{"id":4595,"date":"2020-05-28T17:25:38","date_gmt":"2020-05-28T17:25:38","guid":{"rendered":"https:\/\/10.16.0.238\/juridico\/?p=4595"},"modified":"2025-09-17T14:59:08","modified_gmt":"2025-09-17T14:59:08","slug":"me-pueden-despedir-tras-un-erte-o-convertirse-en-ere-debido-al-coronavirus","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/onlygal.es\/juridico\/me-pueden-despedir-tras-un-erte-o-convertirse-en-ere-debido-al-coronavirus\/","title":{"rendered":"\u00bfMe pueden despedir tras un ERTE?"},"content":{"rendered":"<p>Durante el Estado de Alarma en 2020, m\u00e1s de 3,4 millones de personas se encontraron bajo la ayuda del Estado por razones laborales, muchos de ellos afectados por los Expedientes de Regulaci\u00f3n Temporal de Empleo (ERTE) que se empezaron a fraguar al inicio de la crisis sanitaria provocada por la Covid-19. Cuando esta f\u00f3rmula de regulaci\u00f3n de empleo de car\u00e1cter excepcional se extinga, puede haber empresas que decidan no continuar con la anterior relaci\u00f3n contractual con algunos de sus empleados.<\/p>\n<h2>\u00bfMe pueden despedir tras un ERTE?<\/h2>\n<p>Ante este escenario, los empleados empiezan a preguntarse algunas cuestiones clave para su futuro laboral, como si se les puede despedir despu\u00e9s de un ERTE o si \u00e9ste puede convertirse autom\u00e1ticamente en un Expediente de Regulaci\u00f3n de Empleo (ERE). Por este motivo, queremos clarificar en este art\u00edculo a qu\u00e9 se enfrentan los afectados y subrayar qu\u00e9 derechos tienen.<\/p>\n<p>En el art\u00edculo 3 del <a href=\"https:\/\/www.boe.es\/boe\/dias\/2020\/05\/13\/pdfs\/BOE-A-2020-4959.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Real Decreto-ley 18\/2020<\/a> del 12 de mayo, se detalla que, una vez pasado este periodo de tiempo, las compa\u00f1\u00edas deben esperar seis meses (\u201centendiendo por tal la reincorporaci\u00f3n al trabajo efectivo de personas afectadas por el expediente, aun cuando esta sea parcial o solo afecte a parte de la plantilla\u201d) para poder prescindir de los empleados bajo las mismas circunstancias que antes del Estado de Alarma, es decir, por causas econ\u00f3micas de la organizaci\u00f3n, entre otras.<\/p>\n<h2>\u00bfSe puede pasar de un ERTE a un ERE?<\/h2>\n<p>Tambi\u00e9n es importante remarcar que, tras un ERTE, la empresa puede presentar un ERE por cierre y, si esto sucede, los trabajadores percibir\u00e1n una indemnizaci\u00f3n por despido. Este escenario es el contemplado por muchas empresas que han sufren dificultades econ\u00f3micas y que pueden llevar a declararse en concurso de acreedores. Ello se puede traducir en ERE y, por tanto, que el cobro de las indemnizaciones se realice recurriendo al FOGASA (Fondo de Garant\u00eda Salarial).<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n cabe recordar las <a href=\"\/juridico\/que-es-un-erte\/\">diferencias entre ERTE y ERE<\/a>. La primera est\u00e1 en la temporalidad. Un ERTE es una medida de car\u00e1cter temporal, que se toma en casos puntuales como la crisis del coronavirus. En cambio, en un ERE, una vez finalizado el contrato no hay reincorporaci\u00f3n al puesto de trabajo.<\/p>\n<p>Por otro lado, la segunda diferencia radica en el procedimiento, ya que un ERE es mucho m\u00e1s riguroso y los tr\u00e1mites se dilatan m\u00e1s en el tiempo. En este caso, se efect\u00faan despidos con una indemnizaci\u00f3n pactada durante la negociaci\u00f3n. En cambio, el ERTE es una suspensi\u00f3n del contrato de trabajo cuyo objetivo no es el despido o finalizaci\u00f3n de la relaci\u00f3n laboral en la mayor\u00eda de casos, sino una suspensi\u00f3n temporal sin despido ni indemnizaci\u00f3n.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Durante el Estado de Alarma en 2020, m\u00e1s de 3,4 millones de personas se encontraron bajo la ayuda del Estado por razones laborales, muchos de ellos afectados por los Expedientes de Regulaci\u00f3n Temporal de Empleo (ERTE) que se empezaron a fraguar al inicio de la crisis sanitaria provocada por la Covid-19. 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