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¿Tengo que cambiar la titularidad de los suministros en un alquiler?

Publicado en: 20 diciembre 21,

Modificado en: 19 noviembre 25

Seguro de Impago de Alquiler
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Una de las dudas que surgen al alquilar un inmueble es a nombre de quien deben estar los suministros. En este artículo te explicamos por qué es recomendable poner los suministros a nombre del inquilino y qué hacer si éste no paga. ¡Sigue leyendo!

¿Quién debe pagar los suministros: arrendador o arrendatario?

A la hora de establecer un contrato de alquiler, el arrendador y el arrendatario deben llegar a un acuerdo para decidir quién se va a hacer cargo del pago de los suministros de agua, luz y gas. El propietario del inmueble puede elegir hacerse cargo él mismo o, por el contrario, preferir que sea el arrendador quien abone los importes de dichas facturas.

Sin embargo, incluso en el caso de que se determine que el inquilino se hará cargo de estos pagos, el propietario debe decidir quién será el titular de los suministros, si él mismo o el arrendatario.

¿Por qué cambiar la titularidad de los suministros en un alquiler?

Si bien realizar el cambio de titularidad de los suministros puede ser una tarea tediosa, es recomendable que sea el propio inquilino quien figure como titular. La razón de ello es que, en caso de impago de suministros, la cuantía pendiente será reclamada a la persona cuyo nombre figure en las facturas. Es decir, si tú eres el titular de los suministros y tu inquilino no se encuentra al corriente de pago, será a ti a quien le realicen las reclamaciones por impago, a pesar de que el responsable del impago sea el arrendatario. Esto sucede porque es la obligación del titular asegurarse de que todos los pagos están al día.

Como cambiar la titularidad de los suministros en un piso de alquiler

El cambio de titularidad de los suministros eléctricos se puede realizar por el propio inquilino y no es necesario que el propietario tome parte en ello. Para proceder al cambio en la titularidad del suministro eléctrico, se necesitarán los siguientes elementos:

  • DNI del antiguo y del nuevo titular.
  • Contrato de arrendamiento.
  • Información del suministro en curso: debe figurar la dirección, la potencia contratada del Código Universal del Punto de Suministro (CUPS).

¿Qué pasa si el inquilino no paga los suministros?

Cuando el inquilino ha dejado de pagar las facturas, puede suceder que las compañías de agua, luz y/o gas terminen por cortar el suministro y, en esos casos, éste no será restablecido hasta que se haya abonado la cuantía pendiente.

¿Qué puedo hacer si mi inquilino ha dejado de pagar los suministros?

Cuando un inquilino ha dejado de pagar las facturas, lo ideal es intentar abordar la situación por la vía del diálogo para intentar llegar a un entendimiento. En caso de no llegar a ningún acuerdo, el propietario puede interponer una demanda de desahucio por impago de suministros.

Sin embargo, hay que tener cuidado a la hora de proceder en estos casos, pues si el inquilino ha dejado de pagar los suministros y el propietario es el titular, éste será el encargado de seguir pagando a las suministradoras. Si el arrendador decide dejar de pagar la deuda y, debido a ello, la empresa encargada procede a cortar el suministro al inquilino, entonces el arrendatario podría interponer una denuncia al propietario por coaccionarlo para abandonar la vivienda o por dejar el inmueble inhabitable.

Si las facturas están a nombre del inquilino, el único responsable de pagar a las empresas suministradoras es el arrendatario. Sin embargo, los suministros deberán darse de baja y luego de alta con el nombre del propietario una vez el inquilino haya abandonado la vivienda de forma voluntaria o lanzado por desahucio.

 

Preguntas Frecuentes

Si tu inquilino no quiere cambiar los suministros, a pesar de estar obligado a ello, tendrás que enviarle un requerimiento (preferiblemente a través de burofax). Si el inquilino persiste en su actitud, podrás iniciar la vía judicial. El juez podría, finalmente, dictar la resolución del contrato y, en consecuencia, dictar el desahucio del inquilino.  

Todo ello, siempre y cuando en el contrato figure la correspondiente cláusula que obligue al inquilino a sostener la titularidad de los suministros. 

No, todo depende de lo que estipule el contrato. Aunque no es obligatorio que el inquilino asuma la titularidad de los contratos de suministros, si es altamente recomendable que lo haga. Así, el arrendatario se hará cargo de las posibles y las compañías no irán sobre el arrendador.  

No, y de hecho podría ser contraproducente. Dar de baja los suministros implica su interrupción. En consecuencia, cuando se quiera dar de alta los suministros se incurrirá en costes adicionales. Lo ideal es llevar a cabo un cambio de titularidad en el suministro en donde el nuevo inquilino se hará cargo de los costes de las facturas corrientes. 

Conclusión

En onLygal Seguros, contamos con un seguro de impago de alquiler que, además de protegerte en caso de que tu inquilino no pague la renta, también te ofrece otras coberturas adicionales, entre las que se encuentra la indemnización por impago de suministros. Si el arrendatario ha dejado de pagar las facturas, nosotros nos hacemos cargo de la deuda y gestionamos por ti el cambio de titularidad de los suministros.

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