{"id":3895,"date":"2019-10-28T13:54:40","date_gmt":"2019-10-28T13:54:40","guid":{"rendered":"https:\/\/10.16.0.238\/juridico\/?p=3895"},"modified":"2024-04-29T14:42:21","modified_gmt":"2024-04-29T14:42:21","slug":"plazo-impugnar-sancion-laboral","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/onlygal.es\/juridico\/plazo-impugnar-sancion-laboral\/","title":{"rendered":"\u00bfCu\u00e1l es el plazo para impugnar una sanci\u00f3n laboral?"},"content":{"rendered":"<h2>\u00bfCu\u00e1ntos d\u00edas tengo para impugnar una sanci\u00f3n laboral?<\/h2>\n<p>Seg\u00fan lo establecido por la Ley Reguladora de la Jurisdicci\u00f3n Social, el trabajador podr\u00e1 impugnar la sanci\u00f3n laboral mediante demanda que, deber\u00e1 de ser presentada, en un plazo de 20 d\u00edas h\u00e1biles. Los d\u00edas empezar\u00e1n a contar desde el d\u00eda en el que el trabajador ha sido notificado de dicha sanci\u00f3n. Los s\u00e1bados, domingos y festivos no est\u00e1n incluidos dentro de estos 20 d\u00edas.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h2>\u00bfC\u00f3mo se impugna una sanci\u00f3n laboral?<\/h2>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p>Para la impugnaci\u00f3n de la sanci\u00f3n, el afectado deber\u00e1 iniciar el procedimiento presentando una papeleta de conciliaci\u00f3n en la Oficina de Trabajo de la provincia correspondientes. Posteriormente, se llevar\u00e1 a cabo un acto de conciliaci\u00f3n. Si no se consigue un acuerdo entre las dos partes, la empresa y el trabajador, se deber\u00e1 formular una demanda ante el Juzgado de lo Social. El juez ser\u00e1 el encargado de poner fin al debate. Este dictar\u00e1 su sentencia, si la sanci\u00f3n es conforme a derecho, esta se mantendr\u00eda. Si no lo es, la sanci\u00f3n ser\u00e1 anulada y el empresario deber\u00e1 eliminar la sanci\u00f3n.<\/p>\n<p>Recuerda que si necesitas ayuda jur\u00eddica en este proceso desde Onlygal ponemos a tu disposici\u00f3n nuestro <a href=\"https:\/\/onlygal.es\/seguros\/das-abogado-personal\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener noreferrer\">seguro de abogado personal<\/a> para que puedas resolver todas tus dudas legales y sentirte respaldado en todo momento.<\/p>\n<p>Es importante recalcar que es la empresa la que debe demostrar la falta por la que el trabajador fue sancionado.<\/p>\n<h2>\u00bfCu\u00e1nto tardan en resolverse?<\/h2>\n<p>No es posible dar una cifra exacta sobre la duraci\u00f3n de este proceso. Depender\u00e1 de la duraci\u00f3n de cada uno de los procedimientos que se lleven a cabo, de los recursos presentados y, de la eficacia del juzgado encargado de resolver la impugnaci\u00f3n.<\/p>\n<h2>Consecuencias de la impugnaci\u00f3n de una sanci\u00f3n laboral<\/h2>\n<p>El juez podr\u00e1 calificar la sanci\u00f3n de confirmada, nula, revocarla totalmente o revocarla de forma parcial.<\/p>\n<ul>\n<li>Confirmaci\u00f3n: cuando se acrediten las exigencias y requisitos del procedimiento del establecimiento de la sanci\u00f3n y, adem\u00e1s, se demuestre la realidad del incumplimiento imputado al trabajador.<\/li>\n<li>Nula: cuando la sanci\u00f3n no haya sido notificada por escrito al trabajador o, en su defecto, cuando no aparezcan en el comunicado los hechos que la motivan. Tambi\u00e9n se declarar\u00e1 nula cuando se haya realizado fuera de plazo.<\/li>\n<li>Revocaci\u00f3n total: cuando no se demuestren que los hechos, por los que el trabajador est\u00e1 acusado, son verdaderos.<\/li>\n<li>Revocaci\u00f3n parcial: cuando la falta no haya sido adecuadamente calificada y, el juez, impone la sanci\u00f3n que considere m\u00e1s adecuada.