El reto demográfico que afronta nuestro país es cada vez mayor. Con una población envejecida, el problema de la sostenibilidad de las pensionas suscita una preocupación creciente en la sociedad española.
Ante esta situación, el gobierno ha planteado algunas medidas para paliar el desajuste entre ingresos y gastos que viene sufriendo la Seguridad Social en los últimos tiempos. Así, al ya conocido Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI), se une ahora una nueva cuota de solidaridad que deberán abonar los salarios más elevados para contribuir al pago de las pensiones.
Si quieres conocer más sobre cómo funcionará y a quienes afectará, sigue leyendo, te explicamos todos los pormenores. Y recuerda que si tienes alguna duda con las condiciones de tu jubilación o tu trabajo, en onLygal estamos presentes en todo momento para resolver tus dudas.
¿Qué es la cuota de solidaridad de las pensiones?
La cuota de solidaridad es un recargo que se aplica sobre los salarios más elevados por parte de la Seguridad Social para llenar la hucha de las pensiones. Así, la cuota de solidaridad afectará a los trabajadores que sobrepasen la base máxima de cotización establecida en los Presupuestos Generales del Estado.
En consecuencia, aquellos que coticen por un montante superior a 4.909,5 euros mensuales deberán afrontar, a mayores de su cuota correspondiente a la Seguridad Social, un porcentaje destinado a la cuota de solidaridad.
Esta medida busca una mayor equidad en el reparto de las cargas sociales para sostener el sistema de pensiones. De este modo, aquellos que ganan más, aportarán más al gasto social.
¿Cuándo entra en vigor la cuota de solidaridad?
La medida entra en vigor en este mismo año 2025. Así que, a partir del 1 de enero de 2025, aquellos que tengan una base de cotización superior a la establecida en los PGE tendrán que comenzar a abonar la cuota de solidaridad desde ya.
¿A quién afecta?
Como ya hemos explicado anteriormente, los salarios que excedan el límite de cotización de 4.909,5 euros tendrán que abonar esta cuota aparte de la contribución que hayan realizado a la Seguridad Social.
Esta medida afecta por el momento a los trabajadores asalariados del Régimen General y también trabajadores, por cuenta propia o por cuenta ajena, adscritos al Régimen Especial de Trabajadores del Mar. Los autónomos inscritos en RETA por su parte no tendrán que afrontar esta carga, aunque si deberán abonar el MEI.
Tramos impositivos de la cuota de solidaridad
La cuota de solidaridad afecta a la parte que sobrepasa la base máxima de cotización y lo hace de forma progresiva. De este modo, cuando más exceda el salario, mayor será el porcentaje para pagar.
Estos porcentajes irán variando a lo largo de los años para adecuarse a la situación financiera de la Seguridad Social. Pero para el 2025, los tramos de cotización figurarán de la siguiente manera.
Entre 4.909,5 y 5.400€: Se aplicará un porcentaje del 0,92%
Entre 5.400 y 7.364,25€: Se aplicará un porcentaje del 1%
A partir de 7.364,25€: Se aplicará un porcentaje del 1,17%
La norma prevé que, con el transcurso de los años, estos porcentajes aumenten hasta el 5,5; 6 y 7 por ciento respectivamente en 2045.
Así que, si, por ejemplo, cobrases 8.000 euros brutos al mes tus aportaciones en concepto de cuota de solidaridad serían las siguientes:
La cantidad entre 4.909,5 y 5.400€ tributa al 0,92%. Es decir: 490,5 x 0,0092 = 4,51 €.
El siguiente tramo, entre 5.400 y 7.364,25 tributa al 1%. O sea: 1.964,25 x 0,01 = 19,64€
Por último, el tramo que va de 7.364,25 a 8.000 tributaría al 1,17%. Entonces: 635,75 x 0,0117 = 7,43€.
Como resultado, si sumamos todas estas cantidades, nos da que una persona que gane 8.000 euros al mes brutos estaría pagando una cuota de solidaridad a la Seguridad Social de 31,58€.
