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¿Cuál es la multa por saltarse un stop?

by onLygal Jurídico
in Multas y sanciones, Transporte
publicado en 21 diciembre 2018 - Updated on 04 abril 2024
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multa por saltarse un stop

Al volante siempre hay que ir con precaución, pero todos en algún momento podemos incurrir en una infracción de tráfico. De entre las recogidas en el Código de Circulación, una de las más habituales es saltarse una señal de stop. Por eso no es de extrañar que haya tantas consultas sobre cuál es la multa por saltarse un stop.

 

Contenidos
Es una infracción grave
¿Cuántos puntos se pierden por saltarse un stop?
¿Recurrir o pagar?
¿Cómo es el recurso de una multa por saltarse un stop?
¿Qué ocurre si no se paga la multa?

Es una infracción grave

La cuantía económica y los puntos que se pierden por cada infracción dependen de cómo esté catalogada la misma. En el caso de la señal de stop, no respetar la misma se considera una infracción grave.

En este segundo escalón de gravedad se encuentran además otras conductas relacionadas con no respetar las prioridades de paso. Por ejemplo, saltarse un semáforo en rojo o no respetar un ceda el paso.

 

¿Cuántos puntos se pierden por saltarse un stop?

Todas las sanciones relacionadas con no respetar las prioridades en el tráfico acarrean siempre la pérdida de puntos, en concreto de cuatro puntos.

Además, esta infracción implica también una multa de 200 € que se puede reducir en un 50 % si en lugar de recurrir se paga en los 20 días siguientes a la notificación de la sanción.

Hay que tener en cuenta lo siguiente: podremos pagar la bonificación directamente si el agente nos ha entregado la multa en mano. En cambio, si hemos sido notificados en domicilio, dado que se trata de una multa que supone o puede suponer pérdida de puntos, existe la obligación genérica de identificar al conductor (aunque seamos nosotros mismos), en base a las instrucciones recogidas en la notificación de la sanción. El hecho de no cumplir con este requerimiento cuando sea obligatorio, podría conllevar que la multa se multiplicará hasta el triple de su importe original.

 

¿Recurrir o pagar?

Cuando se recibe una multa siempre surge la duda sobre si es mejor recurrir e intentar librarse de la sanción o si por el contrario compensa más pagar directamente y así ahorrarse la mitad del importe.

No existe una respuesta única, ya que en cada caso concreto puede ser mejor una opción u otra. Una buena alternativa en estos casos es dejarse asesorar por especialistas en recursos de multas.

 

¿Cómo es el recurso de una multa por saltarse un stop?

El recurso ante una infracción de este tipo no es diferente de cualquier otro. Lo primero que hay que tener en cuenta es que el interesado tiene un plazo de 20 días desde que se le notifica la sanción para presentar su recurso, fuera de dicho plazo ya no es posible recurrir en vía administrativa

Hemos de tener en cuenta lo dicho anteriormente, que deberemos revisar la notificación recibida, por si la Administración nos exige previamente a recurrir o pagar con la bonificación, el identificar al conductor.

Habitualmente los recursos se basan en la existencia de algún defecto de forma, como que la infracción se nos notifique más tarde del plazo de que la Administración dispone para ello, y la infracción haya prescrito, o que podamos demostrar de forma fehaciente que no éramos nosotros ni nuestro coche el que ha observado el agente de forma incorrecta en el momento de sancionar.

Junto con las alegaciones el interesado podrá presentar las pruebas que estime necesarias para hacer valer sus argumentos. La Administración que ha impuesto la sanción examinará los datos y las pruebas aportadas y resolverá si retira la sanción o si sigue adelante con la misma. En este último caso dará al sancionado un plazo para el pago, pero ya no tendrá derecho a beneficiarse del descuento por pronto pago.

 

¿Qué ocurre si no se paga la multa?

Si no se recurre o si se pierde el recurso, los puntos del carnet de conducir se pierden inmediatamente.

En caso de que la sanción económica no se abone en el tiempo y forma previsto por la Administración se procederá a ejecutar la sanción a través de la vía del embargo. En este caso el sancionado pagará el importe original de la sanción, los intereses y recargos de demora y el coste del proceso de ejecución.

 

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Comments 1

  1. Sandy says:
    7 años ago

    Si me ayudados bastante

    Responder

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