<\/li>\n<\/ul>\n<h3>Si ganas<\/h3>\n<p>En caso de que los hechos no hayan podido ser probados de forma irrevocable o, en el caso de que estos hechos no supongan una infracci\u00f3n, el juez dictar\u00e1 en su sentencia la revocaci\u00f3n total de la sanci\u00f3n.<\/p>\n<p>En este caso, la empresa estar\u00e1 obligada a cumplir con lo establecido en la sentencia ingresando, al trabajador afectado, los salarios que hubieran dejado de abonarse en cumplimiento de la sanci\u00f3n, si los hubiera.<\/p>\n<p>En caso de que la empresa no cumpla voluntariamente la sentencia, el trabajador tendr\u00e1 que presentar una demanda de ejecuci\u00f3n ante el mismo juzgado que redact\u00f3 la sentencia.<\/p>\n<p><strong><em>\u00a0 <\/em><\/strong><\/p>\n<h3>Si pierdes<\/h3>\n<p>Para que se produzca esta situaci\u00f3n, la empresa deber\u00e1 demostrar y justificar los actos por los que el trabajador recibi\u00f3 la sanci\u00f3n. Si el juez acepta la carta de amonestaci\u00f3n de la empresa confirma, al mismo tiempo, que los actos son verdaderos y que el acusado es culpable.<\/p>\n<p>En este caso, siendo consecuente con tus actos, deber\u00e1s de hacer frente a lo establecido en la sentencia y, aceptar las medidas tomadas por la empresa. Estas medidas pueden consistir en amonestaciones, suspensi\u00f3n de empleo y sueldo o despido disciplinario.<\/p>\n<h2>Grado de infracci\u00f3n y sanciones laborales<\/h2>\n<p>Las faltas suelen estar divididas en tres categor\u00edas: faltas leves, faltas graves y faltas muy graves. En funci\u00f3n de dichas categor\u00edas se les aplicar\u00e1 una sanci\u00f3n u otra.<\/p>\n<ul>\n<li>\n<h4><strong>Faltas leves:<\/strong><\/h4>\n<p>Suelen provocar amonestaciones y suspensiones de empleo y sueldo de hasta 2 d\u00edas. Estas faltas, prescriben a los 10 d\u00edas naturales de su comisi\u00f3n<\/li>\n<li>\n<h4><strong>Faltas graves:<\/strong><\/h4>\n<p>Suelen provocar suspensiones de empleo y sueldo de hasta 20 d\u00edas, Este tipo de faltas, prescriben a los 20 d\u00edas naturales de su comisi\u00f3n.<\/li>\n<li>\n<h4><strong>Faltas muy graves:<\/strong><\/h4>\n<p>Suelen provocar inhabilitaciones para el ascenso y suspensiones de empleo y sueldo de hasta 6 meses, traslados a otro centro de trabajo e incluso despido. Estas faltas, las m\u00e1s graves, prescriben a los 60 d\u00edas naturales de su comisi\u00f3n.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Los plazos de prescripci\u00f3n empiezan a contar desde el momento en que la empresa tiene conocimiento de la infracci\u00f3n cometida.<\/p>\n<p>Estas sanciones, nunca podr\u00e1n incluir el pago de una multa econ\u00f3mica como compensaci\u00f3n de los actos y comportamiento acusados, as\u00ed como, la reducci\u00f3n de las jornadas de descanso o las vacaciones a las que tiene derecho el trabajador.<\/p>\n<p>Por otro lado, el trabajador nunca podr\u00e1 ser sancionado m\u00e1s de una vez por la misma falta. Es decir, se podr\u00e1 sancionar a los trabajadores tantas veces como faltas cometan.<\/p>\n<p>Cuando se trate de sanciones graves o muy graves el trabajador recibir\u00e1 la comunicaci\u00f3n por escrito. En dicho documento se har\u00e1n constar la fecha y los hechos que han dado lugar a dicha sanci\u00f3n.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>\u00bfCu\u00e1ntos d\u00edas tengo para impugnar una sanci\u00f3n laboral? Seg\u00fan lo establecido por la Ley Reguladora de la Jurisdicci\u00f3n Social, el trabajador podr\u00e1 impugnar la sanci\u00f3n laboral mediante demanda que, deber\u00e1 de ser presentada, en un plazo de 20 d\u00edas h\u00e1biles. 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