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¿Qué hacer si estás siendo víctima de acoso laboral?

by onLygal Jurídico
in Acoso laboral, Trabajo
publicado en 20 octubre 2017 - Updated on 08 abril 2024
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acoso laboral que hacer

acoso laboral que hacer

Los habitual es que los trabajadores podamos desarrollar nuestra actividad laboral en un entorno de normalidad y profesionalidad, pero existen casos en los que ciertas personas son acosadas por parte de sus compañeros o de sus superiores, convirtiéndose en víctima de acoso laboral.

Contenidos
¿Qué es el acoso laboral?
¿Qué tipos de acoso laboral existen?
¿Qué medidas se pueden adoptar frente al acoso en el trabajo?

¿Qué es el acoso laboral?

Podemos definir el acoso laboral como el trato vejatorio e incluso hostil que sufre una persona en su entorno laboral, siendo una conducta que se da de forma sistemática y que acaba causando a quien lo sufre problemas profesionales e incluso psicológicos.

De forma más técnica el Código Penal describe el acoso laboral o “mobbing” como la conducta que en el marco de cualquier relación laboral o funcionarial implica que un sujeto, prevaliéndose de una relación de superioridad, lleve a cabo de forma reiterada actos hostiles o humillantes que sin llegar a constituir un trato degradante supongan un grave acoso contra la víctima.

Es decir, podemos hablar de acoso en el ámbito laboral si se dan estos tres requisitos:

  • Que el autor cometa los hechos prevaliéndose de su situación de superioridad.
  • Que los actos sean reiterados.
  • Que los actos supongan un grave acoso.

Por tanto, a nivel penal quedan fuera los casos de acoso entre compañeros que estén a un mismo nivel jerárquico o el ejercido por un subordinado a un superior jerárquico.

¿Qué tipos de acoso laboral existen?

  • Según la posición jerárquica del acosador y de la víctima podemos estar ante un acoso horizontal o vertical.
  • Según su objetivo puede ser:
  1. Un “mobbing” estratégico, ejercido por la empresa para que el trabajador se vaya.
  2. Acoso de dirección o gestión, muy similar al anterior, se ejerce para conseguir un determinado objetivo a nivel empresarial, por ejemplo crear un situación es “esclavismo laboral”.
  3. El acoso disciplinario se lleva a cabo para convencer al trabajador de que debe aceptar ciertas conductas.
  4. El acoso perverso, que es aquel que no tiene ninguna finalidad laboral.

¿Qué medidas se pueden adoptar frente al acoso en el trabajo?

Lo más importante en estos casos es recabar pruebas para poder acreditar que estás siendo víctima de acoso. Una vez que tengas información suficiente debes comenzar a poner remedio a la situación.

Lo primero que debes hacer es comunicárselo a los representantes de los trabajadores y también a la dirección de la empresa (siempre y cuando el acoso no venga directamente desde la dirección). Muchas empresas tienen planes de protección de los trabajadores que se activan cuando hay una conducta de este tipo.

La siguiente opción es presentar una denuncia anónima o no ante la Inspección de Trabajo. Se iniciará entonces una investigación y se elaborará un informe que te servirá de prueba si decides acudir a la vía judicial. Además, si el inspector estima que se está produciendo acoso obligará a la empresa a tomar las medidas necesarias para poner fin a la situación e incluso se pueden llegar a imponer sanciones económicas.

La última opción es acudir directamente a la vía judicial. Si decides optar por la vía laboral ante la jurisdicción Social puedes poner en marcha un procedimiento de tutela de Derechos Fundamentales para que se te proteja frente al acoso, un proceso para extinguir la relación laboral y que se te indemnice como si se tratara de un despido improcedente o bien un procedimiento para reclamar daños y perjuicios por la situación que has sufrido.

Si decides acudir a la vía penal puedes iniciar procesos judiciales tanto contra el propio acosador como contra la empresa por no haberte protegido.

A la vía civil puedes acudir para exigir responsabilidad extracontractual al agresor en caso de que el mismo no sea el empresario.

Por último, si eres funcionario no podrás acudir a la vía laboral sino que deberás acudir al Procedimiento Contencioso-Administrativo.

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Comments 1

  1. Judith Parra Rodríguez says:
    7 años ago

    Si me a ayudado mucho me da la suficiente información de lo que estoy sufriendo.

    Responder

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