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La fianza en el alquiler de locales comerciales. Cómo funciona
Publicado en: 02 diciembre 24,
Modificado en: 29 abril 25
La fianza de alquiler de locales comerciales se rige por la Ley de Arrendamientos Urbanos. Una ley que regula el alquiler de las viviendas y de los inmuebles destinados a uso distinto de vivienda. Y es que los alquileres de locales comerciales tienen particularidades que los diferencian del alquiler de vivienda.
Unas particularidades que debes conocer para evitar caer en sanciones. Por eso, tanto si tienes un local comercial como si estás pensando en alquilar uno, este artículo es para ti. Te explicamos todos los entresijos sobre el alquiler de locales comerciales y cómo funcionan sus fianzas.
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¿Cuantos meses de fianza se deben pagar?
La cuantía de la fianza para los alquileres está fijada en la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) en su artículo 36. Aquí se establecen tanto las fianzas para alquileres de vivienda como para alquileres comerciales.
Hay que recordar que las fianzas son obligatorias. En el caso de las fianzas de alquileres para viviendas la fianza será de un mes. Para las fianzas de alquiler de locales comerciales esta fianza se elevará a dos meses.
Así, si, por ejemplo, alquilas tu local por 2.000 €/mes, el inquilino deberá pagar de fianza 4.000 euros, ya que ese es el valor de los meses de renta.
¿Puedo exigir más de dos meses de fianza?
En el caso de los locales comerciales, la fianza tendrá una cuantía mínima de dos meses. Esta será la cantidad que se deberá depositar en los registros de las Comunidades Autónomas. Sin embargo, el art. 36 de la LAU indica que las partes podrán pactar cualquier tipo de garantía de cumplimiento adicional a la fianza en metálico. Aunque esto tendrá carácter voluntario y no se considerará parte de la fianza.
En consecuencia, no existe un máximo de fianza que puedes pedir por un local comercial, pero siempre es recomendable solicitar dos.
¿Dónde se debe depositar la fianza del alquiler de un local comercial?
El cobro de la fianza es una obligación legal y el mínimo exigido se deberá depositar en los registros correspondientes, dependiendo de cada Comunidad Autónoma. No hacerlo supondrá la imposición de sanciones cuantiosas por parte de la administración.
Este proceso varía en función de la Comunidad Autónoma en la que nos encontremos. Por ejemplo, en la Comunidad de Madrid el procedimiento es totalmente telemático y online.
Actualización de la fianza del alquiler de locales comerciales
Las cantidades depositadas en concepto de fianza se pueden actualizar para adecuarse al precio de la renta en cada momento. Eso sí, los plazos para actualizar la fianza dependerán de si el arrendatario es una persona física o jurídica. En el primer caso, el plazo de actualización es de cinco años y de siete en el segundo.
La mayoría de las veces, los locales comerciales están arrendados por empresas que son personas jurídicas, así que es muy probable que el periodo de actualización de la fianza sea de siete años.
Devolución de la fianza en un alquiler de local comercial
Terminado el plazo del contrato de arrendamiento sin que se haya producido una prórroga, el propietario debe devolver la fianza al inquilino. Para hacerlo contará con un mes desde la extinción del contrato. En dicho momento, tendrá que acudir al registro de su Comunidad Autónoma y realizar el trámite para la devolución del dinero. Dinero que será finalmente entregado al inquilino. Pasado este mes, el propietario que no devuelva la fianza se le sumará los intereses de demora.
Por supuesto, en caso de desperfectos en el inmueble, el propietario podrá sustraer de esta fianza el dinero destinado a las reparaciones. Tal y como se haría en el caso de un alquiler de vivienda.
Conclusión
Los alquileres comerciales se rigen por normativas distintas a los alquileres de vivienda. Esto produce que se den diferencias a la hora de reclamar fianzas. El alquiler de locales comerciales está sujeto a una fianza obligatoria de dos meses.
Además, se puede añadir una garantía adicional que, aunque no es una fianza como tal, podrá servir al propietario para cubrirse en caso de impago o desperfectos. Debemos recordar que esta garantía tendrá carácter voluntario y no se considerará parte de la fianza.
El pago de la fianza es obligatorio y el dueño está obligado a depositarla en los registros de la Comunidad Autónoma correspondiente. La cantidad fiada se podrá actualizar cada cinco años si el arrendatario es una persona física o cada siete si es jurídica.
Los alquileres de locales comerciales son una excelente forma de obtener ingresos. Pero también conllevan riesgos. Estos riesgos se pueden minimizar cuando se contrata un seguro de impago que te cubre en toda circunstancia. Como los seguros de impago de alquiler de locales de onLygal .
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