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¿Qué impuestos se deben pagar por el arrendamiento de un local comercial?
Publicado en: 01 octubre 25,
Modificado en: 11 noviembre 25
Alquilar un local comercial es una manera de obtener ingresos de forma pasiva y supone una inversión muy atractiva para propietarios. Uno de los elementos que más dudas generan a la hora de alquilar un local comercial es la carga tributaria que se soporta.
Y es que en muchos casos los impuestos pueden mermar la rentabilidad de estos inmuebles y representar un freno a la inversión. A ello hay que sumar los posibles riesgos de impago por parte de inquilinos, aunque este último problema se puede solucionar con la contratación de seguros de impago para locales comerciales.
En onLygal tenemos el producto necesario para proteger tus inversiones y darte los mejores consejos en materia fiscal y judicial. Así que hoy te traemos este artículo para aclarar tus dudas y preocupaciones sobre esta temática.
Qué tipos de impuestos se pagan en un local comercial
Básicamente los dos tributos que pagarás por alquilar un local comercial son el IVA y el IRPF. Te desgranamos todo lo relacionado con el IVA en el siguiente epígrafe.
El IVA en el alquiler de los locales comerciales
Por ley, los locales que no están destinados a vivienda particular deben abonar el IVA cuando sean alquilados. Esto incluye los siguientes casos:
- Arrendamientos de locales comerciales: Si alquilas tu local a un negocio para montar oficinas, comercios, etc. Debes pagar el IVA. Esto incluye también los casos en los que tu inquilino viva y trabaje en el mismo inmueble. Por ejemplo, un abogado que atienda a sus clientes en un despacho dentro del apartamento.
- Arrendamientos de garajes, trasteros o almacenes no anexos a la vivienda o que no se alquilen juntamente con ella. Aunque no se destinen a una actividad comercial, el arrendamiento de garajes y trasteros tampoco supone un uso de vivienda residencial y por ello pagan el IVA.
- Arrendamientos de construcciones dedicadas a la ganadería independiente de la zona de explotación del suelo .
- Arrendamientos destinados al depósito y almacenes de productos.
Si tu arrendamiento presenta alguna de las características mencionadas anteriormente, deberás abonar el IVA correspondiente. En este caso, los arrendamientos están sujetos al IVA general que actualmente se sitúa en un 21%.
Retenciones del IRPF en el alquiler de un local comercial
Por otro lado, las ganancias que obtienes con un inmueble suponen rendimientos del capital inmobiliario y, por tanto, deberán tributar como tales ante Hacienda. En estos casos, se debe aplicar un 19% de retención sobre las facturas del alquiler.
La base imponible la conforman la cuantía de la renta y también los gastos corrientes cuando se le repercuten al inquilino. Estos gastos formarán parte de la factura final y sobre ellos se aplicará el porcentaje del IRPF ya mencionado.
Preguntas Frecuentes
¿Cómo se calcula el IRPF del alquiler de un local comercial?
Para calcular el IRPF de un local comercial, se debe contar el importe del arrendamiento y aplicarle el 19% de retención. Por ejemplo, si la renta es de 900€ y el inquilino aporta 200€ de facturas de la electricidad. La retención que debes aplicar será de:
900 + 200 = 1100 € de base imponible, sobre la que aplicarás la retención del 19%. O sea:
1100€ x 0,19 = 209€ que deberás retener en concepto de IRPF.
¿Cada cuánto debo presentar el IVA del alquiler de un local comercial?
Cuando alquiles un inmueble como local comercial, tendrás que presentar la declaración trimestral del IVA a través del modelo 303. Esta declaración deberá hacerse durante los meses de abril, julio y octubre, al finalizar cada trimestre. El cuarto y último período deberá presentarse del 1 al 30 de enero del año siguiente.
El IVA se aplicará a la totalidad de los ingresos por alquiler, de un modo parecido a como hacíamos con el IRPF.
¿Qué deducciones puedo aplicar a los rendimientos de mi local comercial?
En los arrendamientos de locales comerciales no se aplican las deducciones que se suelen aplicar a los arrendamientos de vivienda habitual. Por eso, no podrás acogerte a la bonificación del 60% que se suelen aplicar en estos casos.
Sí te puedes deducir, por el contrario, los gastos de rehabilitación del inmueble. Especialmente si son obras orientadas al correcto mantenimiento del inmueble. Es decir, no podrás deducirte obras con finalidad estética, pero sí, por ejemplo, la reparación de las humedades del inmueble.
También podrás deducirte los alquileres no pagados. Si tu inquilino deja de pagarte las rentas, podrás incluir las cantidades adeudadas en la declaración de la renta y reducir la base imponible. Recuerda que puedes proteger las rentas de tu local con nuestro seguro de impago de alquiler.
Conclusión
Como ves, la fiscalidad del arrendamiento de un local comercial difiere sensiblemente de la de un inmueble destinado al arrendamiento de vivienda habitual. En primer lugar, deberás aplicar retenciones del IVA del 21% sobre las cantidades mensuales y presentar la declaración de este impuesto de forma trimestral a través del modelo 303.
Además, deberás retener el 19% de IRPF sobre las cantidades ingresadas en concepto de alquiler. Recuerda que en estos casos no se aplicarán las deducciones como si fuera una vivienda habitual, pero si podrás deducirte los gastos en reformas del local o los impagos.
Unos impagos que puedes afrontar con los seguros de impago de onLygal.
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