{"id":10825,"date":"2025-02-18T14:23:02","date_gmt":"2025-02-18T14:23:02","guid":{"rendered":"https:\/\/onlygal.es\/juridico\/?p=10825"},"modified":"2025-02-18T14:46:15","modified_gmt":"2025-02-18T14:46:15","slug":"novedades-fiscales-2025","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/onlygal.es\/juridico\/novedades-fiscales-2025\/","title":{"rendered":"Novedades Fiscales 2025: Todo lo que debes saber"},"content":{"rendered":"<p>Este 2025 llega cargado de novedades tanto para aut\u00f3nomos como particulares. El nuevo a\u00f1o trae cambios en un \u00e1mbito tan importante como la fiscalidad. Nuevos impuestos, subidas o rebajas de los ya existentes&#8230; Son toda una serie de cambios que pueden hacer que muchos se sientan abrumados o desorientados.<\/p>\n<p>Pero onLygal siempre est\u00e1 ah\u00ed donde m\u00e1s lo necesitas y esta vez no iba a ser diferente. Te traemos este art\u00edculo en el que exploraremos las novedades impositivas de este 2025 para que puedas tomar las mejores decisiones.<\/p>\n<h2>Novedades para aut\u00f3nomos en 2025<\/h2>\n<p>Uno de los colectivos m\u00e1s interesados en la evoluci\u00f3n de la fiscalidad es el de los aut\u00f3nomos. Estos profesionales deben lidiar en su d\u00eda a d\u00eda con m\u00faltiples obligaciones tributarias. Para ellos, existen las siguientes novedades.<\/p>\n<h3>Novedades en el Impuesto de Sociedades<\/h3>\n<p>Desde el 1 de enero de 2025 se prorroga un a\u00f1o m\u00e1s la libertad de amortizaci\u00f3n para las inversiones que utilicen energ\u00eda procedente de fuentes renovables. Esto quiere decir que podr\u00e1s elegir el ritmo de depreciaci\u00f3n de tus activos que utilicen energ\u00edas renovables. Esto, a su vez, te permitir\u00e1 deducirte importantes cantidades del Impuesto de Sociedades.<\/p>\n<p>A su vez, para este a\u00f1o 2025 entrar\u00e1n en vigor los nuevos tipos impositivos para pymes y microempresas, es decir, aquellas empresas que facturan menos de un mill\u00f3n de euros. Estos tipos suponen una rebaja impositiva con respecto a la fiscalidad que exist\u00eda anteriormente.<\/p>\n<p>A partir de 2025, estas empresas tributar\u00e1n seg\u00fan la siguiente escala:<\/p>\n<ul>\n<li><strong>17%<\/strong>: Para la parte de la base imponible comprendida entre 0 y 50.000 \u20ac.<\/li>\n<li><strong>20%<\/strong>: Para el exceso sobre los 50.000 \u20ac.<\/li>\n<\/ul>\n<p><strong>OJO: <\/strong>El cambio de tipos impositivos para las\u00a0<strong>micropymes<\/strong>\u00a0(17% para los primeros 50.000 \u20ac y 20% para el exceso) entrar\u00e1 en vigor de manera definitiva en 2027. Sin embargo, para no implementar estos cambios de forma abrupta, se ha establecido un\u00a0<strong>r\u00e9gimen transitorio<\/strong>\u00a0que aplicar\u00e1 tipos intermedios durante los a\u00f1os 2025 y 2026.<\/p>\n<p>En lugar de aplicar directamente los tipos definitivos (17% y 20%), las micropymes tributar\u00e1n con tipos m\u00e1s altos durante los dos primeros a\u00f1os, pero m\u00e1s bajos que los actuales. La idea es ir\u00a0<strong>reduciendo gradualmente<\/strong>\u00a0el impuesto hasta alcanzar los tipos definitivos.<\/p>\n<p><strong>Escala de tipos intermedios para micropymes:<\/strong><\/p>\n<table width=\"860\">\n<thead>\n<tr>\n<td width=\"200\"><strong>A\u00f1o<\/strong><\/td>\n<td width=\"200\"><strong>Base imponible (hasta 50.000 \u20ac)<\/strong><\/td>\n<td width=\"200\"><strong>Base imponible (m\u00e1s de 50.000 \u20ac)<\/strong><\/td>\n<\/tr>\n<\/thead>\n<tbody>\n<tr>\n<td width=\"200\">2025<\/td>\n<td width=\"200\">21%<\/td>\n<td width=\"200\">22%<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td width=\"200\">2026<\/td>\n<td width=\"200\">19%<\/td>\n<td width=\"200\">21%<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td width=\"200\">2027<\/td>\n<td width=\"200\">17%<\/td>\n<td width=\"200\">20%<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<p>Por su lado, las empresas que facturan entre 1 y diez millones (pymes) pagar\u00e1n un 24% en el Impuesto de Sociedades en 2025. Esto supone un punto menos de lo pagado en 2023.