<\/strong> ponemos a tu disposici\u00f3n un seguro con el que disponer de un <a href=\"https:\/\/onlygal.es\/particulares\/trabajo\/contratos-y-condiciones-laborales\/\">abogado especializado en temas laborales<\/a>, para que te sientas protegido en todo momento.<\/p>\n<p>No lo pienses m\u00e1s y ponte en contacto con nosotros.<\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><a href=\"https:\/\/onlygal.es\/seguros\/das-abogado-personal-todo-riesgo\/#item-3\">\u00a1QUIERO SABER M\u00c1S!<\/a><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En los \u00faltimos a\u00f1os el n\u00famero de falsos aut\u00f3nomos en Espa\u00f1a ha crecido de una forma desmesurada, sobre todo en los casos que conocemos como \u201criders\u201d. Tanto es as\u00ed, que la Inspecci\u00f3n de Trabajo ha detectado y regularizado casi 50.000 casos de falsos aut\u00f3nomos, lo que significa un fraude de casi 300 millones de euros [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":7948,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"footnotes":""},"categories":[192],"tags":[],"class_list":["post-7946","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-pymes-y-autonomos"],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/onlygal.es\/juridico\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/7946","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/onlygal.es\/juridico\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/onlygal.es\/juridico\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/onlygal.es\/juridico\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/onlygal.es\/juridico\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=7946"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/onlygal.es\/juridico\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/7946\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/onlygal.es\/juridico\/wp-json\/wp\/v2\/media\/7948"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/onlygal.es\/juridico\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=7946"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/onlygal.es\/juridico\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=7946"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/onlygal.es\/juridico\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=7946"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}