{"id":4454,"date":"2020-04-07T12:14:06","date_gmt":"2020-04-07T12:14:06","guid":{"rendered":"https:\/\/10.16.0.238\/juridico\/?p=4454"},"modified":"2024-02-27T15:25:26","modified_gmt":"2024-02-27T15:25:26","slug":"dudas-sobre-consumo-y-viajes-tras-la-crisis-del-coronavirus","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/onlygal.es\/juridico\/dudas-sobre-consumo-y-viajes-tras-la-crisis-del-coronavirus\/","title":{"rendered":"Dudas frecuentes sobre consumo y viajes tras la crisis del Covid-19"},"content":{"rendered":"<p>En este nuevo panorama que nos ha sorprendido a todos, es normal que como usuario te surjan numerosas dudas sobre diversos \u00e1mbitos. En este art\u00edculo vamos a dar respuesta a las relacionadas con consumo y viajes, as\u00ed que sigue leyendo para enterarte de todo.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h2>\u00bfDebo seguir pagando los recibos del gimnasio, club deportivo, academias etc.?<\/h2>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Con el RD 11\/2020, hay medidas excepcionales en consumo. Para los contratos de trato sucesivo se paralizar\u00e1 el cobro de nuevas cuotas hasta que el servicio pueda volver a prestarse con normalidad; no obstante, el contrato no queda rescindido.<\/p>\n<p>Por lo tanto, se deber\u00edan paralizar los cobros peri\u00f3dicos de todos aquellos servicios a los que no podemos tener acceso y en el caso que no se paralicen, se podr\u00e1n reclamar.<\/p>\n<p>Sino, deber\u00e1s seguir realizando los pagos de manera normal, y una vez que se finalice la situaci\u00f3n habr\u00e1 que calcular realmente cu\u00e1nto se ha dejado de prestar el servicio para ver qu\u00e9 cantidades se podr\u00e1n llegar a exigir.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h2>\u00bfPuedo reclamar la devoluci\u00f3n de reservas de viajes de Semana Santa, conciertos, eventos, bodas, comuniones?<\/h2>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>La ley no contempla algunas de las situaciones m\u00e1s comunes que ha provocado la pandemia. El \u00e9xito de las reclamaciones depender\u00e1, por tanto, de las circunstancias de cada caso y de la letra peque\u00f1a del contrato.<\/p>\n<p>En cuanto a las reservas de viajes el nuevo <a href=\"https:\/\/www.boe.es\/diario_boe\/txt.php?id=BOE-A-2020-4208\" target=\"_blank\" rel=\"noopener noreferrer\">RD 11\/2020<\/a> de 31 de Marzo indica que en el caso que la prestaci\u00f3n de servicios incluya a varios proveedores, como los viajes combinados, el consumidor o usuario podr\u00e1 optar por solicitar el reembolso o hacer uso del bono que le entregar\u00e1 el organizador o, en su caso, el minorista. Dicho bono lo podr\u00e1 utilizar en el plazo de un a\u00f1o desde la conclusi\u00f3n del estado de alarma. En caso de no utilizarse durante ese periodo, el consumidor podr\u00e1 ejercer el derecho de reembolso.<\/p>\n<p>Si se cancela un concierto, una obra de teatro, evento o cualquier espect\u00e1culo cultural por el que el consumidor haya pagado una entrada, se puede exigir la devoluci\u00f3n de la entrada. En cambio, si hay un aplazamiento o un cambio en las condiciones, seg\u00fan la normativa de espect\u00e1culos, las personas tendr\u00e1n derecho a la devoluci\u00f3n de la entrada total o parcial del importe abonado por las localidades, en el supuesto de que el espect\u00e1culo o actividad recreativa sea suspendido o modificado sustancialmente salvo en aquellos supuestos por causa de fuerza mayor. Por lo tanto, es posible que si se indica que es fuerza mayor no recuperemos el importe.<\/p>\n<p>En cuanto a bodas en el Ayuntamiento e Iglesia o las comuniones, las celebraciones pueden efectuarse siempre que se mantengan las restricciones que ha impuesto el gobierno en cuanto a las medidas de salubridad, distancia y aforo. Obviamente, para la mayor\u00eda de las familias esta situaci\u00f3n no es la ideal y m\u00e1s cuando no es posible la celebraci\u00f3n posterior. En este caso hay que contactar con los proveedores \/organizadores para intentar paralizar todo lo posible y buscar un aplazamiento con nueva fecha, para intentar no perder las se\u00f1ales avanzadas o incluso si el trabajo est\u00e1 efectuado la totalidad del coste. Si no te queda m\u00e1s opci\u00f3n que cancelar la boda, tienes que considerar las cl\u00e1usulas del contrato que tengas con cada proveedor y saber que seguramente perder\u00e1s la paga y se\u00f1al efectuada, e incluso si la faena est\u00e1 efectuada (por ejemplo, los regalos personalizados) deber\u00e1s abonar el importe total.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h2>\u00bfPuedo utilizar mi seguro m\u00e9dico en caso de estar afectado por el CoVID 19?<\/h2>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>S\u00ed podr\u00e1s utilizarlo; siempre que \u00e9ste te lo cubra en las garant\u00edas de tu contrato. Pero por encima de la p\u00f3liza est\u00e1n los protocolos de sanidad que indican que ante cualquier caso de sospecha de estar infectado de CoVID19, el paciente se ha de remitir al Hospital P\u00fablico, por lo que en este caso, se te derivar\u00e1 a la sanidad p\u00fablica.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En este nuevo panorama que nos ha sorprendido a todos, es normal que como usuario te surjan numerosas dudas sobre diversos \u00e1mbitos. 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