<\/p>\n<h3>L\u00edmites en la aplicaci\u00f3n del sistema de m\u00f3dulos<\/h3>\n<p>Los planes del Gobierno pasan por el eliminar el sistema de m\u00f3dulos tarde o temprano y que los aut\u00f3nomos pasen a facturar por el sistema de estimaci\u00f3n directa. Pero en 2025 todav\u00eda existir\u00e1 la posibilidad de tributar bajo esta modalidad. Para hacerlo ser\u00e1 necesario respetar unos l\u00edmites de facturaci\u00f3n.<\/p>\n<ul>\n<li>Si vendes a particulares, no podr\u00e1s haber ingresado m\u00e1s de 240.000 euros en el a\u00f1o 2024<\/li>\n<li>Si vendes a otras empresas el l\u00edmite de facturaci\u00f3n se establece en 125.000 euros en 2024.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Adem\u00e1s, todos los contribuyentes acogidos a esta forma de tributaci\u00f3n ver\u00e1n reducida su tributaci\u00f3n en un 5% sobre el rendimiento de los m\u00f3dulos. Adem\u00e1s, los aut\u00f3nomos afectados por la DANA afrontar\u00e1n una rebaja del 25%.<\/p>\n<h3>Implantaci\u00f3n del sistema de facturaci\u00f3n electr\u00f3nica<\/h3>\n<p>Este a\u00f1o se prev\u00e9 que los aut\u00f3nomos y empresas comiencen a adoptar el sistema de facturaci\u00f3n electr\u00f3nica Verifactu. Con este sistema, las transacciones deber\u00e1n quedar registradas electr\u00f3nicamente identificando a las dos partes intervinientes.<\/p>\n<p>El reglamento para la implementaci\u00f3n de este sistema se deber\u00e1 aprobar a lo largo de 2025. A partir de ese momento, las empresas deber\u00e1n ir adopt\u00e1ndolo poco a poco. Los plazos de adopci\u00f3n variar\u00e1n en funci\u00f3n de nivel de facturaci\u00f3n de las empresas. Se prev\u00e9 que para 2026 las empresas que facturen m\u00e1s de 8 millones tengan implementado este sistema.<\/p>\n<p>Por otro lado, los aut\u00f3nomos y profesionales con menor facturaci\u00f3n contar\u00e1n con un periodo m\u00e1s dilatado para adaptarse a esta medida. Pero se espera que para 2027 todos los profesionales incluyan las facturas electr\u00f3nicas en sus operaciones diarias.<\/p>\n<p>El objetivo de esta medida es aumentar el control de Hacienda sobre la contabilidad de los aut\u00f3nomos. Y es que el sistema de facturaci\u00f3n permitir\u00e1 remitir las operaciones directa e instant\u00e1neamente a Hacienda, lo cual aligerar\u00e1 tambi\u00e9n la carga burocr\u00e1tica que afrontan los emprendedores.<\/p>\n<h2>Novedades para particulares en 2025<\/h2>\n<p>El 2025 trae consigo importantes cambios en materia fiscal para los particulares. Nuevos l\u00edmites en la declaraci\u00f3n de la renta para quienes tienen m\u00e1s de un pagador, ajustes en el IVA de productos esenciales y pr\u00f3rrogas en las deducciones por eficiencia energ\u00e9tica son algunas de las principales novedades.<\/p>\n<h3>Declaraci\u00f3n de la renta m\u00e1s de un pagador: Nuevos l\u00edmites<\/h3>\n<p>A partir del 1 de enero de 2025, los contribuyentes que tengan m\u00e1s de un pagador y cuyos ingresos no superen los 22.000 euros anuales, no estar\u00e1n obligados a presentar la declaraci\u00f3n de la Renta. Esto se har\u00e1 as\u00ed, siempre que la suma de las rentas del segundo y restantes pagadores no superen los 2.500\u20ac al mes. Esta medida, supone una ampliaci\u00f3n de los 1.500\u20ac anteriores y puede beneficiar especialmente a quienes tengan trabajos temporales o hayan cambiado de empleo durante el a\u00f1o.<\/p>\n<h3>Modificaci\u00f3n del IVA en ciertos productos y servicios<\/h3>\n<p>Las medidas tambi\u00e9n afectan a ciertos alimentos b\u00e1sicos, dejando atr\u00e1s las reducciones temporales que se ven\u00edan haciendo en los \u00faltimos tiempos.<\/p>\n<p>Se ven afectados:<\/p>\n<ul>\n<li>Los productos con IVA reducido del 2%, como: Pan, harinas, leche, queso, huevos, frutas, verduras, hortalizas, legumbres, tub\u00e9rculos y cereales.<\/li>\n<li>Los aceites de semillas y las pastas alimenticias, que vuelven al 10% (antes 7,5%).<\/li>\n<\/ul>\n<p>Por otra parte, el aceite de oliva mantiene el tipo reducido del 4%.