{"id":7796,"date":"2022-06-30T08:40:24","date_gmt":"2022-06-30T08:40:24","guid":{"rendered":"https:\/\/10.16.0.238\/juridico\/?p=7796"},"modified":"2024-02-08T13:05:23","modified_gmt":"2024-02-08T13:05:23","slug":"constituye-comunidad-de-proprietarios","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/onlygal.es\/juridico\/constituye-comunidad-de-proprietarios\/","title":{"rendered":"\u00bfC\u00f3mo se constituye una comunidad de propietarios?"},"content":{"rendered":"<p>Una comunidad de propietarios es una entidad compuesta por todos los propietarios de las viviendas, los locales y los garajes que integran un edificio o una urbanizaci\u00f3n y que tienen en copropiedad las zonas comunes. A efectos legales, una comunidad de propietarios es una entidad jur\u00eddica con reconocimiento legal.<\/p>\n<p>Por lo general, los propietarios que adquieren una propiedad pasan a formar parte de la comunidad de vecinos que exista en el edificio o urbanizaci\u00f3n, pero, en ocasiones, es necesario constituir de cero la comunidad de propietarios. \u00a1Te contamos c\u00f3mo hacerlo!<\/p>\n<h2><strong>Pasos para constituir una comunidad de propietarios<\/strong><\/h2>\n<h3><strong>1. Acudir al registro de la propiedad<\/strong><\/h3>\n<p>El primer paso cuando surgen dudas sobre si la comunidad de vecinos de un edificio o de una urbanizaci\u00f3n est\u00e1 constituida es acudir al registro de la propiedad del ayuntamiento correspondiente. Esto sucede porque la mayor parte de las comunidades ya se encuentran constituidas y, en consecuencia, ya poseen la divisi\u00f3n horizontal que determina cu\u00e1l es la relaci\u00f3n entre los copropietarios, as\u00ed como sus obligaciones.<\/p>\n<p>En caso de que la comunidad ya posea la divisi\u00f3n de propiedad horizontal, es probable que tambi\u00e9n cuente con unos estatutos. En todo caso, es conveniente preguntar por ambas cuestiones cuando se acuda al registro y, si no se cuenta con la escritura de divisi\u00f3n horizontal, esta deber\u00e1 realizarse ante notario cuanto antes.<\/p>\n<h3><strong>2. Junta constituyente y Estatutos<\/strong><\/h3>\n<p>Una vez se cuenta con la escritura de divisi\u00f3n horizontal, es necesario convocar una junta constituyente donde se traten puntos como los siguientes:<\/p>\n<p>i. Nombramiento de las personas que ocupar\u00e1n los cargos de presidente, secretario y administrador dentro del gobierno de la comunidad durante un periodo de tiempo determinado, que suele ser de un a\u00f1o, salvo que en los estatutos se indique otra cosa.<\/p>\n<p>ii. Realizar una votaci\u00f3n entre los propietarios para aprobar los estatutos de la comunidad.<\/p>\n<p>iii. Establecer las cuotas a pagar y sistema de pago por parte de los propietarios, ya sea por partes o por cuotas de participaci\u00f3n.<\/p>\n<p>iv. Acordar la apertura de una cuenta bancaria comunitaria mediante la cual se llevar\u00e1n a cabo los pagos de la comunidad de vecinos.<\/p>\n<h3><strong>3. Acta de constituci\u00f3n<\/strong><\/h3>\n<p>Una vez acordados los puntos anteriores, ser\u00e1 necesario redactar un acta de constituci\u00f3n donde se recojan todos los aspectos tratados durante la reuni\u00f3n, as\u00ed como los acuerdos establecidos entre los propietarios.<\/p>\n<h3><strong>4. Legalizaci\u00f3n del libro de actas<\/strong><\/h3>\n<p>El libro de actas, que ser\u00e1 el documento donde se recoger\u00e1 toda la informaci\u00f3n relevante sobre la comunidad de propietarios. Se puede adquirir f\u00e1cilmente en cualquier papeler\u00eda o librer\u00eda y deber\u00e1 incluir una instancia firmada por el presidente de la comunidad, que deber\u00e1 depositarse en el Registro de la Propiedad para proceder a su legalizaci\u00f3n y podr\u00e1 recogerse en un plazo de 5 d\u00edas.<\/p>\n<h3><strong>5. Obtenci\u00f3n del N\u00famero de Identificaci\u00f3n Fiscal (N.I.F.)<\/strong><\/h3>\n<p>El N.I.F. sirve a las comunidades de vecinos para identificarse ante la Agencia Tributaria. Para conseguir un N.I.F. para la comunidad, es necesario cumplimentar el modelo 036\/037 de la administraci\u00f3n tributaria. Dicho documento debe de ir firmado por el presidente de la comunidad y llevar adjunto una copia del nombramiento del presidente, una fotocopia de su DNI y la escritura de divisi\u00f3n horizontal.<\/p>\n<h3><strong>6. Contratar un seguro<\/strong><\/h3>\n<p>En caso de que te haya tocado ser presidente de la comunidad, es recomendable que contrates un seguro que te aporte tranquilidad y que defienda los intereses de la comunidad en caso de que existan vecinos o proveedores que no est\u00e9n cumpliendo con sus obligaciones. En <strong>onLygal<\/strong> ponemos a tu disposici\u00f3n el <a href=\"https:\/\/onlygal.es\/particulares\/vivienda\/comunidad-y-vecinos\/\">seguro onLygal Comunidad de Propietarios<\/a>, que incluye asesoramiento y defensa legal en multitud de situaciones, resoluci\u00f3n de conflictos, reclamaci\u00f3n de da\u00f1os y derechos y conexi\u00f3n de servicios.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, tambi\u00e9n te ofrecemos nuestro <a href=\"https:\/\/onlygal.es\/seguro-de-impago-de-alquiler\/\">seguro onLygal Impago de Alquiler<\/a>, para que te olvides de tus preocupaciones en caso de que tengas un inmueble alquilado. Resolvemos todas tus dudas y te garantizamos el cobro de las rentas mes a mes si el inquilino ha dejado de pagar. 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