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¿Quién paga el seguro de impago de alquiler?

Publicado en: 07 octubre 24,

Modificado en: 22 octubre 24

Seguro de Impago de Alquiler
Seguro de Impago de Alquiler

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Los seguros de impago de alquiler constituyen una de las herramientas más eficaces para evitar riesgos de impago. En los últimos tiempos, poner en arriendo un inmueble se ha vuelto una opción altamente atractiva por las ganancias que conlleva. 

Pero también es cierto que arrendar una propiedad conlleva una serie de riesgos. Hay que lidiar con problemas administrativos y también con inquilinos. De hecho, los inquilinos morosos son uno de los grandes problemas que afrontan los propietarios de inmuebles.  

Por eso, muchos dueños de viviendas recurren a la contratación de seguros de impago de alquiler como los que oferta onLygal. Pero ante esta perspectiva siempre surgen dudas sobre el proceso de contratación y quien debe pagar el seguro. Por suerte, en el blog de onLygal tenemos todas las respuestas a estas preguntas. 

Quédate con nosotros y averigua quien debe paga el seguro de impago de alquiler de tu propiedad. 

¿Cómo funciona un seguro de impago de alquiler? 

El seguro de impago de alquiler es un instrumento que contratan los propietarios de alquiler para asegurar las rentas en caso de impago. Por lo general, este seguro funciona como cualquier otro. El asegurado acuerda con la compañía aseguradora una serie de coberturas en relación con el arrendamiento a cambio del pago de una cuota mensual o anual. 

Por lo general, el seguro de impago se hará cargo de abonarte las rentas adeudadas mientras se resuelve el desahucio del inquilino moroso. El tiempo durante el cual se te abonen las rentas dependerá del seguro contratado.  

Además, el seguro también se encargará de iniciar el proceso judicial y defender tus intereses. No solo eso, sino que también cubrirá los desperfectos que se hayan efectuado en tu propiedad. Esto último, se hará hasta un montante máximo asegurado. 

Otra de las características de los seguros de impago es la cobertura de los suministros. Y es que los inquilinos morosos no sólo dejan de pagar las rentas, sino que también pueden dejar deudas abultadas con las compañías de gas o electricidad. Por eso, los propietarios recurren a este tipo de seguros para asegurar el pago de las facturas corrientes de la casa.  

Pero para que el seguro proporcione todas estas coberturas, primero hará un estudio de solvencia del inquilino. Estudiará sus nóminas, ingresos o si figura en el registro de morosos. Por eso la compañía podría requerir al arrendatario documentos que acrediten su viabilidad. 

 ¿Es legal que el inquilino pague el seguro de impago?

Como ves, los seguros de impago son instrumentos que benefician al propietario. Estos mecanismos ofrecen la tranquilidad que muchos dueños de inmuebles necesitan. Pero todo tiene un precio, los seguros de impago también. Y con esto viene la pregunta del millón, ¿Quién se encarga de pagar el seguro de impago? 

Pues bien, la legislación española no recoge una prescripción específica sobre este asunto. Contratar un seguro de impago de alquiler no es obligatorio según la ley así que su aplicación queda circunscrita a lo que pacten las partes. 

Por lo que, tanto si el casero decide pagar el seguro como si decide repercutirlo en el bolsillo de su inquilino, estará en su derecho siempre y cuando así lo refleje el contrato.  

¿Quién debe pagar el seguro de impago el inquilino o el propietario?

Así pues, es legal que sea el inquilino quien pague el seguro de impago si así se recoge en el contrato y se acuerde entre las partes.   

Otra cosa es que sea recomendable para el propietario. Piensa que si dejas en manos de tu inquilino el pago del seguro, este podría no pagarlo llegado el momento. Si no te paga el alquiler seguramente tampoco te pague el seguro y con ello dejarás de estar protegido llegado el momento. 

Por eso, aunque es perfectamente legal que el inquilino pague el seguro, lo más razonable es que sea el propietario quien lo contrate y pague. Ya que él es el primer interesado en que la compañía aseguradora intervenga en caso de morosidad. 

Conclusión

Los seguros de impago de alquiler proporcionan a los dueños de viviendas la protección que necesitan para arrendar sus propiedades. Además de abonar las rentas impagadas, también se hacen cargo de los actos vandálicos, el pago de suministros o el proceso judicial de desahucio. 

Por todo ello constituyen una opción muy atractiva para alquilar y olvidarse de problemas. Algunas compañías como onLygal ofrecen este tipo de seguros con coberturas muy amplias y a precios competitivos.  

Además, las aseguradoras ofrecen estudios de viabilidad que nos permiten conocer la situación financiera del arrendatario: Nóminas, ingresos o inscripción en registros de morosos. Con lo cual la selección de inquilinos se vuelve más llevadera. 

La ley no especifica quien debe contratar la póliza del seguro, de modo que esto queda al arbitrio de las partes. En este sentido, es legal que el inquilino pague el seguro si así figura en el contrato y lo ha acordado con el arrendador. Pero lo más recomendable es que sea el arrendador quien contrate la póliza. 

De otro modo, llegada la situación de impago, podría ocurrir que el inquilino dejase de pagar también el seguro y nos quedaríamos desprotegidos.  

Así, si tienes una vivienda en alquiler, los seguros de impago son una herramienta estupenda que te permitirá vivir con tranquilidad sabiendo que tus rentas están seguras.  

Si necesitas más información sobre todo lo que onLygal puede hacer por ti como propietario, no dudes en contactarnos. Estaremos encantados de aclarar tus dudas.  

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