<\/p>\n<h3>Se prorroga la deducci\u00f3n por obras de eficiencia energ\u00e9tica<\/h3>\n<p>Con el objetivo de promover la sostenibilidad, se ampl\u00edan hasta el 31 de diciembre de 2025 las deducciones fiscales por obras destinadas a mejorar la eficiencia energ\u00e9tica de las viviendas. Estas medidas, suponen una excelente oportunidad para propietarios que quieran disminuir sus facturas. Las dividen en tres categor\u00edas:<\/p>\n<ul>\n<li>Para la reducci\u00f3n de demanda de calefacci\u00f3n y refrigeraci\u00f3n: Deducci\u00f3n del 20% (sobre una base m\u00e1xima de 5.000 euros). En vivienda habitual o en vivienda alquilada.<\/li>\n<li>Para la mejora en el consumo de energ\u00eda primaria no renovable: Deducci\u00f3n del 40% (sobre una base m\u00e1xima de 7.500 euros).<\/li>\n<li>Para proyectos de rehabilitaci\u00f3n energ\u00e9tica en edificios residenciales (sobre una base m\u00e1xima de 5.000 euros, acumulable hasta 15.000 euros en los cuatro a\u00f1os siguientes).<\/li>\n<\/ul>\n<h3>Modificaci\u00f3n de rentas inmobiliarias imputables<\/h3>\n<p>Si tienes inmuebles en municipios donde se han revisado los valores catastrales y esas revisiones entraron en vigor despu\u00e9s del 1 de enero de 2012, la imputaci\u00f3n de rentas inmobiliarias ser\u00e1 del 1,1%. Puedes consultar la lista de Municipios con valor catastral revisado <a href=\"https:\/\/sede.agenciatributaria.gob.es\/Sede\/ayuda\/manuales-videos-folletos\/manuales-ayuda-presentacion\/irpf-2023\/7-cumplimentacion-irpf\/7_3-rendimientos-derivados-inmuebles\/7_3_4-municipios-valor-catastral-revisado-2021.html\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">aqu\u00ed.<\/a><\/p>\n<h2>Conclusi\u00f3n<\/h2>\n<p>Desde cambios en el Impuesto de Sociedades o la facturaci\u00f3n electr\u00f3nica, hasta las modificaciones en la declaraci\u00f3n de la Renta o las deducciones por eficiencia energ\u00e9tica, el 2025 se presenta con importantes novedades que buscan avanzar en una econom\u00eda en constante evoluci\u00f3n y pretenden ayudar a fomentar la sostenibilidad y la transparencia fiscal.<\/p>\n<p>Desde onLygal, te seguiremos ayudando d\u00eda a d\u00eda para que entiendas perfectamente las reglas del juego y puedas atajar de forma sencilla tus obligaciones fiscales y minimizar cualquier impacto negativo.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Este 2025 llega cargado de novedades tanto para aut\u00f3nomos como particulares. El nuevo a\u00f1o trae cambios en un \u00e1mbito tan importante como la fiscalidad. Nuevos impuestos, subidas o rebajas de los ya existentes&#8230; Son toda una serie de cambios que pueden hacer que muchos se sientan abrumados o desorientados. Pero onLygal siempre est\u00e1 ah\u00ed donde [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":18,"featured_media":10826,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"footnotes":""},"categories":[194,56,192],"tags":[],"class_list":["post-10825","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-impuestos","category-negocios","category-pymes-y-autonomos"],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/onlygal.es\/juridico\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/10825","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/onlygal.es\/juridico\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/onlygal.es\/juridico\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/onlygal.es\/juridico\/wp-json\/wp\/v2\/users\/18"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/onlygal.es\/juridico\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=10825"}],"version-history":[{"count":6,"href":"https:\/\/onlygal.es\/juridico\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/10825\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":10832,"href":"https:\/\/onlygal.es\/juridico\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/10825\/revisions\/10832"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/onlygal.es\/juridico\/wp-json\/wp\/v2\/media\/10826"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/onlygal.es\/juridico\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=10825"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/onlygal.es\/juridico\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=10825"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/onlygal.es\/juridico\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=10825"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}