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¿Es obligatorio depositar la fianza del alquiler en un organismo oficial? Guía legal para inquilinos y propietarios

Publicado en: 16 junio 25,

Modificado en: 16 junio 25

Seguro de Impago de Alquiler
Seguro de Impago de Alquiler

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Alquilar una casa o un piso no es solo firmar un contrato y entregar las llaves: hay trámites que, aunque parecen poca cosa, son fundamentales. Uno de los más importantes es el famoso depósito de la fianza. ¿Sabías que no hacerlo bien puede traerte problemas legales, tanto si eres el arrendador como el arrendatario?

La fianza está ahí para cubrir posibles desperfectos o impagos, pero además tiene un papel clave dentro del contrato de arrendamiento. Así que si te estás preguntando quién tiene que hacer el trámite, si es obligatorio o qué pasa si te lo saltas, sigue leyendo. En este artículo te lo explicamos todo con claridad para que no te pille por sorpresa.

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¿Es obligatorio depositar la fianza del alquiler en un organismo oficial?

Sí. Según el artículo 36 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), todo contrato de arrendamiento debe ir acompañado de una fianza en metálico. Esta fianza suele ser de una mensualidad de renta en el caso de viviendas y de dos mensualidades en arrendamientos para uso distinto a la vivienda. Si quieres saber cuántas rentas se pueden pedir por adelantado en un contrato de alquiler, te recomendamos que consultes nuestra entrada de blog dedicada a ello.

¿Quién debe hacer el depósito de la fianza?

Es el arrendador, es decir, la persona que alquila el inmueble, quien tiene la obligación legal de depositarla en el organismo oficial correspondiente de su comunidad autónoma. Este trámite debe hacerse dentro del plazo que marca cada región, que normalmente es de 30 días desde la firma del contrato.

Además de la LAU, muchas Comunidades Autónomas cuentan con normativas propias que refuerzan esta obligación y que suelen detallar cómo debe hacerse el depósito, los plazos y las consecuencias del incumplimiento, por lo que conviene tenerlas siempre presentes.

¿Dónde debe depositar el arrendador la fianza del alquiler?

En la mayor parte de CCAA es obligatorio depositar la fianza del alquiler, pero hay algunas en las que no existe esta obligación legal. Actualmente, Asturias, Cantabria, Murcia, Navarra y La Rioja no exigen formalmente el depósito de la fianza ante un organismo público, aunque sigue siendo recomendable gestionarla correctamente y dejar constancia por escrito en el contrato.

Tabla de organismos para el depósito de la fianza de alquiler según Comunidad Autónoma

Comunidad Autónoma Organismo Responsable
Andalucía Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía
Aragón Dirección General de Vivienda y Rehabilitación
Asturias No hay obligación de depositar la fianza
Baleares Instituto Balear de la Vivienda
Canarias Instituto Canario de la Vivienda
Cantabria No hay obligación de depositar la fianza
Castilla y León Cámaras de la Propiedad Urbana de Castilla y León
Castilla La Mancha Dirección General de Vivienda y Urbanismo
Cataluña Instituto Catalán del Suelo (INCASOL)
Ceuta EMVICESA – Servicio de la Vivienda
Comunidad Valenciana Dirección General de Tributos y Juego
Extremadura Caja General de Depósitos de Extremadura
Galicia Instituto Gallego de Vivienda y Suelo
La Rioja No hay obligación de depositar la fianza
Madrid Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid
Melilla EMVISMESA – Servicio de la Vivienda
Murcia No hay obligación de depositar la fianza
Navarra No hay obligación de depositar la fianza
País Vasco Servicio Vasco de Vivienda

¿Qué puede pasar si no se deposita la fianza del alquiler?

Aunque pueda parecer un detalle sin importancia, no gestionar bien el depósito de la fianza puede tener consecuencias legales tanto para quien alquila como para quien vive de alquiler. Vamos a ver qué riesgos corre cada parte:

Consecuencias para el arrendador

No cumplir con el depósito de la fianza puede conllevar sanciones administrativas impuestas por el organismo competente de tu CA. Estas multas pueden oscilar entre el 25% y el 75% del importe de la fianza, aunque en algunos casos pueden superar esa cifra si se considera una infracción grave o reiterada.

Si surge un conflicto judicial con el inquilino, el hecho de no haber cumplido con esta obligación puede debilitar tu posición ante un juez. Además, en algunas Comunidades Autónomas, existen deducciones o bonificaciones fiscales para los arrendadores que cumplen con la obligación de depositar la fianza. Si no se hace, se pueden perder esos beneficios al no acreditar correctamente el cumplimiento legal del contrato de alquiler.

Consecuencias para el arrendatario

Como inquilino, si detectas que tu arrendador no ha depositado la fianza, tienes derecho a reclamar. En algunas comunidades, como Cataluña o Madrid, puedes consultar con el organismo correspondiente si tu fianza está registrada. La falta de depósito puede afectar a tus derechos al finalizar el contrato, ya que podrías encontrar dificultades para recuperar la fianza si no ha sido formalmente gestionada.

En caso de problemas, contar con asesoramiento legal es clave para garantizar que tus derechos como arrendatario se respeten.

¿Cómo se recupera la fianza al finalizar el contrato?

Cuando termina el arrendamiento, y si no hay deudas ni desperfectos, el arrendador debe devolver íntegramente la fianza al arrendatario. Si la fianza fue depositada en un organismo oficial, es el arrendador quien debe iniciar el trámite de devolución ante dicha administración.

Este trámite suele requerir el contrato de arrendamiento finalizado, un documento que justifique que no hay daños ni impagos, y en algunas CCAA también se exige rellenar un formulario específico. Los plazos de devolución varían, pero en general oscilan entre uno y tres meses desde la solicitud.

Si la fianza no fue depositada en la administración (porque no es obligatorio en esa Comunidad o porque no se hizo), la devolución debe hacerse directamente entre arrendador y arrendatario. En este caso, lo recomendable es que ambas partes firmen un documento de conformidad tras revisar el estado del inmueble, donde se recoja que no hay nada pendiente y que se autoriza la devolución total de la fianza.

Conclusiones

No depositar la fianza puede parecer un paso sin importancia, pero tiene implicaciones legales y económicas tanto para arrendadores como para inquilinos. Cumplir con esta obligación es fundamental para garantizar la transparencia del contrato y evitar sanciones o conflictos futuros.

En onLygal, te asesoramos para que puedas gestionar tus alquileres sin errores. Si eres arrendador, nuestro seguro de impago de alquiler no solo protege tus ingresos, sino que también incluye orientación legal para que todo esté en regla desde el primer día.

Porque alquilar con garantías es posible, y hacerlo bien desde el principio te ahorrará muchos problemas después.

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