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¿Se pueden poner cámaras en una comunidad de vecinos?
Publicado en: 25 febrero 21,
Modificado en: 07 noviembre 24
Puede que en tu comunidad de vecinos hayan instalado cámaras de videovigilancia, o que seas el presidente de la misma y estés pensando en hacerlo. Entonces seguro que tendrás preguntas del estilo “¿Se pueden instalar cámaras de seguridad en una comunidad de vecinos?”, “¿es legal instalar cámaras de videovigilancia en mi comunidad?”, “¿qué consenso debe haber para instalar las cámaras y en qué zonas se puede?”. A continuación, damos respuesta a todas estas dudas y a las que pueden surgir en torno a un tema tan de moda como es el de la instalación de cámaras de videovigilancia.
Que normas deberá seguir la comunidad de vecinos para la instalación
Términos legales de la instalación
- Es necesario un acuerdo de la Junta de Propietarios para la instalación de las cámaras de videovigilancia, además este acuerdo debe quedar reflejado en las actas de dicha junta. Se deberá reflejar también el acuerdo para la instalación de dichas cámaras en la piscina comunitaria.
- Es recomendables dejar constancia de las características del sistema de videovigilancia, como por ejemplo dónde se van a situar y cuantas vamos a instalar.
Derecho de información
- Deben instalarse en un lugar visible, en los distintos accesos de la zona videovigilada. Los carteles deben informar de que se está accediendo a una zona videovigilada, quién es el responsable de la instalación, a quién debe dirigirse para tratar sus derechos de imagen y dónde obtener más información.
- Esta información puede estar disponible en conserjería, oficinas, tablones de anuncios o internet.
Instalación
- Sólo se podrá captar las imágenes de zonas comunes. Las cámaras no podrán enfocar a la vía pública y tampoco viviendas colindantes.
- La contratación del servicio de videovigilancia mediante una empresa externa no exime a la comunidad de propietarios del cumplimiento de la normativa.
Sistema de grabación
- El sistema de grabación debe estar en un lugar vigilado, el acceso a esta información debe ser sólo para el personal autorizado, que dispondrá de un usuario y contraseña.
- Las imágenes sólo se podrán guardar durante el plazo de un mes, pasado este tiempo deberán ser eliminadas.
- Para denuncias de delitos, se mantendrán guardadas el tiempo que sea necesario en caso de que las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad o los Juzgados y Tribunales lo requieran.
Para la instalación de servicios de vigilancia en una comunidad de propietarios se necesita los votos a favor de 3/5 del total de propietarios, que además deben representar al menos 3/5 de las cuotas de participación. Sin embargo, no está de más revisar qué ponen los Estatutos de tu comunidad de vecinos acerca de la instalación de cámaras.
A la hora de la instalación de las cámaras de seguridad, como las imágenes que graba son datos personales protegidos por el Reglamento Europeo de Protección de Datos, hay que tener en cuenta los siguientes puntos.
- En los distintos accesos a las zonas videovigiladas, la comunidad deberá instalar uno o varios carteles que informen de que se accede a una zona videovigilada. El cartel indicará que el responsable de la grabación es la comunidad y de cómo puede la persona que ha sido grabada ejercer los derechos que prevé la normativa de protección de datos, así como dónde obtener más información sobre el tratamiento de los datos personales.
- Restricción del acceso a las imágenes. Solo las personas designadas por la comunidad podrán visualizar las imágenes grabadas por estas cámaras.
- Las imágenes solo se podrán conservar por un periodo máximo de un mes, salvo cuando debieran conservarse para acreditar la comisión de actos que atenten contra la integridad de personas, bienes o instalaciones. En tal caso, las imágenes deberán ser puestas a disposición de la autoridad competente en un plazo máximo de 72 horas desde que se tuviera conocimiento de la existencia de la grabación.
- Las cámaras solamente podrán captar imágenes de las zonas comunes de la comunidad. No podrán captarse imágenes de la vía pública a excepción de una franja mínima de los accesos al inmueble. Tampoco podrán captarse imágenes de terrenos y viviendas colindantes.
Zonas comunes comunidad de propietarios
Como has visto, solo es legal la instalación de cámaras en las zonas comunes, y siempre y cuando no capten imágenes de la vía pública. Pero para saber si la instalación de las cámara está bien hecha, antes debemos conocer qué zonas se consideran comunes.
Para determinar si una zona es común o no, debemos revisar el artículo 396 del Código Civil. En él se recogen los criterios básicos por los que regirse, así como una serie de elementos que se consideran zonas comunes.
Así, se consideran zonas comunes elementos estructurales como suelo, cimientos, pilares, vigas, muros, fachadas, terrazas, balcones, ventanas, portal, escaleras, pasillos, patios, recintos comunes, trasteros, jardines, piscinas, ascensores, contadores, etc…
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