¿Qué es un ERTE?
Las siglas ERTE significan Expediente de Regulación Temporal de Empleo, viene recogido en el artículo 47 del Estatuto de los Trabajadores y se trata de una medida que pueden tomar las empresas que conlleva la suspensión de forma temporal de la relación laboral con una parte o con la totalidad de sus trabajadores.
¿Qué diferencias hay entre un ERTE y un ERE?
Nos encontramos con dos principales diferencias:
- El procedimiento: En un ERE es mucho más riguroso y los trámites se dilatan más en el tiempo. Y se trata de una medida que efectúa despidos con una indemnización pactada durante la negociación. En cambio, el ERTE es una suspensión del contrato de trabajo cuyo objetivo no es el despido o finalización del contrato en la mayoría de casos, sino una suspensión temporal sin despido ni indemnización.
- La temporalidad: Esta es la clave ya que, como la propia palabra indica, un ERTE es una medida de carácter temporal que se toma en medidas puntuales, como por ejemplo, las que se tomaron durante el coronavirus debido a la imposibilidad de acceder al puesto de trabajo. En cambio, en el ERE, es un procedimiento que una vez finalizado no hay reincorporación al puesto de trabajo.
¿Qué tipos existen?
Dependiendo de la situación en la que se encuentre la empresa, esta puede optar por dos opciones, suspender la totalidad del empleo de sus trabajadores o la reducción de un porcentaje de la jornada de los mismos.
¿Cuándo se puede aplicar?
Según la normativa, el Expediente de Regulación Temporal de Empleo, se puede aplicar debido a “causas económicas, técnicas, organizativas o de producción” y en este caso se ha reconocido el ERTE por fuerza mayor.
La fuerza mayor es la derivada de una situación excepcional, como puede ser la provocada por la crisis del coronavirus o por el fenómeno de la DANA, en el que las empresas pueden sufrir cierres, disminuciones de producción o, directamente, pérdidas, ya sean actuales o previstas, viendo un descenso persistente en el nivel de ingresos ordinarios o ventas. El paradigma laboral ha cambiado, obligando a adoptar cambios en los métodos de producción tales como la aplicación del teletrabajo, y en el que se han producido modificaciones forzadas por la actual situación en la demanda de los productos o servicios ofrecidos por las empresas, esta medida es una de las opciones más recurrentes a la que se puede adherir el conjunto empresarial de nuestro país.
¿Tengo derecho a paro si mi empresa ha aplicado un ERTE?
Por norma general, el trabajador que se vea afectado por un Expediente de Regulación Temporal de Empleo, ya sea por una suspensión total o una reducción de su jornada laboral, tiene derecho a la consiguiente prestación por desempleo si cumple los requisitos por la normativa.
¿Cuánto tiempo puede durar?
En principio, la Ley no establece una duración máxima ni mínima, pero siempre hay que tener en cuenta que se trata de una medida temporal, por lo que tendrá que estar contemplado que la situación se resuelva en un futuro.
La duración en sí la marcarán las circunstancias por las que esté pasando la empresa que lo aplica, ya que el tiempo durante el que se aplique esta medida se adaptan a la situación excepcional que se atraviese, por lo que, cuando se vuelva a la normalidad previa, se pondrá fin a esta decisión.
¿Qué pasa si estoy de baja durante un ERTE?
A muchos trabajadores, en algún momento les ha afectado la medida del ERTE estando de baja laboral. Si este es tu caso, te interesa leer este artículo.
¿Cuándo me va a afectar el ERTE si estoy de baja?
Si un trabajador se encuentra en situación de incapacidad temporal, maternidad o paternidad y su empresa se ve envuelta en un proceso por el que se suspenda el empleo o se reduzca la jornada, sus consecuencias no le afectarán hasta que consiga el alta médica o se de por concluido el tiempo otorgado por maternidad o paternidad.
¿Qué pasa si inicio una baja por contingencias comunes mientras estoy un ERTE?
En este caso el SEPE, por delegación del INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social), será el que abone la cantidad que le corresponda al trabajador por su prestación de incapacidad temporal, que será la misma cantidad a la prestación por desempleo.
¿Y si mientras estoy en un ERTE accedo a la prestación de maternidad o paternidad?
En este caso, se debe solicitar la suspensión del pago de la prestación por desempleo y que el trabajador empiece a recibir la prestación por maternidad o paternidad, que se gestionará por el INSS. Cuando esta termine, se volverá al cobro del desempleo, que durará el tiempo que le quede por consumir y la cantidad que venía cobrando antes de la suspensión.
¿Mi empresa me puede despedir al finalizar un ERTE?
La respuesta es sí, no obstante, si durante los seis meses después desde la extinción del ERTE la empresa despide, deberán pagar las cuotas de las que la empresa ha sido exonerada. Esto no sucederá en casos excepcionales, como cuando el despido disciplinario es declarado procedente.