¿Quién corre a cargo del pago de la cuota de solidaridad?
La cuota de solidaridad se reparte entre la empresa y el trabajador de forma similar a como se reparten en el resto de las aportaciones a la Seguridad Social. Es decir, la mayor parte la abona la empresa (en torno al 83,3% aproximadamente) y el resto lo satisface el trabajador.
Siguiendo con el ejemplo anterior, la empresa abonaría 26,3 euros de la cuota mientras que el trabajador tendría que pagar los 5,28€ restantes.
Nuevas obligaciones para las empresas frente a la Seguridad Social
La implantación de las cuotas de solidaridad no solamente afecta a empleados sino también a empleadores. Y es que las empresas deberán abonar estas cuotas de parte de sus empleados. Esto deberá hacerse antes del último día del mes siguiente al pago de las retribuciones.
Para ello se deberá presentar la liquidación L00 y rellenar los tres conceptos con las cantidades aportadas en función de los tres tramos:
- Concepto 497: Para el primer tramo
- Concepto 498: Para el segundo tramo
- Concepto 499: Para el tercer tramo.
Junto a esta liquidación se deberán presentar los datos personales de los trabajadores afectados por el exceso en las bases de cotización.
¿Como se calcula la cuota de solidaridad en situación de pluriempleo o pluriactividad?
Si eres pluriempleado (trabajas para varias empresas dentro del mismo Régimen General de la Seguridad Social) debes saber que a efectos de la cuota de solidaridad no se te aplicará la redistribución de la base de cotización entre tus empleadores. Es decir, cada empleo que desempeñes será considerado individualmente.
Por tanto, si en uno de estos empleos tus retribuciones superan el máximo de cotización, tendrás que pagar la cuota adicional. Por ejemplo, si tienes dos trabajos y en uno ganas 6.000 euros brutos/mes y en el otro 1.000 euros brutos/mes solo pagarías la cuota de solidaridad por aquel en el que superas la base máxima de cotización, es decir, el del salario de 6.000 euros/mes.
En el caso de la pluriactividad (compatibilizas tu actividad como autónomo con un trabajo asalariado) se tendrá en cuenta la base máxima de cotización para tu trabajo por cuenta ajena. Así solo pagaras cuota de solidaridad si en tu actividad como empleado superas la base máxima de cotización establecida en cada momento. Recuerda que en 2025 la base máxima de cotización queda establecida en 4.909,5 euros/brutos al mes.
Conclusiones
La cuota de solidaridad a la Seguridad Social es un mecanismo para asegurar la sostenibilidad de las pensiones. A partir de 2025, todos los trabajadores por cuenta ajena que sobrepasen la base máxima de cotización a la Seguridad Social deberán pagar un recargo conocido como cuota de solidaridad.
Este recargo no genera derecho a una mayor pensión, sino que tiene un carácter distributivo. El fin de la medida es repartir las cargas para el sostenimiento del sistema de pensiones entre el total de la población. De este modo, contribuirá más quien más gane.
En consecuencia, la cuota de solidaridad afectará a aquellos asalariados cuyas retribuciones superen la base máxima de cotización que actualmente se encuentra en 4.909,5 euros para este 2025. A partir de ese tope, se irá aplicando progresivamente la cuota de solidaridad siguiendo unos porcentajes crecientes de modo similar a como se hace con el IRPF.
Estos porcentajes irán aumentando con el paso de los años hasta llegar al horizonte temporal de 2045 en donde se alcanzarán los topes máximos. Por el momento, esta cuota de solidaridad solo afectará a los asalariados dados de alta en el Régimen General de la Seguridad Sociallos autónomos no tendrán que hacer frente a esta cuota.
Además, aquellos que estén en situación de pluriempleo pagarán la cuota solo si en alguno de sus empleos considerados individualmente perciben una retribución mayor a la base máxima establecida.
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