La digitalización de los comercios supone una ventaja para las compañías, pero también trae consigo algunos riesgos, como el posible falseamiento de las reseñas, una herramienta fundamental en la decisión de compra de los consumidores. Una práctica que suele realizarse por parte de algunas empresas especializadas en la materia. Pero, ¿se puede actuar frente a ello?
El artículo 27 de la Ley de Competencia Desleal, en su apartado 7, considera engañosas las prácticas que “afirmen que las reseñas de un bien o servicio son añadidas por consumidores y usuarios que han utilizado o adquirido realmente el bien o servicio, sin tomar medidas razonables y proporcionadas para comprobar que dichas reseñas pertenezcan a tales consumidores y usuarios”. El apartado 8 indica que también se considerarán engañosas las prácticas que “añadan o encarguen a otra persona física o jurídica que incluya reseñas o aprobaciones de consumidores falsas, o distorsionen reseñas de consumidores o usuarios o aprobaciones sociales con el fin de promocionar bienes o servicios”.
Por otro lado, el artículo 20 de la Ley General para la Defensa de Consumidores y Usuarios, que regula la información mínima que debe incluirse en todo proceso comercial, incluye que “el empresario deberá facilitar información clara a los consumidores y usuarios sobre la manera en que se procesan las reseñas”.
Por otro lado, según el contenido de las reseñas podrían llegar a considerarse sujetas al delito de injurias del Código Penal.
En este contexto, desde onLygal queremos señalar que esta nueva normativa permitirá que las denuncias y reclamaciones relacionadas con las reseñas falsas puedan llevarse a cabo de una forma más ágil y eficaz y, lo que es más importante, con un mayor fundamento legal. Una regulación necesaria para evitar conductas desleales en un sector en auge como es el comercio electrónico.
















