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¿Cuánto puedo subir la renta a mi inquilino en 2025?
Publicado en: 19 febrero 25,
Modificado en: 11 junio 25
Tener un inmueble en alquiler puede suponer para los propietarios una manera alternativa de obtener ingresos extra. Pero, al mismo tiempo, tener un apartamento en alquiler conlleva la observancia de determinadas leyes. En los últimos años, las regulaciones del alquiler en España han aumentado al mismo ritmo que lo hacían los precios del alquiler y la escasez de vivienda en las zonas urbanas.
En este sentido, la entrada en vigor de la Ley 12/2023 el 26 de mayo por el derecho a la vivienda ha supuesto la imposición de nuevas restricciones a las subidas de los alquileres.
Esto ha hecho que muchos propietarios tengan dudas sobre cuánto pueden subir el alquiler en 2025. Por eso, en onLygal te contamos todo lo que necesitas saber para alquilar tu propiedad con todas las garantías. Porque onLygal te protege siempre de impagos y vela por la integridad de tu propiedad en alquiler.
¿Cómo se calcula la subida del alquiler en 2025?
Tradicionalmente, la subida de los alquileres se ha limitado a las variaciones en el Índice de Precios al Consumidor (IPC). Pero desde el 2023 esto ha dejado de ser así. Y es que la Ley 12/2023 ha eliminado este índice como elemento de referencia para los alquileres. En consecuencia, los propietarios de vivienda han tenido que limitar la subida de sus alquileres al 2% en 2023 y al 3% en 2024.
Es decir, que, si en 2023 tu inquilino pagaba 700 euros al mes de renta, en 2024 no podías subirle el alquiler más de 21 euros mensuales pasando a pagar 721 euros al mes. Cabe destacar que, si no has aplicado ninguna subida a tu alquiler en los últimos cinco años, puedes acumular las subidas anuales que no aplicaste en su momento.
Para el año 2025, el INE ha aprobado un nuevo índice de referencia para la subida del precio de los alquileres. Este índice se conoce como Índice de Referencia de Arrendamientos de Vivienda (IRAV). El IRAV se calcula mes a mes y marca el límite de la subida. Por ejemplo, si el contrato de alquiler vence en enero de 2025, podrás renovarlo con una subida del 2,28% (el valor del IRAV correspondiente a enero de 2025). Recuerda que, para subir la renta, deberás comunicarlo a tu inquilino por escrito y con al menos un mes de antelación.
Es importante destacar que los contratos celebrados antes de la entrada en vigor de esta Ley (26 de mayo de 2023) se rigen por la ley anterior, es decir, se aplica el IPC que corresponda con la fecha de vencimiento del contrato.
¿Se sigue aplicando el IPC a la subida de los alquileres?
Y es que ese es uno de los cambios que traerá 2025. Las limitaciones en el precio del alquiler vendrán dadas por un nuevo índice de referencia distinto al que marca el IPC. El nuevo índice recibe el nombre de IRAV y es el Instituto Nacional de Estadística (INE) el encargado de elaborarlo.
En su cálculo interviene una compleja fórmula que tiene en cuenta la tasa de variación interanual del IPC y la tasa de variación interanual del IPC subyacente, así como otros indicadores como la inflación esperada.
Con la publicación del nuevo índice en el BOE, los propietarios de vivienda podrán saber cuánto podrán subir sus alquileres en 2025. En enero de 2025 el IRAV se situó en el 2,28%.
Los límites al alquiler en las zonas tensionadas en 2025
Los límites a las subidas del alquiler que se han comentado anteriormente tendrán aplicación en toda España. No obstante, las zonas declaradas como tensionadas tendrán que afrontar las mismas restricciones. En estos casos, será el gobierno y las autoridades municipales quienes impongan unos precios máximos y mínimos en función de las características del inmueble.
En estas zonasa, declaradas de acuerdo con la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda, el valor superior del rango marcará el límite del precio de la renta, en los nuevos contratos de alquiler de vivienda de grandes tenedores, así como en todos los nuevos contratos de alquiler de viviendas situadas en dichas zonas tensionadas, que no hayan estado arrendadas en los últimos cinco años.
Si la propiedad ya estaba alquilada con anterioridad, el precio de referencia será el de la renta del anterior contrato. Esta renta solo podrá ser aumentada en un porcentaje preestablecido en relación con la renta del anterior contrato.
Conclusión
La regulación de los alquileres es una realidad con la que muchos propietarios tienen que vivir. La escasez de vivienda y el aumento de los precios y la inflación han hecho que el gobierno implemente medidas de contención de los precios de las rentas. Tradicionalmente, los arrendadores podían subir los alquileres de acuerdo con el IPC, pero el auge de los precios estos últimos años han provocado que este índice se desboque. En consecuencia, la Administración Pública ha implementado límites de subidas independientes del IPC. Límites que fueron del 2% en 2023 y del 3% en 2024.
Pero ahora, el INE ha elaborado el IRAV como nuevo indicador que suplante al IPC en el cálculo de la subida de los alquileres. Este indicador se elabora mes a mes y marca las subidas máximas de los contratos de alquiler que vencen en el mes pertinente. En enero de 2025 el IRAV se situó en el 2,28%.
Por otro lado, los contratos celebrados con anterioridad al 26 de mayo de 2023 seguirán guiándose por el IPC para sus subidas. Además, si el inmueble se sitúa en una zona declarada como tensionada, deberá respetar las limitaciones municipales al respecto.
Como ves, tener en alquiler una propiedad puede ser una fuente de rentas. Pero también de problemas si no conocemos bien la ley. Además de ello, hay que contar con las posibilidades de impago. Por eso onLygal te ofrece los mejores seguros contra el impago del alquiler. De modo que tu solo tendrás que alquilar y despreocuparte.
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