Aunque la situación va mejorando poco a poco, la cifra de parados sigue estando por encima de los 4 millones. La pérdida del empleo puede darse de muchas maneras diferentes pero ¿es posible el despido estando de baja?
La legislación laboral se ha flexibilizado en los últimos años buscando nuevas formas de hacer el despido más sencillo y también más barato. Así, si antes no era posible despedir a un trabajador que se encontraba en situación de incapacidad temporal, ahora es posible, aunque con algunas limitaciones.
Despido estando de baja, pero no despido por estar de baja
Un trabajador puede ser despedido cuando exista una causa disciplinaria que justifique ese despido, lo que ocurre cuando hay un incumplimiento grave de sus obligaciones (faltar al trabajo de forma habitual, llegar tarde de forma reiterada, etc.) o por haberse extinguido el contrato de trabajo por causas objetivas fijadas legalmente (no adecuación del trabajador al puesto, causas técnicas en la empresa, causas de fuerza mayor, etc.)
Si se da alguna de las circunstancias señaladas, se podrá extinguir el contrato laboral aunque el afectado esté de baja por contingencias comunes (accidente o enfermedad no derivada directamente del trabajo) o por enfermedad profesional o accidente laboral.
Lo que no es nunca admisible es que el despido se haga precisamente por encontrarse el trabajador en una situación de baja médica que le impide trabajar.
Esto es lo que dice la ley, pero en la realidad muchas empresas deciden prescindir de aquellos trabajadores que están incapacitados temporalmente para trabajar. Evidentemente, se trata de un despido improcedente, así que en estos casos habrá que denunciar la situación y demostrar que el verdadero motivo del despido no ha sido otro que la baja.
Al tratarse de un proceso laboral, en este caso es el empresario quien corre con la carga de la prueba. Es decir, es la empresa la que debe demostrar, presentando una o varias pruebas, que el despido del trabajador no ha tenido nada que ver con el hecho de que esté de baja.
¿Cómo te enteras del despido si estás de baja?
Cuando un trabajador está de baja no acude a su centro de trabajo, así que puede ocurrir que si hay mala fe por parte de la empresa no se entere de que ha perdido su empleo.
Si la Tesorería General de la Seguridad Social tiene tu número de teléfono lo normal es que te envíe un SMS informándote de las altas y bajas, por lo que puede ser una importante fuente de información para saber en qué situación te encuentras.
Al margen de esto, la empresa está obligada a notificar al trabajador su despido por escrito. Si el trabajador está ausente por estar de baja, lo normal es que se notifique el despido a través de un burofax para asegurarse de si la notificación ha sido o no recibida.
En este caso no sirve de nada lo de no recoger el certificado, ya que el trabajador estará despedido igualmente tanto si que quiere dar por enterado como si no.
¿Qué hacer ante un despido de este tipo?
Si has sido despedido estando de baja, y no estás de acuerdo con esta situación, lo importante es que actúes rápidamente, ya que tienes un plazo de 20 días hábiles desde la notificación para impugnar tu despido. Ten en cuenta que estar de baja no paraliza estos plazos.
Si la empresa no te ha notificado nada y te has enterado del despido a través de otros medios, debes actuar como si se tratara de un despido verbal. Lo que tienes que hacer es mandar un burofax a la empresa solicitando explicaciones. Si no te contestan se considerará un despido tácito (ruptura de la relación laboral sin que haya una manifestación expresa del despido por parte del empresario. Exteriorizada a través de diferentes actos como no asignar tareas al trabajador) y podrás iniciar el proceso de reclamación.
¿Y si no puedo presentar la papeleta de conciliación?
Si estás de baja es posible que no puedas salir de casa para presentar la papeleta de conciliación o para ir al acto de mediación, pero no hay problema. La papeleta la puede presentar tu abogado y también él puede acudir al acto de mediación representándote, pero para esto último deberás entregarle un poder notarial. Para ello hay que acudir al notario y mediante Escritura Pública otorgar a tu abogado la facultad de representarte para llevar a cabo los trámites de conciliación.
¿Y si el despido se declara improcedente?
Si la justicia te da la razón, el empleador podrá optar entre readmitirte o bien indemnizarte.
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Buenas.yo estoy de baja y se me a acabado el contrato y no me renuevan que tengo que hacer?
Hola, la empresa no está obligada a la renovación del contrato si está el trabajador de baja, sólo tiene obligaciones en caso de accidente laboral. Si no es un accidente, es una finalización de contrato habitual por lo que procede únicamente los importes de finiquito e indemnización por fin de contrato dependiendo de la modalidad y el tiempo del contrato temporal. Esperamos haberte ayudado.
Es posible que me den de baja del seguro social aun estando en incapacidad vigente debido a que se extinguio la fuente de trabajo?
Hola, para poder orientarte deberíamos conocer los detalles de tu caso. Si quieres recibir información sobre cómo proteger tus derechos como trabajador, rellena el formulario que encontrarás aquí: https://onlygal.es/seguros/onlygal-abogado-personal-todo-riesgo/#item-3 y nos pondremos en contacto contigo para ofrecerte un servicio más personalizado. Esperamos haberte ayudado.