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Causas de resolución anticipada de un contrato de alquiler

Publicado en: 25 mayo 20,

Modificado en: 25 marzo 24

Seguro de Impago de Alquiler

En los últimos años, ha aumentado considerablemente el número de contratos de alquiler. Tanto como propietario, alquilando tu vivienda, o como inquilino, viviendo de alquiler, puede que aparezca una situación en la que consideres necesario dar por finalizado el contrato de arrendamiento. Desde Grupo onLygal te informamos de cómo redactar una carta informando de nuestra voluntad de rescindir o finalizar el  contrato de alquiler en función de las circunstancias por las que se puede rescindir este acuerdo entre arrendador y arrendatario.

Recuerda que si estás teniendo problemas con el pago de la cuota de alquiler por parte del inquilino del inmueble, puedes informarte sobre nuestro seguro de impago de alquiler, con el que estarás cubierto ante este tipo de incidencias y respaldado por nuestros abogados en todo momento.

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¿Cuáles son los motivos para rescindir el contrato de arrendamiento?

Hay distintos motivos por los cuales arrendador o arrendatario pueden resolver un contrato de alquiler, por lo que es importante dejar estos motivos claros en la comunicación a la otra parte

Existen una serie de causas clave que son determinantes para terminar un contrato de arrendamiento. En Grupo onLygal te contamos cuáles son las principales causas de finalización de contrato:

Impago de fianza

La fianza es uno de los pagos que el arrendatario está obligado a depositar cuando se firma el contrato. Suele corresponder a una o a dos mensualidades de la renta y se empleará en caso de impago o aparición de daños en la vivienda.

Según lo establecido en la Ley de Arrendamientos Urbanos, el inquilino tiene la obligación de pagar la fianza y, en caso de que no realice dicho pago -o que no lleve a cabo la actualización de la misma-, el propietario podrá rescindir el contrato.

Subarrendamiento de la vivienda

Para que el arrendatario pueda subarrendar la vivienda, esto deberá constar por escrito en el contrato con el arrendador: una cláusula en la que se contemple esta situación y en la que se indique que el inquilino tiene permiso para subarrendar la vivienda, ya sea entera o por habitaciones.

Según lo indicado en el artículo 27 de la LAU, que regula los contratos de alquiler, el subarriendo del inmueble sin consentimiento previo del propietario es motivo para rescindir dicho contrato.

Daños causados en la vivienda u obras no autorizadas

Otra de las causas por las que se podrá llevar a cabo la rescisión del contrato de alquiler es que el inquilino dañe la vivienda de manera voluntaria. También incluimos en este apartado la realización de obras dentro del inmueble no consentidas por el propietario.

Para que el inquilino pueda realizar alguna obra que modifique la vivienda  deberá haberle sido concedido un permiso por escrito y firmado por el propietario. En caso de que se realicen obras que modifiquen la estabilidad, aspecto o seguridad de la vivienda arrendada sin consentimiento, se podrá rescindir el contrato.

Llevar a cabo actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas dentro de la vivienda

Cualquier tipo de actividad que sea considerada como molesta o peligrosa realizada en la vivienda puede ser la causa de la rescisión del contrato. Además, el propietario podrá finalizarlo cuando la limpieza o salubridad sea pésima, así como cuando las acciones del inquilino molesten a los vecinos y estos manifiesten sus quejas.

También se incluye dentro de este apartado el hecho de alquilar el inmueble como vivienda y utilizarlo para realizar otras actividades diferentes, por ejemplo, una actividad empresarial.

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Si el propietario necesita el inmueble

El propietario podrá resolver el contrato cuando necesite el inmueble como vivienda permanente para él o para familiares de primer grado. También entra en este apartado que la vivienda tenga que ser empleada por el cónyuge del propietario en caso de divorcio o separación.

Fallecimiento del arrendatario

En este caso, el contrato finaliza salvo que haya otra persona que continúe en su posición. Cuando el que fallece sea el arrendador, no afectaría a la vigencia del contrato y este persistiría en los mismos términos que las partes pactaron previamente.

Aviso del inquilino al arrendador

Cuando es el inquilino el que presenta un aviso al arrendador de que quiere rescindir el contrato, éste establecerá el momento en el que cesan las obligaciones del arrendatario derivadas del contrato de arrendamiento.

Una vez firmado el acuerdo de terminación, el inquilino deja de tener la obligación de pagar la renta. Además, este indicará si la vivienda se ha devuelto en buenas condiciones o si, por lo contrario, han aparecido desperfectos.

También se deben establecer todas las obligaciones pendientes y los mecanismos de devolución de fianza. El arrendatario podrá rescindir el contrato una vez pasados seis meses desde su firma. A partir de ese momento, deberá informar al arrendador con un mínimo de 2 meses de antelación.

Aviso del arrendador al inquilino

Si es el arrendador el que ha tomado la decisión de rescindir el contrato deberá determinar el momento en el cual recupera la vivienda. También comprobar que el estado de la vivienda y recoger todos los desperfectos y daños encontrados, pudiendo reclamárselos al arrendatario.

Asimismo, recogerá por escrito todas las obligaciones que aún estén pendientes de cumplimiento del arrendatario. y establecerá lo relativo a la devolución de la fianza en caso de no tener que ser empleada. Transcurridos los 5 años de duración mínima, el propietario puede dar por finalizado el contrato sin aviso previo al inquilino.

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